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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hola a todos:
En primer lugar quiero hacer constar que no estoy seguro del todo que esta pregunta vaya aquí y sobre todo que me suena que ya hace algún tiempo leí algún hilo al respecto pero ahora no soy capaz de encontrarlo así que me atrevo a plantearlo de nuevo La cuestión es saber si para tener un VHF portátil hace falta tener licencia para el mismo o el permiso de operador de radio restringido, etc. Mi idea es tener un equipo auxiliar por si falla la radio del barco aunque la potencia sea muy limitada, o para usarla cuando utilizo la auxiliar, porque ya he tenido un par de malas experiencias (fallo de la radio del barco y situación un poco apurada en la auxiliar sin medio de comunicación) Por lo que he visto en la reglamentación de la DGM (aunque cuanto más busco más me lío, lo reconozco) parece que no, si el barco ya tiene licencia para la instalación fija, aunque que se debe utilizar el identificativo del barco. No sé si además influirá en algo que el barco sea de lista séptima o sexta (que es lo que yo utilizo siempre ya que no tengo barco) Un saludo |
#2
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![]() Cita:
Para usar una vhf portátil, tú tienes que tener un título que te lo permita, si tienes un PY o CY ya estás autorizado a utlizarla. No recuerdo si con un PER también, pero me parece que lo logico fuera que sí. Si el equipo esta permanentemente incluido en el barco, debería constar en la relación de equipos electrónicos abordo. En algunos ámbitos de navegación es obligatorio disponer de un vhf portátil o de un substituto, para concretar más basta mirar la página de comunicacones de la DGMM. ![]()
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Iñaki |
#3
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![]() Hola:
Si es cosa de la titulación pues no habría problema, porque tengo el PY, pero si va ligado al barco ya es otra cosa. Buscar la respuesta en la DGMM ya lo he intentado pero no termino de aclararme, porque tan pronto parece que no hace falta más como que tengo que sacar la licencia para el equipo sea del tipo que sea, fijo o portátil, y preguntando directamente me responden que debo hacerlo en la capitanía donde el barco esté registrado, aunque especifique que no soy propietario y que los alquilo. ¿qué ocurre, que si no tienes barco no puedes embarcar un equipo portátil como medida de seguridad? Bueno al final me tocará pasarme en persona por alguna delegación y si no consigo resolver nada pues no me quedará más remedio que salir sin papeles, si realmente hacen falta, y si algún día me hace falta usarlo supongo que lo que menos me importará será que me puedan pillar y multarme... ![]() Saludos. |
#4
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![]() Cita:
Siempre que alquilo un barco llevo una vhf portátil propia (*) pues es más cómoda en cubierta que la fija del propio barco y no tengo ningún tipo de licencia, pero soy CY y no creo que me pudan decir nada ni por poseerla o llevarla ni por usarla. Si te enteras de algo en contra, pues espero que nos lo hagas saber. ![]() ![]() ![]() ![]() (*) Más un gps de mano, más una navaja de maniobra, más una linterna frontal, más un par de guantes de maniobra, más un compás de marcaciones, más un montón de cartas y derroteros, una libreta que hace las veces de libro de bitácora, etc... todo ello en una maletita que tengo siempre dispuesta.
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Iñaki |
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