Cita:
Originalmente publicado por MrProsper
¿no se pueden rebasar las 60 millas con un cat. B porque no te lo despacharán para zona 1, independientemente de que tenga el armamento correspondiente?¿se trata en realidad de una cuestión de la legislación española y se limita a los barcos con nuestra bandera?¿Se podría en este caso con un barco abanderado en otro país?¿Estoy simplemente hecho un lío y no me entero de nada?
En fin, quizás la pregunta sea un poco tonta o evidente, pero agradecería que alguien me lo pudiera aclarar.
Saludos y rondas para todos.
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Aunque sí que hacía referencia a la legislación y bandera españolas al final de mi primera intervención, admito que pudo no quedar claro que me refería más a esto. En todo caso, no son necesarias disculpas, entiendo que aquí de lo que se trataba era de aportar puntos de vista o conocimientos y, por mi parte, todo es bienvenido.
Eso sí, llámame sentimental o lo que quieras pero, puestos a elegir, me gustaría navegar con la bandera de mi país, no con la que una administración inmovilista o inflexible nos empuja a utilizar para evitar engorrosas trabas o imposiciones.
Saludos y no diré que ron para todos, porque soy más de gin tónic

