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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Son tributos: los impuestos, los precios públicos y las tasas. En el caso de las tasas, el servicio tiene que ser efectivamnte prestado. Pregunta: ¿recogen las basuras en tu puerto deportivo?: presumiblemente sí, luego por ser concesionarios tienen derecho a cobrarlo al amparo del RD citado si no lo hace el municipio. ¿Recogen realmente las aguas fecales?, si no lo hacen porque no tiene este servicio como sucede en TODOS, repito TODOS los puertos deportivos de Tenerife, no pueden cobrarlo. Si lo hacen, se puede recurrir con claras posibilidades de éxito y que tu barco, como dices no los produce.
Si quires el decreto mándame un privado y te lo remito, sin embargo en la web lo encontrarás facilmente. ![]()
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos. (Fernando Pessoa -1931) |
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