![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
Hay cosas de lógica, si un barco de bandera extranjera entra en aguas de otro país, deberá informarse de las normas que rigen en ese país y si no le parecen bien, que no entre. Supongo que al entrar en aguas de otro país, obligatoriamente tienes que autorizar que las autoridades locales registren tu barco. Nadie te obliga entrar en un puerto extranjero, pero si entras te sometes a lo que te digan o te marchas. Hace unos años, los barcos que entraban en puerto Español y traían artículos no permitidos en España, tenían que declararlos y guardarlos bajo llave y bajo la responsabilidad de alguna persona (Capitán, Oficial, etc). Este lugar era sellado y para sacar algo de allí tenían que pedir permiso, esperar a que desprecintaran el lugar, armario, camarote, etc, sacar lo que fuera y luego volvían a sellarlo. Antes de zarpar, se comprobaba que el sello estuviera intacto. Si te pillaban algo no declarado y fuera del lugar habilitado, lo consideraban contrabando, trafico de armas, drogas o lo que fuera. De este trajín se encargaba la GC. y dependía de la Aduana. Armas, drogas legales, alcohol y tabaco, etc. en las cantidades superiores a las permitidas para entrar en Epaña, debían quedar guardadas hasta que el barco saliera de España. Y me parece bastante lógico que sea así y no creo que haya cambiado mucho, imagina que llegas con un barco cargado de coca a Chipiona y le dices al Guardia Civil "Tengo bandera de Sealand y allí somos unos cachondos, esto es para consumo de la tripu" Saludos. Mi experiencia en Portugal por mar y por tierra muy buena, deseando volver. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LP706 | ||
mazarredo (25-10-2009) | ||
|
|