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VHF: Canal 77 |
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Re: Respuesta: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Os informo tras ponernos en contacto con el distribuidor de como devolver las bengalas del lote defectuoso.
Buenos días: Los clientes deben ponerse en contacto con la tienda de náutica donde hayan adquirido las señales o el equipo que contenga los cohetes L-35A, marcados con el Lote 113 de 2021, para su devolución y trámite de sustitución. En caso de no poder contactar con su proveedor habitual se pueden dirigir directamente a Lecea, llamando al teléfono: 945 31 70 24, o escribir un mensaje a calidad@pirolec.com para aclarar cualquier duda. Muchas gracias por contactar. Quedamos a su disposición. Un saludo. |
#53
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Bueno, vamos con el tutorial para presentar la instancia...
Presentación telemática El primer requisito es que tenemos que tener cargado y funcionando el programa Autofirma: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html Cargarlo es fácil; que funcione es muuucho más difícil, especialmente con algunos sistemas operativos (Linux en todas sus variedades) y navegadores (Firefox, por ejemplo). Si tenéis problemas, probad con el programa Autofirma de la Junta de Andalucía, que va un poco mejor: https://ws024.juntadeandalucia.es/cl...autofirma.html Para que Autofirma funcione, tenéis que tener instalado en vuestro ordenador el certificado digital de la FNMT sin caducar o un DNI electrónico con el certificado digital sin caducar (ojo, el certificado del DNI-e caduca a los dos años). Si estuviera caducado, en cualquier oficina expedidora del DNI lo podéis actualizar en las máquinas que tienen para ello, sin esperar cola ni pedir cita. Para leer el DNI-e tenéis que conectar el lector correspondiente al ordenador. Podéis verificar que todo eso funciona aquí: https://valide.redsara.es/valide/? Lo siguiente es entrar en la sede electrónica del Ministerio: https://sede.mitma.gob.es/ Y ahí nos aparece esta pantalla: Pincháis en la pestaña "Marina Mercante" (marcada en rojo) y os sale la siguiente pantalla: Pincháis en "Presentación de solicitudes... etc.", marcado también en rojo, y os aparecerá la pantalla: En ella pincháis donde pone "Tramitación electrónica", en el campo "iniciar". A partir de ahí os saldrá un pantallazo para identificaros con vuestro certificado de la FNMT o DNI-e, y tendréis que rellenar una serie de campos. Lo que nos interesa es el campo "EXPONE", donde tenéis que copiar lo que sigue en azul: 1 – Las señales pirotécnicas (bengalas, cohetes y botes fumígenos) están comprendidas como señales de peligro en el apartado 1, subapartados i) y j) del Anexo IV del Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la Mar (RIPA), al que España se adhirió por disposición publicada en el BOE nº 163 de 9 de julio de 1977; así como en la Sección 1, apartados 9 y 10 del Capítulo 4 del Código Internacional de Señales (CIS). 2 – Dichas señales pirotécnicas están consideradas como obligatorias a bordo de las embarcaciones de recreo por el Artículo 9 del RD 339/2021 de 18 de mayo (BOE nº 119 de 19 de mayo) y modificaciones posteriores, en las cantidades que en el mismo se indican. 3 – Las señales pirotécnicas presentan hoy en día una serie de características indeseables: - No sirven por sí mismas como señal de socorro, sino que es necesario que exista una vigilancia activa, es decir, alguien que vea dichas señales, comprenda su significado y transmita la señal. Esto no ocurre con otras señales de socorro, como por ejemplo las enviadas por equipos radio. - Es difícil para los navegantes de recreo adquirir el entrenamiento requerido para su uso; muchos navegantes no han utilizado nunca una señal pirotécnica. - No se puede saber antes de su uso si funcionarán o no. - Tienen una duración extremadamente corta y sólo se puede estibar a bordo un número limitado, que puede agotarse completamente sin haber atraído la atención. - Tienen una vida útil limitada. - Al contener sustancias incendiarias/explosivas, presentan grave peligro en su transporte, estiba a bordo, uso y eliminación tras haber expirado su fecha de caducidad. - No existen canales sencillos para su eliminación tras haber expirado su fecha de caducidad; las Autoridades (Policía Nacional, Guardia Civil) y muchos comercios del ramo no se hacen cargo de la pirotecnia caducada, y otros sólo lo hacen con la pirotecnia que vendieron en su momento y siempre cargando una tarifa – ilegal, según la Instrucción Técnica Complementaria nº 12 del RD 989/2015 de 30 de octubre (BOE nº 267 de 7 de noviembre) y modificaciones posteriores. 