Cita:
Originalmente publicado por moryak
Transcribo literalmente llamando A y B los lugares sobre los que hice la consulta que distan 6,6 Millas.
" Medida la carta náutica 417 del Instituto Hidrográfico de la Marina, la distancia entre A y B es mayor de 5 millas por lo que ...... , la navegación excede las 5 millas reglamentarias que establece la citada Orden FOM/1144/2003, del 28 de abril, por lo que no resulta factible realizar dentro de la legalidad la mencionada travesía.
Fdo. El Capitán Marítimo......"
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Salu2 y

Osea, que si estoy a 1mn de B, y la cosa se pone "chunga", tengo que volverme las 5 mn recorridas para ponerme a salvo en A ??? ver señor guardia, me lo explique...
