Cita:
Originalmente publicado por Zephyros
No entiendo que tenga que pagar en España ningún impuesto de matriculación de un barco belga, que lo que hace es cambiar de propietario y es un trámite belga, los papeles del barco son belgas no hay matriculación española, no es nuevo tampoco. Creo que en España sólo ITP por ser ciudadano español, eso sí. Así lo hice yo cuando compré un barco con bandera no española y así me lo dijeron en Hacienda que debía hacer: pagar ITP.
Si lo puedes aclarar...
  
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Creo que si el barco es de menos de 8 metros de eslora no tiene que pagar el impuesto ese IDMT.
Por otra parte, cuando se entran en aguas españolas para dejarlo en agun puerto base español, a partir de ese momento, para barcos de más de 8 metros, tienes 6 meses para pagarlo.
El ITP sí que lo pagan todos.
Creo


