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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola.
![]() Vamos a comprar un puma 26, llevo un rato y soy incapaz de encontrar las tablas de hacienda para saber cuanto tendremos que pagar. Estamos en Barcelona. Por lo que supongo que tenemos que pagar el 10% de lo que pongamos en el contrato de compra venta. Además de esto, tendremos que pagar anualmente la T-05, 30€....¿y algún impuesto más? El amarre, seguro y gastos de mantenimiento del barco ya los tenemos claro. Saludos y muchas gracias! |
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#2
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Por lo que yo se, en cataluña , hacienda cobra en el ITP el 5% del importe del contrato de compraventa o la tabla, naturalmente el que sea mas alto.
La tabla esta publicada en el BOE. Sale el precio original y el descuento que has de aplicar por la antiguedad. Unas que es verano! (Aunque no lo parece....) |
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Robao (02-08-2014) | ||
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#3
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Cita:
Solo he encontrado las de 2009 y no aparece en puma 26 ![]() |
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#4
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Buenas
te adjunto un link donde podrás hacer el calculo, no salen todos los barcos pero puedes hacer una aproximación al modelo que tengas tu, al menos es lo que hice yo al comprar el mio..puse un 41 en vez de un 40 subes algunos eurillos y sin problemas ![]() http://www4.gipuzkoa.net/ogasunaNET/...s/defaultc.asp
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Saludos y buena mar
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| 3 Cofrades agradecieron a vicand66 este mensaje: | ||
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#5
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Hola yo encontré mi velero aquí.
http://gestiona.madrid.org/vlin_valo...STADO_MENU=1_3 Si no como te han dicho pon el valor de uno similar. Para q te hagas una idea el valor para hacienda de mi Gib Sea 76 del año 1987 fue 2000 euros por el casco y 600 el motor. Saludos |
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#6
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Ten en cuenta que tienes que sumar el valor del casco y el del motor, son tablas distintas. En el enlace de la Comunidad de Madrid ya está esto considerado.
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drugstore-catalog.com |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nonick | ||
Robao (02-08-2014) | ||
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#7
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Pues nada sigue sin aparecer...
Por lo que he podido ver te dicen que mires las tablas, pero también el valor de venta similares. ![]() Puma 26, del año 1977, pondremos 4.000€ en el contrato de compra venta y veremos que pasa.... ![]() Saludos! |
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#8
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Mira aquí:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/1...2013-13227.pdf El Puma 26 está en la página 100.790 (504 del documento) y aquí: https://www.boe.es/boe/dias/2013/12/...2013-13728.pdf Se les olvidó incluir los anejos III y IV en la publicación original. El valor del barco total es de, si no me equivoco al hacer la cuenta, 10% (19.100 € + 72,12€ x Cv del motor) Si el motor fuera de 9 Cv el valor según tablas sería de 1.974,91 €. Repasa los datos, de todas formas.
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drugstore-catalog.com Editado por Nonick en 01-08-2014 a las 21:43. |
| 2 Cofrades agradecieron a Nonick este mensaje: | ||
Robao (02-08-2014), Sextante79 (02-08-2014) | ||
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#9
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Muchísimas gracias.
Me parece un precio muy bajo. Se venden por más del doble, pondremos 4000€ para evitar problemas. ![]() |
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#10
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Esas tablas son un documento oficial de Hacienda. Si ponéis el precio que sale en las tablas, estáis en paces con Hacienda...
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a J.R. | ||
Robao (02-08-2014) | ||
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#11
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Como dice j.r. Poner el precio de hacienda es lo mejor. Si lo pones más bajo, a mi me paso, no pasa nada. Usan el de la tabla para el cálculo. Si lo pones más caro pagarás más por nada.
Unas por tu puma 26. Disfrútalo! |
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#12
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Cita:
Juraría que había leído que se fijaban en el valor de las tablas y en el valor de mercado. Pero tiene mucha más lógica lo que decís vosotros. Así lo haremos. Muchas gracias los dos. ¿Por cierto algún impuesto más que se nos escape? Saludos. |
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#13
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Un momento, que alguien que se lea esto sin más puede entender lo que no es.
La base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el valor de mercado o el precio de compraventa, lo que sea superior. Y se entiende que, salvo prueba en contrario, el valor de mercado es el que fijan las tablas. Dicho de otra manera: si el valor del compraventa es inferior o igual al de las tablas declarando el valor de las tablas no es previsible que tengas problemas con la Hacienda autonómica. Pero si el precio que aparece en la compraventa es superior al de las tablas tienes que declararlo. Y si el precio de la compraventa real es superior al que aparece en el contrato el vendedor y tu estais cometiendo un fraude, el en IRPF y tu en Transmisiones Patrimoniales. No me entiendas mal, ni juzgo ni hago moralina, lo que quiero que tengas claro es que pagar un precio por el barco superior al que aparezca en el contrato y declarar este en ITP no es una opción libre. Aunque sea el precio de las tablas. Y, por favor, que nadie empiece a tocar la guitarra de si hay más o menos razones morales que justifican el fraude. El que quiera hablar de eso, que me ponga un privado y lo hablamos todo lo largo que quiera.
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drugstore-catalog.com |
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Robao (02-08-2014) | ||
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#14
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Precisamente esta era mi consulta!
