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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#7
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Vamos primero con lo que es normal en otras Administraciones, y luego pasamos al capítulo de estupideces...
En otros países, te compras una radiobaliza personal (PLB) por internet (en Europa tiene que tener certificación CE, pero esto no es problema), la registras en la Administración radioeléctrica correspondiente, normalmente por correo electrónico o por internet, y la llevas contigo (para eso es una radiobaliza personal) donde te parezca. La PLB va programada con una clave que contiene el MID (indicativo de la Administración en la que la registras) y un número de serie. Ahora pasamos a las estupideces: la Administración española no reconoce la activación de PLB's excepto en la mar. Es decir, si estás perdido en la montaña con una pierna rota y tienes una PLB, es como si sólo tuvieras la pierna rota, porque no va a venir nadie a buscarte. Además, la DGMM no admite las PLB's a bordo de barcos de recreo de bandera española, excepto si estos barcos no están obligados a llevar radiobaliza (EPIRB) en razón de su zona de navegación. En tal caso, deberán ser programadas con el MMSI del barco en cuestión, y registradas en la LEB. Ni que decir tiene que deberán ser de un modelo homologado por la DGMM, pues no faltaría más... Es decir, con bandera española sólo podrás llevar una PLB si tienes el barco en Zona 4 o inferiores, pues en Zona 3, 2 ó 1 es obligatoria la EPIRB. Y además, el concepto de radiobaliza personal se irá al cuerno en el momento en que sólo pueda ser programada con el MMSI de tu barco. Y por supuesto, de llevártela a otro barco, , y no digamos a la sierra. ![]() ![]() De todo lo anterior se deduce que ya estás dejando de pensártelo y empezando a cambiar tu barco de bandera. Navegarás mucho más tranquilo... ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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