Cita:
Originalmente publicado por flog
Gracias Mofeta!, ante todo decir que efectivamente pensé que con mis atribuciones (título y barco) no infringía!! pero ya veo que no...
en fin ya contaré el desarrollo del asunto!
una ronda para ti!
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Es terrible flog, porque tu intenciones para propositos legales sirven de poco (por no decir nada). La norma es 12 millas de costa de abrigo y ellos dicen que las Columbretes no son abrigo. Punto. Por eso han puesto en la denuncia que te encontraron a 27 millas de la costa.
Mas terrible en tu caso, porque salvo hacienda recae en el gobierno la carga probatoria. Es decir, si tu barco amarra normalmente, digamos en la costa brava e incluso tienes matrícula de gerona o barcelona y te aborda la GC en digamos andraitx NO TE PODRÍAN DECIR NADA, pues sobre ellos caería la carga probatoria de que has navegado fuera de tu zona, pero la GC no puede atestiguar eso, solo puede atestiguar donde te encontró y tu NO TINES NINGUNA OBLIGACIÓN DE ACREDITAR COMO HAS LLEGADO. Como te explico, eso es en prácticamente todas las actuaciones del gobierno, salvo hacienda, que goza de "fuero especial".
Pues eso, es terrible porque has infringido y ha quedado probado con la denuncia de la GC. Te quedan alternativas de defensa pero *creo* que intentar buscar que las Columbretas son costa de abrigo es perder el tiempo.
Mucha suerte!