Cita:
Originalmente publicado por pbs046
pues el BOE pone literalmente en la habilitación del PER:
8.º Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que
faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares
Si para tu profesor "Península Ibérica" es Denia y "Islas Baleares" es solo Ibiza..... pues eso.
fíjate que pone Península Ibérica, lo que incorpora Portugal y Girbraltar y excluye Ceuta y Melilla. Así mismo no estará permitido salir desde Seté(Francia).
al no indicar "rumbo directo" se abren todas las posibilidades desde el cantábrico y dando la vuelta a Cerdeña sin fondear o atracar.
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Pues con la redacción del artículo del BOE que citas yo entiendo que puedes navegar por el espacio marítimo comprendido entre las islas y la península, lo cual incluye Columbretes pero excluiría la vuelta al mundo


. Y que no necesariamente tengas que hacer una travesía, sino que en ese espacio se amplía el límite de las 12 millas
Entiendo que si sales de Vigo, por poner un ejemplo, tendrías que ir costeando toda la península hasta llegar a levante y ahí cruzar.
De todas formas la redacción es muy ambigua y tampoco se cual podría ser el espacio marítimo entre península y Baleares. Yo lo único que quiero es ir cubierto por el seguro y cumpliendo normativa.
Lo lógico que que ese artículo fuera más claro o que se desarrollara en algún reglamento