Porque me choca que haya tanta diferencia en contra del estado. ¿Miran caso por caso el mercado de compraventa? Saludos |
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#15
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Cita:
Por cierto, ¡felicidades! El Puma 26 es uno de mis barcos favoritos... |
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#16
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19100 €
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#17
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Si lo que quieres es pagar lo mínimo (dejando de lado los temas tratado anteriormente) pon en el contrato el precio que marca hacienda y listo, no vas a tener complicaciones. Te diré más, en Andalucia el impuesto de transmisiones patrimoniales lo puedes hacer por internet(modelo 621) y tu no metes lo que pagas por el barco, simplemente metes los datos del barco, comprador y vendidor y la misma web te dice cuanto valora hacienda el barco y cuanto tienes que pagar de ITP.
Si lo haces de forma "presencial" y pones que has pagado mas, pagarás mas ITP. Si pones menos de lo que dice hacienda que vale, posteriormente te pueden mandar una carta hacienda de que tienes que pagar "x" mas (la diferencia entre lo que has pagado y lo que dicen ellos que deberias haber pagado). Si no te columpias mucho de menos seguramente no te manden nada (por ejemplo, si ves por las tablas anterior que lo valoran en 2000, poner 1800), en el tema de barcos, ellos no saben si has comprado el barco por 500€ porque esta para restaurar o por 30000 pq tiene el mastil de oro macizo, solo pueden hacer una estimación y no se paran a ver el mercado de segunda mano ni mucho menos. Por otro lado, tampoco es como los coches o motos que tienen los modelos bastante controlados, barcos hay muuuchas marcas, modelos, de hace muchos años, muchos motores... por lo tanto normalmente ni ellos saben claramente en cuanto pueden estar valorado
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"El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas" |
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#18
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Yo quiero hacer los cálculos para un akilaria class40 y no tengo ni idea de que poner, no hay nada parecido
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<')(((>< <')(((>< <')(((>< Que es mi barco mi tesoro, que es mi dios la libertad, mi ley, la fuerza y el viento, mi única patria, la mar. https://www.facebook.com/pages/Juriola/214037382001173 Documentación y fotos de la construcción: https://www.dropbox.com/sh/u7ktl11am...uOakJ4Y3a?dl=0 |
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#19
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En relación con este tema necesito consejo de alguien que comprara barco de segunda mano recientemente.
La cuestión es que el barco que tengo previsto comprar, si todo va bien, en tablas tiene una valoración de unos 2000€, por lo que en contrato de compraventa lo que dice todo el mundo es poner ese valor. El problema surge a la hora de hacer el pago, pir lo que tengo entendido las transacciones son fichadas por hacienda y el vendedor debe declarar el ingreso en irpf. Cómo habéis efectuado el pago en casos similares? En metálico? Gracias y unas birras |
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#20
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Yo en mi Sunway 21 puse 1000 euros y sin pegas. Hace año y medio compre mi sangria,puse también 1000 euros y bien
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#21
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hay nucha confusión en estas informaciones.
El R y la L del Impuesto Transmisiones Patrimoniales, cuando habla de los hechos y de las bases imponible y liquidable del impuesto, especifica que la base etará constituida por el valor real del bien, ni habla de mercado ni de tablas, también deja bien claro que la administración tiene la facultad de revisar mediante comprobación los valores declarados, para ello la normativa provee de medios de comprobación: el de mercado, de bienes análogos, el de tasación, etc.. que puede aplicar, respetando siempre el derecho a alegaciones y recursos pertinentes. la administración, ya que es imposible valorar cada bien de forma subjetiva, hace públicos unos valores, fijados mediante norma, que sirven de base para la aplicación de las tárifas, siempre y cuando el de compra no sea superior, es una especie de "pacto" para evitar miles de comprobaciones y, seguramente, de impugnaciones. si yo pago por debajo de los valores fijados en tablas, estoy advertido del derecho de la administración a revisar y comprobar; si declaro igual a tablas estoy dentro de la norma y no hay comprobación prioritaria, sin embargo la administración puede iniciar expediente de comprobación de valores, cogiendo, incluso, valores publicados en internet, anuncios de venta, como prueba de un mayor valor, esto sucede cuando los bienes no están fijados en tablas, por antiguos o por proceder de mercados no habituales, llegando incluso a ser valorados por técnicos competentes, según el bien. el plazo de comprobación es de 4 años desde el vencimiento del voluntario para liquidar. |
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#22
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Supongo que pagarías por él más de 1000€. Como pagaste el resto?
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#23
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Cita:
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#24
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No hay ninguna confusión, todos los años sobre final de Diciembre publican en el B.O.E. esto
https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/...2018-17664.pdf Al final están los barcos y el anexo para el calculo del precio del motor como se ha indicado antes. Hay que hacer la suma de ambos (barco+motor) y ese precio será el que Hacienda admita como mínimo. Si el modelo de barco no estuviera en la lista hay que aplicar el valor sobre un modelo de similares características y la principal es obviamente la eslora. Además en la pagina 798 del PDF tienes el Puma 26 porque hay que buscarlo por el FABRICANTE y en este caso actualmente se llama OMEGA |
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#25
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Cita:
Asi como que al precio de la tabla (que es como de valor nuevo) tienes que descontarle obviamente el % de depreciación segun los años y tambien tienes el anexo en el pdf. |
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Ver todos los foros en uno |
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