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#26
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#27
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De todas formas no esteis tan seguros.
![]() Y no es por dar ideas, pero por ejemplo podrían hacer un convenio de colaboración o algo así. Una cosa parecida a lo que pasa con los radares de lo coches franceses/españoles, donde cada policía coge los datos y se los pasa a la otra. Si un coche francés se salta un radar aquí le multan, igual que a nosotros alli. ![]()
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Saludos
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#28
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Si abordas a la patrullera seguro que te meten un paquete de aupa, si te piden documentacion y seguro y no la llevas tambien, pero poco mas. La policia española puede sancionar sobre los temas que tiene potestad, y esos estan muy claros, para todo lo demas, solo la policia Belga. Pero es igual, aunque es algo super aclarado por activa y por pasiva, seguramente se tendra que explicar otras cien veces. .
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 27-02-2018 a las 20:04. |
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#29
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Lo que no me queda claro es si ya ha entrado en vigor esta norma en Bélgica.
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#30
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no, ya comunicaran adecuadamente la fecha.
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. Slava Ukrayini!.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay | ||
ecoalf (27-02-2018) | ||
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#31
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Gracias. Yo no era por polemizar, pero como siempre nos están metiendo miedo, sobre todo para los residentes españoles, pues ya uno no sabe muy bien. Empezaron con lo de las titulaciones y tampoco tenían potestad...., pero ale, ahí está el tema, todos con titulaciones ( que me parece bien ), pero la potestad pasada por el arco del triunfo. ![]() En mi caso intento llevar todo el material de seguridad española y belga para 5 / 6 millas. Pero veo que se han puesto un poco tikismikis con lo de la pólvora. ahora me faltan tres cohetes !!! , vaya. No era que no queríamos llevar tanto explosivo a bordo ? y esto ? medios para localizar y levantar personas ahogadas a bordo, como Lifeboy o Lifesling y un dispositivo ligero. ![]() ![]() Unas cervezas belgas.... jeje. ![]()
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Saludos
Editado por Diegus en 27-02-2018 a las 20:51. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Diegus | ||
ecoalf (27-02-2018) | ||
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#32
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pero de lo que habla el tema es de la adecuación de la legislación Belga!!
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#34
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Por cierto, será interesante comprobar las diferencias entre la forma que tenga la Administración belga para hacer obligatorios los cambios y la que emplea la Administración española... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#35
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¿Sabéis si la administración belga reconoce los títulos náuticos deportivos españoles?
Saludos y ![]() |
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#36
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![]() "Suficiente cuerda para amarrar y remolcar" (dos veces). ![]() ¡¡Anda!!, corrige eso, que duele a la vista. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#37
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https://mobilit.belgium.be/sites/def...ficaten_fr.pdf De hecho, creo que los títulos españoles no están reconocidos en ninguna parte... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#38
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Pregunta, los barcos mas antiguos sin caregoria de diseño, ¿como quedarían en esas supuestas zonas de navegación?
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
Editado por moryak en 28-02-2018 a las 22:12. |
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#39
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En el caso de Extracomunitarios, raros, etc. pues ni idea, aunque si no ha habido problema a la hora de abanderarlos en Belgica, no deberia haberlo ahora. En ese pais las cosas funcionan de otra forma, los organismos encargados de la regulacion tratan por todos los medios de aportar facilidades y soluciones, igualito que aqui, vamos. De todas formas, las categorias CE no limitan distancias a la costa, lo hacen sobre condiciones meteorologicas. Por mucho que la DGMM trate de acoplarlo a sus esquizofrenicas zonas de navegacion. .
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. Slava Ukrayini!.
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#40
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#41
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Si yo teniendo el titulo de capitan de yate y salgo de la zona del mar territorial (con el barco con pabellón belga) , entiendo que ante una desgracia el seguro no se haga responsable . ¿ Tengo razón? Saludos y ![]() |
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#42
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![]() Estas totalmente cubierto en ese aspecto, puesto que en Belgica no existen titulaciones para navegar en el mar. Saludos.
