Re: Paises que permiten banderas de conveniencia.
Cita:
Originalmente publicado por Me262a
Un barco abanderado en un país no miembro de la U.E. puede estar en aguas comunitarias disfrutando del régimen de importación temporal por un plazo de 18 meses. Este plazo puede alargarse si las embarcación se precinta.
Pasado ese plazo, si la embarcación no sale de aguas comunitarias se debe pagar el IVA.
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¿Y si ya tenia el iva pagado por haber tenido antes bandera española?
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Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas.
Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.
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