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15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Nuevas titulaciones náuticas

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  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

    Originalmente publicado por enric rosello Ver Mensaje
    Lo de los Capitanes de Yate, constreñidos a 24 m. de eslora, clama al cielo. Es la misma eslora que estaban autorizados a gobernar hace 40 años, cuando no había hélices de proa, enrolladores, apenas pilotos automáticos ni GPS. Lo considero una degradación a sus capacidades.
    saludos
    Desde el momento en que España aceptó la definición de la OMI y estableció que embarcación de recreo era aquella que no superase los 24 m de eslora y no modificó las competencias del CY habilitándolo para el manejo de buques de recreo, estaba claro que los CY se quedaban en los 24 m aunque ninguna normativa lo dijese específicamente.

    No entiendo como la RAECY, por ejemplo, no se dio cuenta de esto hace años ... parece que sea una novedad de esta normativa, y no es más que establecer expresamente lo que ya se derivaba de la normativa internacional suscrita por España y, por tanto, de obligado cumplimiento.

    Otra cosa es que luego haya países como el Reino Unido, muy listos ellos, capaces de extender las atribuciones de sus titulaciones deportivas a los buques de recreo mediante los llamados "comercial endorsement" que, por si fuese poco, les habilitan para ejercer la actividad de forma profesional; y encima con capacitación SCTW .. igualito que España que a los CY que hacen el PPER les reducen atribuciones y encima no lo califica como título SCTW con lo que sólo sirve para barcos de bandera española ... muy hábiles en su día los chicos de la DGMM con el tema del PPER.


    En fin, no es una novedad, sino una plasmación por escrito de lo que ya era de aplicación ... pero aquí parece que a mucha gente le ha cogido por sorpresa. Por eso no lo incluí en las alegaciones de Anavre cuando las redacté, porque estamos constreñidos por normativa internacional y a nadie se le había ocurrido hacer nada en un montón de años ...


    salud!!!

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    • Re: Nuevas titulaciones náuticas

      Cómo siempre....muy lejos de Europa.
      España no es que sea diferente, es - simplemente - refugio de piratas.

      Comentario


      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

        Un humilde PER y todo un CY pueden llevar exactamente el mismo barco a las Islas, me parece genial, se acabó el elitismo de la náutica de un plumazo

        Comentario


        • Re: Nuevas titulaciones náuticas

          Originalmente publicado por hazteafuera Ver Mensaje
          Cómo siempre....muy lejos de Europa.
          España no es que sea diferente, es - simplemente - refugio de piratas.
          Muy lejos de Europa, Lo que han sacado es autentica BASURA

          Comentario


          • Re: Nuevas titulaciones náuticas

            Originalmente publicado por itu80 Ver Mensaje
            En este link tenéis un resumen en PDF. Hasta dentro de tres meses no es de aplicación en titulaciones a partir del PNB

            http://www.anen.es/download/general/...0Ministros.pdf

            El único que me ha iluminado, gracias!
            http://designlight1.blogspot.com.es/

            Comentario


            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

              !! A estos horas y no estás estudiando Jordi BMW !! Son las mejores para repasar.

              ¿ Como lo llevas ?

              ! Suerte !
              "Busquemos lo que es mejor, no lo que es más común, o frecuente, y lo que nos lleve a la posesión de la felicidad"
              Del filósofo Séneca (Córdoba, Hispania 4 a.C. - Roma 65 d.C.)

              Comentario


              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                Que pasa con los que tienen el PY a medias?

                Comentario


                • RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                  NUEVAS TITULACIONES NAUTICAS Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
                  náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

                  Editado por última vez por nunezjuanma; 11/10/2014, 07:46:05.

                  Comentario


                  • ¡nuevas Titulaciones Náuticas!



                    Estimados cofrades:

                    Ya salen publicadas en el BOE las nuevas titulaciones náuticas.

                    Espero sean de vuestro agrado.



                    (Se han puesto también en Títulos por mor de una mejor difusión)

                    Si no es adecuado espero q los jefes supriman la menos buena...

                    ¡Feliz día a todos!

