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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
![]() ya no discuto más...¡¡QUIERO NAVEGARRR!! jajaja ![]() ![]() Lo comentado a Kiko es porque creo que es necesario que la gente entienda que en esta situación de excepcionalidad se estan dando casos totalmente irregulares, que supondrían en muchos casos la nulidad de pleno derecho de las formulas administrativas utilizadas para regular ciertos derechos de los ciudadanos, muchos de ellos protegidos constitucionalmente con fórmulas administrativas , como notas aclaratorias, notas informativas etc... Lo que dice Kikocat en puridad es verdad, cualquier norma restrictiva de los derechos de los ciudadanos o de un colectivo debería tener un rango legal previsto, un procedimiento de formación y debe ser publicada en los diarios oficiales para su entrada en vigor, y para no incurrir en un supuesto de nulidad de pleno derecho, pero esto no esta ocurriendo así en muchos casos por la situación excepcional que vivimos... Dichos actos administrativos que no sirven de ordinario para regular derechos correspondientes a las personas, se están justificando y utilizando por la situación excepcional que supone el estado de alarma para interpretar y aclarar conceptos a los ciudadanos en cuanto a los aspectos del cumplimiento de la normativa emanada para regular el estado de alarma... en fin nada más que decir sobre esto...
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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