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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Hola a todos:
Creo que Vepi está en lo cierto. Una cosa es el arrendamiento del amarre (7% de iva), y otra cosa son los servicios facilitados como marinería, luz, etc (16% de iva) Por ello, en la factura deben constar las bases imponibles de cada uno de los conceptos de forma separada, y así, aplicar su correspondiente iva diferenciado a cada una de ellas. Saludos ![]() ![]() |
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