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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes cofrades.
Ante todo, una buena ronda fresca para todos, que empieza a apretar el calor ![]() ![]() Abro este hilo porqué estoy interesado en comprar una embarcación abanderada actualmente en Suecia por su precio competitivo, pero quisiera que una vez la haya adquirido, pasarla a bandera polaca por las ventajas que ofrece (y por no estar seguro de poder mantener la bandera sueca). La embarcación es del año 1985, por lo que no tiene certificado CE. Es posible hacer la transacción? Por otra parte, comentar que navegaré por aguas españolas. Puedo llegar a tener algún tipo de problema con la autoridad una vez tenga la embarcación con bandera polaca? Entiendo que si liquido los impuestos correspondientes (ITP e IEDMT) y tengo la titulación que me habilite a navegar con esa embarcación, no debería tener mayor problema. Muchas gracias cofrades ![]() ![]() |
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#2
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Cita:
En cualquier caso:
Que vaya bien esa compra si al final te decides por ella, y que disfrutes del barco. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| 2 Cofrades agradecieron a humpback este mensaje: | ||
Apagapenol (15-05-2025), Cosmi_freediver (13-05-2025) | ||
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#3
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Mil gracias humpback por tu respuesta y por compartir tu experiencia. Me ha sido muy muy útil.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Cosmi_freediver | ||
humpback (15-05-2025) | ||
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#4
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Mira aquí las condiciones bajo las cuales puedes mantener el ICP - que no pabellón, como acertadamente dice el cofrade humpback - sueco:
https://foro.latabernadelpuerto.com/....php?p=2274086 El hilo es un poco antiguo, así que convendría que comprobaras si lo que se dice sigue siendo actual. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
humpback (15-05-2025) | ||
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#5
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Aunque te hagan un ICP sueco, que solo es un documento que dice quién es el dueño, eso no te da derecho a abanderar. La ley sueca solo permite abanderar a ciudadanos suecos. Otra cosa es que el guardia civil de turno no lo sepa y no te multe, pero estás abanderando ilegalmente.
https://sxk.se/batliv/flaggreglemente |
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#6
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Cita:
Supongo que quieres decir que legalmente puede mantener el ICP sueco pero que el ICP tiene ciertos, vamos a decir problemas asociados en tanto en cuanto España no los reconoce, dicho simplificando. Ahora, de ilegal, nada. Y otra cosa es el registro. Es en ese sentido en el que le recomendaba registrar en Polonia. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
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#7
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Cita:
Editado por Svenson en 19-05-2025 a las 00:16. |
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