Cita:
Originalmente publicado por fende_testas
Según la legislación actual un español residente en España puede tener un barco con cualquier pabellón de la UE (siempre que la legislación de ese país lo permita).
Si UK deja de estar en la UE, salvo modificación de la legislación, entiendo tendría que pasar a bandera de otro país de la UE.
Con las radiobalizas, creo que no debería haber problema. En los acuerdos IMOSAR, SOLAS, etc constan los países, no la UE.
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¿Ah, si? ¿Dónde dice eso? ¿En qué ley española?