![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#76
|
||||
|
||||
|
Buenas tardes, sigue sin aparecer alguien implicado directamente en una sancion por cruzar con el PER y el barco en zona 4 .
Es evidente que la sanción te la deben aplicar en la zona fuera de cobertura de las 12 millas de ambas costas. Tengo barco desde los 12 años y he navegado muchas millas por lo cual puedo asegurar que lo más importante es la capacitación del patron y su responsabilidad , com asi funcionan en otros paises Francia, Inglaterra,,, No puedo dejar de pensar que todo corresponde a un montage para generar negocio y gastos innecesarios , sino porque es legal la navegacion entre islas ? A ver si sale alguien, sino se refuerza mi percepción ![]() |
|
#77
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() Aunque parezca mentira ... a mi me toco un caso como el que describes, con un tripulante, cruzando el mar de Alborán y con F5 ... Salud ![]() ![]() ![]()
__________________
Otro mundo es posible ... HAGÁMOSLO !!! |
|
#78
|
|
|
Cita:
![]() Según el temario que estudié de PER o de PY ya no recuerdo, fuera de las 12 millas es tema de la marina o aduanas, creo, y por causas como terrorismo, drogas, etc.... Espero que salga alguien que lo tenga mas fresco que yo y corrija o ratifique lo que estoy diciendo. Saludos Rafa
__________________
![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
|
#79
|
||||
|
||||
|
La guardia civil puede multar en cualquier punto, entre baleares y la peninsula.Lo de las doce millas no lo tengais en cuenta en esta travesía.
Por cierto, yo no tengo ningún interes en ir a baleares, por el tema de amarres y tal,pero por curiosidad tambien me gustaría saber las consecuencias reales, por no tener el barco despachado,el mio o está. Cerveza y fanta para todos. ![]() |
|
#80
|
||||
|
||||
|
No me muerdo la lengua porque no serviría de nada, ya que no estoy hablando, pero es queeee
Joer, que me habéis echado la bronca por no buscar?? Pues acabo de volver a buscar y no he encontrado nada en el buscador. Quizás si no pusierais títulos como "agarralo y corre" o yo que sé... ¿Que no he vuelto a escribir? ¿Que pasa, que no trabaja ni vive nadie fuera de la taberna? ¿estais pegados al teclado o qué? ¡¡Que solo han pasado dos días entre mi mensaje inicial y hoy!! De verdad que tenéis ganas de romper todo el mobiliario de la taberna a la primera... ¿Que estoy rozando la linea de la legalidad por preguntar algo así? ¿De verdad alguien se siente preocupado o quizá "violento" por sacar estos temas? Pues os vais a cagar: Hoy he ido por la autopista a 140. ¿Algún guardia civil me lee? A 140, OIGA. ¿Estoy haciendo apología de algo? Piratas nenazas veo yo por aquí (esto leermelo bien, que estoy de coña,¿eh?) El tema ya ha salido mil veces, pregunta chorra, he oído por ahí..., así que no sigo. Me quedo sin saberlo, y tendré que preguntarle directamente a algún guardia civil. (lo mismo me lleva preso, oye). Porque lo que tengo claro es que no voy a pasar por el tema de radiobaliza ni balsa para un fin de semana largo que iría a Formentera. Sobre el respeto a los guardias civiles, ya lo dije en otro post: Me parece triste que si pienso en ellos en tierra me evocan seguridad y les agradezco que estén ahí en medio de la carretera por nuestra seguridad, lloviendo o con sol. En cambio en el mar siempre me evocan un grupo de chavales (o no tanto) con una motora, y con más peligro que una cajabombas, y no por nada, sino porque con el lío que hay de legislación, te puedes encontrar un cenutrio (que los hay en cualquier profesión) que te multe por no llevar el botiquín del color y medidas homologadas. En fin, os pido perdón a todos por las molestias, y no os digo nada ya de lo que sería cruzar a Ibiza con un Macgregor. Eso para otro día. |
|
#81
|
||||
|
||||
|
Cita:
Cita:
¿Y con tutu?No sería este? Te metes en cada berenjenal... ![]() Salut ![]() ![]() ![]() |
|
#82
|
||||
|
||||
|
Hola KikoCat,
