Cita:
Originalmente publicado por konpai
La normativa europea permite la residencia y empadronamiento en un barco con amarre fijo. Los paises miembros deben cumplir la orden. Así me lo dijeron en un ayuntamiento costero.
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Estaría genial conocer qué norma europea dice eso para poder citarla o incluso llevarla impresa al ayuntamiento en cuestión.
A más de uno le ayudaría muchísimo.
En la España del ladrillo y la argamasa, parecerá una cosa muy extraña y bizarra. Pero en Europa hay cientos de familias, sino miles, que viven en barcos. Desde los canales de Toulouse (Francia) hasta los fríos canales de Amsterdam (Holanda, Paises Bajos) pasando por cualquier canal de Inglaterra o Paris cientos de barcos son el hogar fijo y permanente con sus macetas, sus felpudos etc.
A priori, resulta extraño que en la templada Iberia resulte tan extraño algo que está desde hace décadas a la orden del día en la fría centro Europa.
Me parece una opción muy atractiva sin olvidar que tiene muchos inconvenientes. Pero no veo lógico y menos aceptable que sean los ayuntamientos quienes impidan y digan a sus parroquianos donde deben vivir.