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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola compañeros,
Tengo una pregunta para vosotros. Estoy creando un negocio de compra venta de coches y de barcos. (epígrafe 654). ¿Podré utilizar los barcos para navegar con mi familia los fines de semana? Gracias por vuestra respuesta. Saludos a todos. Eric |
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#2
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Cita:
enhorabuena por la iniciativa de abrir ese tipo de negocio, pero hazlo bien por tu propio interés suerte ten en cuenta otra cosa, un barco de empresa debera estar matriculado o inscrito en " lista 6ª" porque es un barco para explotarlo y lucrarse de sus beneficios, si compras barcos usados de " lista 7ª " mejor los dejas en esa lista, cambiarlos de lista te costará más caro Editado por jok29 en 29-03-2022 a las 14:28. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jok29 | ||
Joanet78 (30-03-2022) | ||
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#3
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Gracias. Ahora lo tengo claro.
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#4
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Yo creo que si llevas un barco que no es tuyo, aparte de por supuesto, toda la documentación del barco y el título pertinente, tienes que llevar una autorización por escrito del propietario (que en este caso sería la empresa).
Ahora bien, a efectos fiscales probablemente el uso y disfrute de la embarcación se considere como una prestación en especie y debería de ser correspondientemente declarada. Pero no soy abogado, es lo que he leído por ahí.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#5
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Si yo pido el coche a mi vecina porque tengo el mío en el taller y lo uso para ir a la playa porque ella no lo va a usar, ¿tendría problemas fiscales y/o legales si me paran? No me lo creo...
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#6
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Si te ahorras impuestos al comprar un barco en lista 6ª, lo pones a tu nombre o de tu empresa y intentas usar de forma privada, no dudes que Hacienda te perseguirá con saña e intentará que pagues lo que no pagaste como armador normal además de la consabida multa. La Guardia Civil es el menor de los problemas en estos casos. Los inspectores de hacienda investigan caso a caso cada barco en lista 6ª que son los de charter.
Si es un compraventa, piensa que normalmente actúan como intermediarios entre particulares con lo que nunca tienen los barcos a su nombre. Si el particular vendedor te autoriza a usar su barco y éste está en regla para navegar, no debe haber mayor problema. Unas ![]() |
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#7
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Cita:
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#8
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Garota : "sino que se refiere si puede utilizar una embarcación que tiene en venta, todavía a nombre de su anterior propietario, ¿es así?"
Exacto. |
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#9
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Sin tener ni idea, yo creo que esos barcos podrán ser usados en las pruebas de mar que puedan pedir los compradores potenciales. Si realizar dichas pruebas de mar es legal, me imagino que si los podrá usar. Ahora, si hay algún n percance no se como quedaría la cosa al ser el barco de otra persona.
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#10
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Cita:
El régimen del mar no tiene nada q ver con los coches. |
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#11
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Desde el momento en que legalmente se considera como un medio de transporte, a estos efectos sí es muy parecido a lo que ocurre con los coches.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#12
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Lo alquila a su pareja, luego reclama la pareja, reembolsa el pago i que viva la dgmmacarronica
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#13
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Cita:
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#14
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