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#43
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Lo que tienes que dejar claro con la aseguradora es qué título naútico te pedirá. Si tienes el Capitán de Yate, muy probablemente no te pongan pegas en ningún caso. Si tienes el Patrón de Yate, tienes que tener claro que la Administración española sólo te reconoce capacidad para llevar la embarcación a 150 millas de la costa, y si la aseguradora es española se agarrará a eso para no pagar en caso de que tengas un percance a una distancia de la costa mayor que ésa. Pero todo esto es una cuestión tuya con la aseguradora. Las Administraciones no tienen nada que ver aquí. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#44
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![]() Pero en las polizas "normales" en general y en la mia en particular pone: "Se establece que la cobertura otorgada por la poliza,surtira efecto dentro del mar Mediterraneo,mares territoriales y aguas interiores de los países miembros de la Unión Europea y,fuera de estos,en una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español y/o portugués,incluyendo la travesia entre la península y las islas Canarias. No obstante a lo anterior,el radio de navegación de la embarcación asegurada quedara en todo caso limitado al autorizado por los reglamentos y /o autoridades competentes para embarcaciones de su tipo.El incumplimiento de los limites establecidos,invalidara automáticamente la cobertura,salvo en los casos en los que dicha alteración haya sido comunicada y aprobada expresamente por la compañía aseguradora." Y los reglamentos y/o autoridades competentes para embarcaciones de su tipo son los reglamentos y autoridades belgas. Asi lo entiendo yo,aunque lo consultare con mi aseguradora. Saludos.
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#45
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![]() ![]() ![]() unas birras por si acaso ,,,,siendo español ,,tengo un barco en bandera belga,,,,x lo que dices y he leido ,,en belgica con la nueva legislacion,,han bajado la categoria a patron de yate para poder tener un barco de recreo comercial ,,,,aqui como todos sabemos tienes que tener capitan de yate + varios cursos extras ,,,,que no son precisamente baratos y poner el barco en lista 6,,,,,,,,,puedo entender que teniendo bandera belga y titulacion de patron de yate se puede hacer charter legalmente???? |
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#46
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El tema seguros se ha aclarado en otros hilos. Tu barco debe cumplir las normas de su bandera y así lo refleja el seguro.
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. Slava Ukrayini!.
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#47
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Cita:
![]() entendido..Yo mismo me estaba liando al leer que tienen la intención de poner titulaciones náuticas.. Muchas gracias a todos ! ![]() ![]() |
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#48
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Esa cláusula en condiciones generales , me suena. Es idéntico a la que tengo yo y consulté sobre ese particular con la aseguradora, es decir ; supuesto de bandera Belga , y supuesto bandera de España con barco en zona 1 , CY etc... y por escrito me comentaron que fuera de esos límites marcados en condiciones generales no me cubría, por ejemplo en Funchal , que era el supuesto presentado, aunque fuera con el Sr Almirante General de la Armada Española. Así que no te confíes y verifícalo. Te puedes ahorrar algún disgusto. En mayo cambio a otra compañía . |
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#49
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Cita:
En aguas interiores, para lanchas rápidas o eslora mayor de 15m, es necesario un diploma. Es normal que los belgas no reconozcan los títulos españoles (en aguas interiores), porque para obtener los diplomas españoles no tenemos que aprender el código cevni (una especie de ripa+iala para aguas interiores), que es el que aplica en todas las aguas interiores centroeuropeas. Por otra parte, no es cierto que los diplomas españoles no se reconozcan en ninguna parte. De hecho, cuando me he molestado en leer la legislación de otros países europeos, en general o bien no hace falta ningún diploma, o bien reconocen directamente cualquier diploma de la zona económica europea (básicamente, la unión europea + Noruega). Incluso en la normativa croata se reconoce explícitamente el PER (sin embargo, y esto demuestra el desconocimiento mutuo generalizado, piden tener un certificado de operador vhf, que en realidad viene incorporado en el PER, y tampoco mencionan el PY ni el CY). En definitiva, creo que no es exagerado decir que los títulos españoles valen para todas las aguas marítimas europeas. Unas rondas para levantar el ánimo, no seamos derrotistas. Enviado desde mi E6653 mediante Tapatalk |
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#50
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Como tu afirmación contradice lo que se estudia en la carrera de Derecho, y contradice lo que solemos tener contratado los que tenemos bandera extranjera, por si fuera interesante contrastarlo, te agradecería que nos iluminaras y nos pusieras en que fuente te has informado. ![]() |
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