La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Antiguo 20-09-2022, 10:50
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Predeterminado Re: Me voy a vivir a mi barco

tu amigo y compañero letrado creo que tiene razón, si lees literalmente la sanción dice "Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos"

como ves solo dice: "circular", que se puede definir como que la Circulación es un término que procede del latín circulatio y que hace mención a la acción de circular (perteneciente o relativo al círculo o que parece no tener fin, ya que acaba en el mismo punto en el cual comienza). Por antonomasia, se conoce como circulación al tránsito por las vías públicas.

por tanto, un coche estacionado sin ITV no es punible, pero ojo, solo que lo muevas para cambiar de plaza o moverlo para lo que sea, se considera una falta grave según el artículo 76.1. o) deL RDL 6/2015 de 30 de octubre.

salut i millas

(yo he estado 2 años viviendo en un velero con mi almiranta)
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