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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Buenas cofrades. Después del revuelo del ICP holandés, hay búsqueda de otra bandera... en este post solo quiero dar un aviso a los que tiene barcos sin marcado CE.
Si os vais a paises fuera de la UE, la capitanía, para volver a España os va a pedir que hagais una postconstrucción CE, lo que se os puede poner en 5000 euretes o mas... En caso de que el barco venga de un país comunitario, se contempla la opción de proyecto de ingeniero, que tendrá un coste que ronda los 3000 euretes y es mas facil. Artículo 9 del RD 1435/2010, además lo he confirmado con capitanía. |
#2
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![]() ... y con razón o sin ella ; pueden exigir iva de nuevo al reabanderar,por considerar una exportación ... lo que conllevaría pérdidas de tiempo y posiblemente dinero en recursos, contenciosos , etc etc .
Mi sugerencia ser muy cautos y no precipitarse. |
#3
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De todas formas si se hace esto es precisamente para no tener que registrar en España y tragarse lo del proyecto, y otras muchas cosas, pero en mi caso no hay vuelta porque nunca ha habido ida. En cualquier caso me gusta oir la la opinion de todo el mundo |
#4
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MI sugerencia es que hagamos lo imposible, gastemos lo que tengamos que gastar e incluso mas, para no volver a caer en manos de esta adminstracion. |
#5
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Lo demás es de tu cosecha. |
#6
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De ahí que a las personas interesadas en esta opción, aconsejo que antes de tomar acción lo aclaren con hacienda ,etc . En vez de animarlos a que tomen una acción precipitadamente. |
#7
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#8
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#9
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![]() Este hilo parece un poco alarmista e interesado y susceptible de crear polémica.
A ver si el administrador lo cierra como otros menos polémicos. Cuanto cibervoluntario de la DGMM que veo por aquí. |
#10
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Valoro positivamente,ordenar toda la información posible y valorar pros y contras , así como potenciales riesgos a los que enfrentarse , caso de tener que tomar una decisión. A mi no me gusta ,que solo se acepten aportaciones que que defiendan una opción y todo lo demás ... censurado. No me gusta . El pdf que ha colgado Magallanes XIX , aporta mucho y creo no pierde nadie nada por acercarse a su agencia de aduanas y hacer la consulta ,antes que encontrarse con un “ puro” por una interpretación en un sentido u otro . Anima a que se eliminen post o donde abundan ejemplos de mala educación, insultos o que animen a posturas censuradoras por creerse con la verdad absoluta pero , por favor que se dejen los post donde ayuden a formar una opinión o acto lo mejor asesorados posibles. |
#11
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#12
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![]() El pdf lo pone claro, si exportas pero vuelves con un barco marcado CE, que ya haya liquidado el Iva una vez, y todo sea realizado por la misma persona que regresa pero sin que haya transcurrido un tiempo excesivo, quedaría exento de liquidar el IVA, la cuestión es , que se considera tiempo excesivo?
Yo no lo veo claro, sobre todo cuando se da entre particulares y ya se liquidó el Iva cuando se vendió nueva, hecho imponible del IVA: 1. Entregas de bienes y prestaciones de servicios. Están sujetas a tributación por IVA las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales, a título oneroso, siempre que se desarrollen dentro de una actividad empresarial o profesional. Entre particulares no veo porque habría que pagar de vuelta el Iva, se lo traiga el mismo dueño u otro, siempre que no sea en el ámbito de una actividad económica. |
#13
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![]() En mi opinión estamos confundiendo el concepto de exportación, que yo creo que es sacar el barco (o cualquier bien mobiliario) físicamente de la UE, pasando o no por la aduana. Registrar en Australia un barco que está físicamente en España no es exportarlo, porque ya es un bien UE que está dentro del TAU (Territorio Aduanero de la Union Europea) con sus impuestos europeos pagados, es decir fiscalmente no te van nunca a pedir nada mientras lo tengas aquí dentro y administrativamente la DGMM intentará fastidiar lo que pueda , impedir que navegues y sacarnos el dinero para sus amiguetes que hacen proyectos de barcos, nada nuevo.
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#14
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![]() Si es exportación aunque el barco no se mueva. Cuando cambié a pabellón belga, al dar de baja el pabellón español, tenía que marcar la casilla del motivo por el que solicitaba la baja, y la que se debe marcar es la que dice "exportación" en mi caso a Bélgica. Saludos.
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#15
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En mi actual barco nunca he cursado una baja de bandera ni española ni de otro sitio. Por eso me preguntaba como va a saber la DGMM nada de él ni de sus banderas o registros. Yo lo empiezo a ver claro, ahora en el supuesto concreto de un barco español que se haya abanderado en UK por ejemplo, podría darse lo que comentais pero no creo que hacienda te quisiera cobrar el Iva o ITps otra vez En fin me agrada contrastar opiniones porque contribuye a ver contras que no ves de otra forma. |
#16
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![]() Cita:
Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
magallanesXIX (05-11-2020) |
#17
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![]() ¿como estaba la plaza? a rebosarrrrr. ![]() ![]() ![]()
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#18
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![]() Cita:
Es triste porque es la bandera de mi país, pero me niego a seguir sometido al yugo, las incoherencias y despropósitos de la DGMM. Segundas partes nunca fueron buenas, decía mi abuela. Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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