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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Hola Campeón.
Suscribo casi todo lo que dices. Como anécdota añadir que un amigo mio venía de dar la vuelta al mundo, por Magallanes....y en el Delta del LLobregat, ya llegando, le paró la Guardia Civil conminandole a dirigirse al Port Olimpic se dieron cuenta que solo tenía el titulín..pero no lo encontraba. La Guardia civil..pues..eso...no sabía que decir, el les contestó de mala manera y acabó detenido. El tema que nos ocupa no me queda claro, porque tu eres español? Creo que no hay que confundir empadronamiento con residencia. Una cosa no conlleva la otra, añadiendo que en España hay millones de ilegales, no residentes, pero muchos de ellos empadronados. Ninguno posee la residencia.Tu barco depende , si lo tienes en territorio francés, de la legislación francesa. Supongo que ésta será análoga a la española, limitando la estancia, por pura cuestión fiscal a menos de seis meses. Schengen no habla de la fiscalidad, porque cada pais tiene la suya...dicho de manera resumida. Si entras y sales de Francia, demostrable, es posible que puedas tener algún beneficio. Pero el tema de la residencia es delicado por otras cuestiones, no sé a que te dedicas, pero....cambiar la residencia de un pais a otro...requiere una explicación a las autoridades especialmente en todo lo referente a la fiscalidad y motivos para ello, unido a otras cuestiones o profesionales o personales. Lo de la nacionalidad eso es otro cantar....mas complejo. No se, porque pensando, algún español habrá que trabaje en Behovia, pero que viva en Hendaya.... Los impuestos, donde los paga, porque habrá dos tipos? Los relativos a su nómina, y el IRPF? Patrimonio?A ver...los especialistras de esta santa casa, que nos lo expliquen. Suerte con lo tuyo, amigo y gracias por este tema.ONE Cita:
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