Andalucía. Con eso te lo digo todo.
La solución es que tú aparezcas en la escritura de propiedad (que no es propiedad pero es escritura) del amarre o tu amigo como propietario del barco. En ambos casos podría ser simbólico 1% pero debéis aparecer de esta manera en ese documento oficial, el uno o el otro.
Está prohibido alquilarlo entre particulares, ni caro ni barato, la concesionaria tiene el derecho de usar tu amarre y el monopolio del alquiler si tu (tu amigo) no lo usas. Incluso lo pueden usar si te vas de travesía y durante varios días no apareces, lo pueden usar, alquilar a tránsito, etc. Al menos en muchas de las marinas andaluzas si no en todas.