4 – Por el contrario, existen otras señales de socorro igualmente incluidas en el RIPA y en el CIS, e igualmente prescritas como obligatorias en el ya citado RD 339/2021, que no tienen las características indeseables de la pirotecnia: - Sirven por sí mismas como señal de socorro. - Se puede ensayar su procedimiento de uso sin dificultad. - Se puede conocer su estado de funcionamiento antes de su uso. - Pueden reutilizarse de modo prácticamente ilimitado. - La vida útil de las baterías es generalmente prolongada. - No representan ningún peligro. Entre tales sistemas de socorro se encuentran los equipos de radiocomunicaciones con llamada selectiva digital, las radiobalizas de localización de siniestros, las señales luminosas y visuales no pirotécnicas, etc. 5 – Las estadísticas muestran que el número de accidentes en los que la señal de socorro que ha desencadenado la alarma fue una señal pirotécnica es marginal. 6 – La reciente muerte de un navegante cuando manejaba un dispositivo pirotécnico, la baja fiabilidad de dichos dispositivos, y su baja efectividad como señales de socorro, deberían ser motivo suficiente para reconsiderar la obligatoriedad de dichos dispositivos. Por todo lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2001 de 12 de noviembre (BOE nº 272 de 13 de noviembre), reguladora del derecho de petición Y en el campo "SOLICITA" ponéis lo que sigue: Que se modifique el Artículo 9 del citado RD 339/2021, eliminando la obligatoriedad de llevar señales de socorro pirotécnicas a bordo de las embarcaciones de recreo, dejando su tenencia a bordo como potestativa a criterio del patrón o armador de la embarcación de recreo. Una vez que hayáis rellenado todo, firmáis electrónicamente y os descargáis vuestra instancia y el resguardo de haberla presentado (a veces el resguardo es idéntico a la instancia, otras veces es parecido, pero con un sello de fechas y otras veces es distinto). Y a esperar a que la Chatarrera no nos conteste, que es lo que seguramente hará, pero ya se nos ocurrirá otra cosa. NOTA: Observaréis que no se pide la sustitución de la pirotecnia por otra cosa, sino sólo la eliminación de su obligatoriedad; hay más que suficientes señales de socorro como para que tengamos que cargar con los petardos, si no queremos. Por otra parte, tampoco se mencionan las balizas AIS-MOB (no son señales de socorro admitidas como tales en el RIPA) ni las PLB (la Administración española sólo las admite en situaciones muy restringidas), ni las señales de socorro visuales electrónicas (bengalas LED, laser y demás), porque no se trata de sustituir la pirotecnia por ellas. En otro post contaré cómo presentar la instancia a la manera tradicional, en papel. Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 29-01-2023 a las 23:16. Razón: Cambio de redacción |
13 Cofrades agradecieron a Apagapenol este mensaje: | ||
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Respuesta: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
En cuanto pueda lo hago, tengo autofirma instalada y va cuando le da la gana.
Gracias! |
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Apagapenol (29-01-2023) |
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Re: Respuesta: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
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Aitonos (29-01-2023) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
El problema de Firefox, más que Autofirma, es que no utiliza el almacén de certificados de Windows, sino el suyo propio. Chrome y, por supuesto, Edge utilizan el almacén de certificados de Windows. Dentro de las.actualizacionds de Microsoft en España se incluyen los certificados raíz de la FNMT y del DNIe, necesarios para que todo esto funcione.En Firefox eso hay que revisarlo y, en su caso, actualizarlo manualmente. Mañana lo envío. Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
2 Cofrades agradecieron a Reivah este mensaje: | ||
Aitonos (29-01-2023), Apagapenol (29-01-2023) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Presentada la instancia al destinatario "Madrid - S.G. de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima". |
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Apagapenol (29-01-2023) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Yo no he sido capaz de hacer que Autofirma funcione. Soy usuario convencido de Linux, y aquí las cosas van de otra forma. Sí he conseguido que AutofirmaJA (la de la Junta de Andalucía) funcione medio bien, pues acepta el certificado de la FNMT, pero no es capaz de leer el del DNI-e... Lo que es desastroso de Autofirma es que no tenga un servicio de soporte como, por ejemplo, el que da la Policía Nacional al DNI-e, que es de . Saludos y
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Reivah (29-01-2023) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Soy de los que piensa que dos de los hitos a la incompetencia en el desarrollo de aplicaciones informáticas son Autofirma y la web de Renfe, pero no sabría decir cuál es peor...
