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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#7
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Por partes,
1º las embarcaciones de recreo y de acuerdo con la legislación vigente y segun las zonas de navegación para las que están habilitadas tienen la obligacion de llevar emisora de VHF y con DSC. 2º El hecho de llevarla, obliga a la solicitud de la correspondiente licencia de Estación de Barco, la cual va ligada al nombre y matricula de la embarcación. Esa licencia debería de indicar el correspondiente indicativo de llamada. 3º Las emisoras VHF de las embarcaciones Obligan la comunicación barco-barco o barco costera, o barco puerto, embarcadero, o marinería. No estan autorizadas para comunicarse, por ejemplo, con otra emisora VHF marina instalada en casa. Por la misma regla no se debe de utilizar una emisora en casa para llamar a un barco. 4º En casa se puede tener una emisora como receptor, nadie puede prohibir las escuchas de forma "particular" teniendo la obligación de guardar el secreto de las mismas y no utilizar para nada la información recibida. En caso de recibir un MAY DAY, y percatarse que no hay nadie que responda al mismo, podría llamar por telefono a la autoridad competente e indicar lo escuchado, pero solo eso. 5º Cualquier Walki de VHF marino, se puede utilizar siempre en comunicación barco-barco o costera, como la emisora fija, pero solo eso, no hace falta licencia alguna, lo ampararía la propia embarcación. En cuanto a la licencia de radio, solo puedo señalar que la solicite en año pasado en el mes de Mayo, pagando la correspondiente tasa, y sin recibir hasta el día de la fecha noticia alguna de la DGMM. Junto a la documentación del barco guardo la correspondiente solicitud y pago de tasas para justificar mi demanda. ![]() ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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| Etiquetas |
| licencia, operador, radio, seguridad, vhf |
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