No te enfades por los comentarios de algunos cofrades que la mayoría intentan ser constructivos ... Sobre el último comentario, posiblemente tienes razón en algunos puntos pero igual no en el tono utilizado. En este local, he visto muchas veces consultas como la tuya, y que bajo mi opinión considero que son preguntas claras, concisas y cerradas, y no se porqué, acaba fumando la abuela y toda la familia alrededor. Si un cofrade pregunta, ¿Cuanto asciende la multa si naveganos en Zona 2 y no tenemos el PY y/o el Barco está despachado en Zona 4?, no acabo de entender los comentarios de si es correcto o no, que si la experiencia, que si sabemos nadar ..... "La abuela Fuma".... Está claro que el que hace una singladura BCN-Ibiza, tiene los Webs y la experiencia para realizar el viaje y lógicamente sabe nadar, pero esto no toca en esta pregunta. En mi caso, tengo el PY, el Barco tiene un menos de 1 año y Categoría A y lo tengo en Zona 4. Por mi experiencia a día de hoy, seguramente no iría ni a la costa brava, y se nadar y bucear bastante bien. Sin embargo, no me apetece pagar por una balsa, una radiobaliza y sus pertinentes ITVs lo que piden (me parece que un robo). Sin embargo, si me dicen la multa son 600 euros, pues bueno, le pido a un amigo la balsa y compensa. Iría con todo lo exigible pero sin la cópia rosa, amarilla y azul ... es así de sencillo. Si por desgracia son 180.000. euros, pues me lo pensaría. No se si me explicado... ![]() |
|
#83
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() |
|
#84
|
||||
|
||||
|
Cita:
Igual así, entre calada y calada de la abuela, alguien que lo sepa lo lee y si quiere contarlo os saca de dudas. Y, por cierto, ¿a que viene todo lo que has contado sobre tí y tu barco en relación a lo que pregunta? Salut |
|
#85
|
||||
|
||||
|
Cita:
A que viene lo siguiente ... ![]() Cita:
![]() ![]() ![]() Esto es mejor que lo de mi bailarín .... ![]() Salud ![]() ![]() ![]()
__________________
Otro mundo es posible ... HAGÁMOSLO !!! |
|
#86
|
||||
|
||||
|
Cita:
En eso pienso igual que tu ! |
|
#87
|
||||
|
||||
|
Buenos días y unas cervecitas
(a partir de hoy en BCN a 1 € en los bares, Tabernero, toma nota).Si despues de 85 comentarios, lo único claro es que no sabemos que multa nos pueden poner, alguna cosa falla. Estamos en un estado de derecho y, parece ser, que el único derecho que tenemos es al del pataleo en las normas (leyes?) que nos atañen, bueno sería el juntar esfuerzos para presentar un recurso al TC para que simplifique, aclare, defina o lo que haga falta para que todos nosotros y los responsables de apuntar la denuncia y los de cobrarla sepamos exactamente a que atenernos. He dicho.
__________________
Todos somos ignorantes ... pero no de las mismas cosas.
|
|
#88
|
||||
|
||||
|
Cita:
La última vez que miré no era por aquí. ![]() Aquí es el estado del paganini. ![]() Para todos aquellos que no han encontrado la respuesta a la pregunta: No hay una multa establecida. Te multan a voluntad de capitanía (la GC no multa, solo denuncia. La multa te la pone otro). Por hacer eso hasta 180 mil euros. Poco probable que te la apliquen. Lo mas probable es que te apliquen una o varias de 3 mil. Igualmente poco probable que te pillen. Lo mas probable es que te multen los mismos 3 mil entrando a puerto por cualquier cantidad de boberas que, dada la pregunta que haces, estoy seguro te encontrarán. |
|
#89
|
|
Pues a mí sí me ha parecido leer en alguna parte el importe de la multa .... hasta 180.000 €.
¿Cómo se gradúa? Pues, por lo que sé, depende del criterio del instructor del expediente, que es la Capitanía Marítima a la que corresponda. Y ¿Cómo lo gradúa? "Según su leal saber y entender", es decir, las sanciones en este campo tienen la peculiaridad de que se marca un máximo, en este caso de 180.000 €, pero no un mínimo, como sí pasa en otras áreas del derecho. Es decir, en otro tipo de legislación nos encontraríamos con algo así: Falta leve: de 600 a 3000 Falta grave: de 3001 a 250000 Falta muy grave: de 2500001 a 1000000 Ojo, se trata de ejemplos. Sin embargo, en náutica, las multas van por importes máximos en función del tipo de falta, es decir, que aunque sea una falta muy grave sancionable con un máximo, por ejemplo, de 600000 €; si el instructor del expediente considera que lo apropiado es multar con 600 € lo puede hacer porque no hay cuantía mínima. Desconozco si hay criterios internos de interpretación, o si la cosa queda al libre albedrío de los Capitanes Marítimos; por lo que yo sé, al menos los Capitanes que conozco procuran utilizar el sentido común a la hora de proponer una sanción. Y, por cierto, tampoco conozco a nadie que haya sido multado por este concepto, aunque sí sé de alguien que por fondear en una zona prohibida del Puerto de Ibiza se encontró con una propuesta de sanción de 6.000 € que acabó en 600 € tras las pertinentes negociaciones ... ello fue posible precisamente porque en este régimen sancionador no hay cuantías mínimas. ![]() ![]() salud! |
|
#90
|
||||
|
||||
|
Este Jadarvi vale un Potosi!!
![]() |
|
#91
|
||||
|
||||
|
Jadarvi, gracias.
