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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#6
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Buenas, cofrades:
Me he leido la tesis doctoral ésta y tengo muchas, pero que muchas dudas. El autor se extiende en describir el sistema de inspecciones español, y analiza con minuciosidad quirúrgica cómo hay que hacer una ITB. Todos sabemos cómo se hacen las ITB's en realidad, con lo cual lo único que tenemos es una descripción de un sistema (único en su género) que NO FUNCIONA. Asimismo cuenta como de pasada que hay ciertos paises en los que no existe obligación alguna de inspeccionar las embarcaciones de recreo no comerciales, y pone como ejemplo paradigmático a Bélgica, que parece ser el coco malo de la permisividad. Se "olvida" de dos de las otras naciones en las que no hay que hacer inspecciones, que no son precisamente Burkina Faso y Sudán, sino, señoras y señores, nada más y nada menos que Reino Unido y Francia, dos naciones en las que todos sabemos que no existe tradición náutica de recreo ni de ninguna otra clase, y en las que las cuestiones de seguridad, precisamente, no se toman en serio en absoluto. También insiste en lo importantísimo de las titulaciones náuticas. En este caso sí dice que hay titulaciones no obligatorias, entre ellas las británicas, que tienen un prestigio mundial. Evidentemente, la manera de poner orden en el galimatías normativo es el garrotazo y tentetieso al hispánico modo, es decir, titulaciones obligatorias. Y aquí es donde mete la pata, porque menciona el ICC como la solución a nuestros males. No menciona explícitamente que España no ha ratificado la célebre Resolución 40 (sí lo dice indirectamente mencionando qué naciones la han ratificado - le habría salido más fácil decir cuáles no, que son menos, pero claro, habríamos enseñado la patita), y no dice en absoluto que, en un alarde de congruencia nunca visto, nuestra querida Administración NO RECONOCE el ICC para sus propios administrados, y sí para otros, pero claro, no todos, sino los que a mí me interese, no vaya a ser que con el cuento del ICC se nos cuele gente sin la debida titulación. Pero donde se le ve el pelo más descaradamente es en su propuesta de material de seguridad. Dado que ya se ha visto que establecer límites de distancia a la costa es difícilmente sostenible, vamos a hacerlo de manera científica: ¿cómo? Pues con las Categorias de Diseño, claro está. Y ahí nos metemos, sin dar más explicaciones, en el jardín de que las embarcaciones de categoría A deben llevar tal y cual equipamiento (el que prescriben las Autoridades españolas, por supuesto, y homologado por la DGMM, por supuesto), las de categoría B tal otro, y así seguiríamos "ad infinitum", si no fuera porque hay sólo cuatro categorías. Y ahora yo pregunto, porque el autor no lo aclara ¿Qué diantres tienen que ver las condiciones estructurales de estanqueidad, flotabilidad y estabilidad del barco necesarias para soportar determinadas condiciones de viento y mar con el número de bengalas que la Administración decide unilateralmente que tiene que llevar o si debe tener instalado un NAVTEX o si los equipos deben estar homologados por unos amiguetes? Pero todas estas incongruencias se explican cuando el autor dice que él es INSPECTOR DE ITB's ![]() ![]() . Es decir, vamos a ver si metemos a toda Europa en el mismo fregao que tenemos aquí y así nadie se escapará de nuestras garras (suena como si lo dijera Fu-Manchú ).En resumen, como tesis doctoral me parece: Aprobado: ![]() Notable : ![]() ![]() Sobresaliente cum laude: ![]() ![]() ![]() Así que vamos a dejar de barrer para casa y dejar a naciones que saben de esto un rato y que saben delegar en los patrones la responsabilidad de equipar sus barcos sabiendo que son ellos y sus familias y sus amigos quienes navegan en esos barcos. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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