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Antiguo 28-01-2009, 22:42
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El AIS fue aprobado por la OMI (IMO en inglés) en el 2002 con un calendario de implementación según las características del buque, comenzando el 31 de diciembre de 2004. En el momento de escribir este artículo, el estándar AIS es un estandar obligatorio para los buques sometidos al Convenio SOLAS con las siguientes características:

-Buques con arqueo bruto superior a 500 GT

-Buques en viaje internacional con arqueo bruto superior a 300 GT

-Todos los buques de pasaje, independientemente de su tamaño

Está en fase de aprobación una Directiva europea que cambiará la Directiva 2002/59/E, haciendo obligatorio el uso de AIS para buques de pesca, con el siguiente calendario de implementación:

-Pesqueros entre 24 y 45 metros de eslora: no más tarde que 3 años desde la entrada en vigor de la Directiva;

-Pesqueros entre 18 y 24 metros de eslora: no más tarde que 4 años desde la entrada en vigor de la Directiva;

-Pesqueros entre 15 y 18 metros de eslora: no más tarde que 5 años desde la entrada en vigor de la Directiva;

-Pesqueros de nueva construcción de más de 15 metros de eslora: no más tarde que 18 meses desde la entrada en vigor de la Directiva;

El AIS para embarcaciones no sometidas al Convenio SOLAS y que no sean embarcaciones de pesca. Nos estamos refiriendo a las embarcaciones de náutica de recreo:

Decisión de la Comisión, de 25 de enero de 2005, 2005/53/CE:

La armonización de los servicios de radio contribuye a incrementar la seguridad de la navegación de los buques no sujetos al Convenio SOLAS, especialmente en caso de peligro y de situaciones de seguridad, por lo que los Estados miembros invitan a dichos buques a participar en el AIS.

Esta decisión incide en la dirección de establecer el AIS también como un elemento indispensable en los buques más pequeños.

El hecho de que la "Llamada Selectiva Digital" (LSD o en DSC en inglés) sea obligatoria desde comienzo de 2008 (en España, a partir del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre), es el comienzo hacia implementación de medidas de seguridad del tipo AIS.
El Dictamen del Comité de las Regiones sobre el "Tercer paquete de medidas legislativas para la seguridad marítima" (2006/C 229/06) señala en el apartado 3.2 que se recomienda la introducción de los sistemas AIS (Automatic Identification System) en todos los buques pesqueros, tanto en los que faenan en aguas costeras como en alta mar, es decir, no sólo en los de más de quince metros de eslora. Precisamente los barcos más pequeños son los que corren más riesgos puesto que son difíciles de localizar tanto visualmente como mediante radar si son de madera o de fibra de vidrio reforzada(…)



http://urubamba.es/ais_qu_es_funcion...riedad_y_tipos
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a velorio
shaman (29-01-2009)
 

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