![]() Pero sigo creyendo que es demasiado subjetivo. No pasa en tráfico terrestre, pero es lo que hay. Lo tendremos muy en cuenta. de nuevo
__________________
Todos somos ignorantes ... pero no de las mismas cosas.
|
|
#92
|
||||
|
||||
|
Cita:
He explicado mi situación porque también tengo la misma duda que el cofrade que inicia el hilo, por eso motivo explico mi experiencia y la situación de mi embarcación, entendiendo que de esta forma las respuestas serían más directas. Sobre la abuela, de vez cuando se toma sus pausas y hay ideas que aportan mucho al tema pero otros ... compartirás conmigo que la fumada es de consideración. ![]() |
|
#93
|
||||
|
||||
|
Buenos días, por lo que veo, las normativas y las sanciones asociadas al imcumplimiento las tenemos todos muy claras , PERÒ el testimonio real en primera persona de una sanción cursada por cruzar a las Baleares con PER y Zona 4 no sale a la palestra .
Cada vez es más evidente que no se ha cursado ninguna sanción y que el nivel de riesgo de tener una es MUY BAJO . CUIDADO no hablo de capacitación del patron ni de la embarcación , cosa que no la da ninguna titulación perse . A ver si sale alguno ![]() ![]() ![]() |
|
#94
|
||||
|
||||
|
hola, desviandome un poco del tema, solo un poco.
Un frances puede cruzar sin ningun tiltulo? alguien puede decirme que titulos existen en francia para esto de la navegacion de recreo. Otra cosita, poder se puede cruzar sin ningun problema si sabes navegar. Eso si asume todas las consecuencias, seguros, multas, situaciones incomodas... Por comentarios parece que siempre todo el mundo va en regla. Pues yo lo reconozco, en ocasiones cometo infracciones, leves siempre. Saludos amigos y unas rondas para los PER que tenemos mucha costa y buena para navegar. ![]() |
|
#95
|
|
|
Cita:
El material de seguridad, bastante menos que el que se exige en España. ![]() ![]() salud!! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jadarvi | ||
truska (19-05-2011) | ||
|
#96
|
||||
|
||||
|
Cita:
Un navegante frances vecino de pantalán, me ha explicado que únicamente es obligatorio "Titulitis" en caso de llevar una motora. En caso de llevar un velero no hace falta. A nivel de elementos de seguridad, no hay tanta burocracia como aquí, aunque muchos de ellos lo equipan por encima del plan de navegación a realizar. Es la diferencia, ellos llenan el barco de elementos de seguridad porque lo considerna importante para navegar y no porque nadie se lo exiga a raíz de BOEs y/o sanciones, y nosotros a tragar .... ![]() ![]() |
|
#97
|
||||
|
||||
|
Buenas a todos los foreros, yo tengo otra cuestion que me gustaria saber si pasa por otros sitios y si es así, en que se basa legalmente.-
Por ejemplo y esto es real, una embarcación que lleva la matrícula en vinilo y por efectos del mar o por que un gracioso no tiene otra cosa que hacer, la matricula se pierde, viene la GC y te multa, hasta ahí todo normal, pero te dicen "que para asegurar el pago de la multa" la embarcación te es retirada, llaman a un señor de un deposito judicial, el cual viene con una grua, te la saca del puerto y se la lleva a sus intalaciones, protestas, pero te mandan para capitania, llegas a capitania, te pegas peleando 3 meses y al final te dicen que pongas un aval bancario, lo pones te dan un documento para que retires la embarcación y cuando llegas donde esta, te dicen que tienes que pagar 300€ de grua, 150€ de invernaje y 21€ diarios desde que te la quitaron del puerto.- el total de la broma 1890+300+150=2340 + 18% IVA = 2761.20€ que te cobra el deposito y ahora a esperar la multa.- ¿Es legal que te retiren la embarcación por una infracción, siendo español y con titulación? ¿Te pueden cobrar esta burrada? ¿que se puede hacer? por que por la costa del sol, es algo bastante habitual al parecer |
|
#98
|
||||
|
||||
|
Hola Diegojmo.
La embarcación te la pueden inmovilizar en tu atraque, pero nadie te la puede retirar de tu atraque sino un juez, a no ser de que esa embarcación suponga un peligro evidente para el puerto,para los barcos atracados a su lado o que exista riesgo manifiesto de hundimiento del mismo. En ese caso la jefatura de puerto debe comunicar con la autoridad de marina. Ahora Capitania Maritima, en mi época la Ayudantia de Marina correspondiente ( Dios mio,que viejo soy).Si la embarcación carece de atraque, no tengo ni idea. De todas maneras el que mejor te puede informar de este tema es el cofrade Jangada. Todo un libro abierto en temas legales. Saludos. .
__________________
|
|
#99
|
||||
|
||||
|
Gracias por contestar
|
|
#100
|
||||
|
||||
|
Cita:
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|