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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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En esta ya oscurecida tarde sirvanse los que quieran tomarse una ronda de lo que deseen si es que tienen los vasos vacíos
Tengo una duda sobre la fiscalidad de los barcos : Supongamos que yo compro un barco de 12 mts que viene equipado a tope del astillero .En ese caso ¿ tendría que añadir al precio de compra total el impuesto de lujo y el iva correspondiente ? Segunda caso el barco viene de los mas espartano del astillero y el equipamiento son todo extras ¿ A esos extras se le aplica tambien el impuesto de lujo y el iva o solamente el iva? Es solo una curiosidad ...
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Cuando la vida te traiga limones, pide tequila y sal. |
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#2
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Tu duda viene del mundo del automovil donde los extras forman parte del precio del vehículo y por tanto pagan IVA(16%) + Matriculación(12%) por lo que antiguamente salía mas barato que te montaran el techo solar o el cuero en el concesionario.
En los barcos es lo mismo, se pagan los impuesto con la factura de fábrica o del importador y esto incluye todos lo que vaya en esa factura Por tanto, de los extras montados por el vendedor sólo se paga IVA (y no matriculación) y, en cuanto a los extras incluidos en un pack dependerá de si vienen montados de fábrica e incluidos en la factura (28%), montados en fábrica en factura aparte (solo IVA) o montados por el vendedor (sólo IVA salvo algún ).Huy, que lío ![]() |
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#3
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La práctica habitual es que te hagan una factura por el barco y otra por los extras. Así pagas matriculación e IVA del barco, pero solo IVA de los extras.
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#4
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A tu pregunta, una observación y una respuesta. La observación, que es curioso que denomines o hables de impuesto de “lujo”…; en general –y la norma- le llama de “matriculación”; pero estoy contigo en que en nuestro país parece que sea un “lujo” matricular un barco –de ahí el 12% para los barcos (bueno, ahora parece que en algunos casos el 9'75%) y el 4% para un BMW o Mercedes de 25 kilos… La respuesta ya te la han dado, pero yo te la concreto por experiencia propia: el 16% de IVA lo pagarés de todas formas (tanto vengan los extras en la propia factura de la embarcación o te lo facturen aparte); pero el impuesto de matriculación -12%- la Administración tributaria de lo liquida de todo lo que venga en la factura de la embarcación, aunque sea la funda del motor auxiliar. Mi consejo: que te hagan una factura por la embarcación “en pelotas” (si es un velero y si puede ser, hasta sin palo, por supuesto que sin ningún tipo de aparato electrónico) y otra factura con todo lo demás (esto, todo lo demás, los extras, no se matriculan). Pero si te viene todo en una misma factura, la Administración tributaria no suele “pensar”, no suele “discernir” entre lo que se matricula y lo que no se matricula. Ya te digo, como te pongan la funda del motor auxiliar en la factura… la funda la matriculas, te lo digo yo (que lo he sufrido en bolsillo) pagas 12% del impuesto sobre matriculación… No sería justo que no añadiera que también depende del funcionario en cuestión de esa Administración tributaria, porque haberlos, los hay también algunos que “piensan” y que “distinguen” una cosa de otra… y para estos una ![]() |
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#5
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A mi me han contado que "legalmente" todos los extras que le metas al barco el primer año, pagan matriculación, aunque no creo que lleguen a controlar eso.
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Asociación de navegantes de recreo ![]() http://www.anavre.org Mi flickr http://www.flickr.com/photos/38876802@N03/ "Sólo hay dos formas de tener razón, una es callarse, la otra contradecirse" Fernando Pessoa. |
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#6
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Cita:
![]() La Ley solo dice: "Artículo 69. Base imponible. La base imponible estará constituida: a) En los medios de transporte nuevos, por el importe que con ocasión de la adquisición del medio de transporte se haya determinado como base imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de un impuesto equivalente o, a falta de ambos, por el importe total de la contraprestación satisfecha por el adquirente, determinada conforme al artículo 78 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido." Lo demás son conversaciones de barra de bar no de Taberna |
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#7
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ein.....? tal vez por eso cuando pides el precio de un barco te lo dan casi vacio, y el resto todo son extras.......
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
Editado por Tatatoa en 09-11-2007 a las 19:54. Razón: el teclado se vuelve loco cuando hablan de impuestos |
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#8
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Cita:
Al menos eso creo recordar. ![]()
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![]() http://chifle.latabernadelpuerto.es/ Cuando queráis saber la edad del mundo, mirad la faz del océano en plena tormenta. Joseph Conrad, El espejo del mar |
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#9
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Cita:
Ya, pero cuando desde la UE obligaron a bajar el tipo de iva del 28% que tenían los coches y los barcos al 16% "normal", nuestro "afectuoso" gobierno se inventó un impuesto de matriculación del 12% para no perder esos suculentos ingresos, con lo que nos siguen clavando un impuesto de lujo encubierto. ![]() |
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#10
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Volviendo al tema de entrada, el otro día mirando por el salón la posibilidad de comprarme un barquito nuevo, más pequeño, para sustituir a mi viejo amigo ( no creo que lo haga, me siento ingrato después de las satisfacciones que me ha dado, pero esa es otra cuestión), un vendedor al que planteé una segunda factura para incluir los extras y pagar por ellos solo el 16% del Iva me comentó que era factible, pero que la Administración Tributaria consideraba que formaba parte del precio total (y, por tanto, pagaba también el 12 % de matriculación) todo accesorio que el barco tuviera o se facturara dentro de los tres meses siguientes a la matriculación. En la legislación de dicho impuesto (que tampoco he estudiado a fondo) no he visto nada sobre este plazo y pienso que debe ser una práctica de la inspeción para evitar "fraudes". Otra cosa es que sea probable que te inspeccionen.
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#11
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En veleros no sé como será (aunque entiendo que es como se dice en el anterior post), pero en coches aunque los extras los montes después, si no han pasado 6 meses desde la compra del vehículo pagas también, además del 16% IVA el 12% de impuesto de matriculación.
Y vaya si lo controlan los de Hacienda (trabajo en el sector). Esto se hizo para precisamente evitar la picaresca que se dió en el automóvil de facturar el coche pelado y al día siguiente montarle un montón de extras y no pagar el impuesto de matriculación. Me temo que en lo barcos está pasando lo mismo, y ojo que si no pagas el impuesto y después al vendedor o taller que te lo instale en el barco le pillan, es al comprador a quien reclaman el pago del impuesto, no al vendedor. Saludos. |
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