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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Cita:
si te caduca el certificado de navegabilidad, NO te dan de baja ni de oficio ni de nada, simplemente no debes navegar hasta que no pases ITB, pues la multa es gorda. puedes pasar años con la ITB caducada y cuando quieras puedes pasarla y a navegar otra vez, Lo que si te pone en el Documento DE PERMISO DE NAVEGACION, - que no es el certificado de navegabilidad - es que tiene 5 años de vigencia, y si no se renueva te pueden dar de baja de oficio la embarcacion del registro español cosa que no hacen nunca ahora con este tema de abanderarse en otro pais conceden la baja del abanderamiento español, para poder acogerte a otra bandera, pero ese es otro tema diferente. ej. la revision ITV de tu coche la pasa una empresa y es tu responsabilidad pasarla o no pasarla el permiso de circulacion te lo expide trafico y si te lo quita o te lo da de baja, con ITV o sin ITV no puedes circular saludos |
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