Así que, si habéis tenido dificultades con la presentación telemática siempre nos quedará París... es decir, siempre nos quedará el recurso a la instancia en papel de toda la vida; veamos cómo: Presentación en papel Nos descargamos el modelo de instancia que adjunto, imprimimos dos ejemplares, rellenamos nuestros datos, y los firmamos. Lo siguiente es presentarla. Esto podemos hacerlo en cualquier Oficina de Registro General de la Administración del Estado, y en muchos casos también en las autonómicas e incluso en las locales, y también en las oficinas de Correos. Para encontrar la oficina más cercana nos vamos aquí: https://administracion.gob.es/pagFro...traOficina.htm escribimos nuestra dirección, elegimos el tipo de Administración y pinchamos en "Información y Registro General". Nos dará una lista de oficinas. Para presentar la instancia en Correos hay que llevar un sobre abierto y con la dirección postal del Organismo (la de la DGMM es Ruiz de Alarcón 1, 28071 Madrid). Al presentarla, el funcionario sellará los dos ejemplares y nos devolverá uno. Y listo, a esperar la no contestación de la Chatarrera. Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 07-02-2023 a las 08:08. Razón: Simplificar el proceso |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Me permitiréis que me salga un momento del tema, os recomiende este vídeo y nos riamos un rato. https://youtu.be/weMDeFrp_bM Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Reivah | ||
Joanet78 (29-01-2023) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Saludos y
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Volviendo al tema, he pensado que podría ser interesante hacer llegar el modelo de instancia a la mayor cantidad de gente posible, porque hay muchos que no están en condiciones de hacer el trámite telemático.
Para eso, he redactado el modelo de instancia en formato pdf, por si lo pudiéramos imprimir y llevar a nuestros puertos, para difundirlo entre los patrones de la misma manera que en su momento se hicieron carteles contra la OM antecesora del actual panfleto de la Chatarrera. ¡Cuantos más seamos, mejor! Saludos y
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Más cosas: algún cofrade, patrón de charter, me ha pedido retirar de la instancia la solicitud de que la eliminación de la pirotecnia afecte sólo a los barcos sin tripulación profesional. ¡Hecho!
Saludos y
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Vamos que no añade nada nuevo a lo escrito, en cuanto a contenido, pero se lo deja un poco más "mascado" que al final con lo buenos que son para poner normas igual las prohíben directamente de la noche a la mañana y las multas vienen por tenerlas. Editado por Erikblade en 29-01-2023 a las 19:08. Razón: el color no se apreciaba |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Escrito enviado.
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
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Saludos y
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
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en cuenato vuelva, me pongo manos a la obra. Supongo que la instacia que se ha subido en el post 59, es correcta. Imprimiré un buen número de ellas, buscaré navegantes que estén de acuerdo con la causa, rellenaremos el documento, que lo firmen y buscaré la forma de presentarlos. Al estilo "Erin Brockovich".... pero sin favores sexuales. Salud y
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
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Saludos y
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
Cita:
Muchas gracias por vuestras aportaciones. Saludos y
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Presentado,
A ver si el resto se anima...
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
presentado escrito de retirada del lote defectuoso y obligatoriedad de material pirotécnico en nautica de recreo. Gracias Apagenol por la iniciativa y ayuda. Te envie al email el texto cuñado.
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2 Cofrades agradecieron a PAOM este mensaje: | ||
Apagapenol (30-01-2023), FAVIOV (30-01-2023) |
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Pues excepto dos o tres, no parece que haya muchos más...
Así nos va... Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 31-01-2023 a las 11:30. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
Joanet78 (31-01-2023) |
#74
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Re: Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Cita:
vuelta, presentaré la mía y todas las que consiga reunir. Espero aportar un buen puñado. Ánimo. Seguro que se presentarán un montón. Salud y
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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Petición para eliminar la obligatoriedad de la pirotecnia
Presentada
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