                    Comentario


                    • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                      NUEVAS TITULACIONES NAUTICAS POR FIN, ahora a ver detalles

                      Comentario


                      • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas



                        de un vistazo rápido ya veo la primera objeción cuando rompe el principio de bandera de la embarcación por el principio de la persona para la regulación de títulos . Por tanto si eres español aunque navegues bajo pabellón Belga, Holandés u otro tienes que tener titulación española. En mi humilde opinión esto es ilegal.

                        Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                        Comentario


                        • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                          al final te has dado cuenta de tu error?
                          Originalmente publicado por pil pil Ver Mensaje


                          de un vistazo rápido ya veo la primera objeción cuando rompe el principio de bandera de la embarcación por el principio de la persona para la regulación de títulos . Por tanto si eres español aunque navegues bajo pabellón Belga, Holandés u otro tienes que tener titulación española. En mi humilde opinión esto es ilegal.

                          Comentario


                          • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                            Ya está publicado en el BOE, ...



                            Comentario


                            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                              Originalmente publicado por itu80 Ver Mensaje
                              Tupac:

                              • Se permitirá el examen por bloques en Patrón de Yate y Capitán de Yate pero solo durante 2 convocatorias, siguientes en las que se realice el examen de Patrón de Yate y Capitán de Yate

                              Tienes 2 convocatorias además de la de diciembre. Tiempo y convocatorias tienes antes de que te cambie el temario y el modelo examen. Suerte!
                              Ha salido ya en el BOE de 11 de octubre. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. La disposicion transitoria segunda dice que para acabar de aprobar las asignaturas que falten hay tres convocatorias, no dos, contadas desde la entrada en vigor. Y La disposicion final cuarta dice que entra en vigor a los tres meses, o sea, el 11 de enero de 2015.

                              O sea, que seran las tres primeras convocatorias tras el 11 de enero.

                              De todas formas, como dices, lo mejor es ir haciendo millas aprovechando la de diciembre.

                              Saludos,

                              Comentario


                              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                Pues por lo que leo, los únicos que de verdad van a ganar son las escuelas náuticas.
                                Sigue todo tan reglamentado, normalizado, escalonado como antes, no, peor todavía.

                                Lo único que mejora es que un PER puede manejar un 50 pies, pero cuántos PER se van a comprar un 15 metros para no poder navegar a más de 12 millas de la costa.
                                Sí, si paga más, quiero decir que si se apunta otras horas de prácticas en la escuela náutica, entonces podrá ir las islas.
                                El patrón de yate gana un poco en distancia y el de capitán queda deshonrado.

                                Seguimos igual o peor, porque ahora simplemente será todo más caro para obtener el título.

                                Que me digan qué ventajas hay con tener bandera belga y un carnet canadiense

                                Comentario


                                • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                  Originalmente publicado por vecino Ver Mensaje
                                  Pues por lo que leo, los únicos que de verdad van a ganar son las escuelas náuticas.
                                  Sigue todo tan reglamentado, normalizado, escalonado como antes, no, peor todavía.

                                  Lo único que mejora es que un PER puede manejar un 50 pies, pero cuántos PER se van a comprar un 15 metros para no poder navegar a más de 12 millas de la costa.
                                  Sí, si paga más, quiero decir que si se apunta otras horas de prácticas en la escuela náutica, entonces podrá ir las islas.
                                  El patrón de yate gana un poco en distancia y el de capitán queda deshonrado.

                                  Seguimos igual o peor, porque ahora simplemente será todo más caro para obtener el título.

                                  Que me digan qué ventajas hay con tener bandera belga y un carnet canadiense
                                  Si tienes un barco con bandera extranjera, aunque tenga 50 pies, te sirve el PER para todo, aunque no tengas el "extra" para ir a las islas. Porque la disposicion adicional quinta (que es ilegal, porque es contraria a la Convencion de las Naciones sobre el Derecho del Mar) solo se aplica cuando el barco navega en aguas de soberania del Estado español (es decir, 12 millas y aguas interiores). Y eso lo puedes hacer con el PER.

                                  O sea, mientras sales hacia las islas y estas a menos de 12 millas, te sirve el PER. En cuanto pasas de las 12 millas, estas fuera de las aguas de soberania del Estado español. Y en cuanto llegas a 12 millas de las islas, ya te sirve el PER. Y lo mismo si cruzas el Atlantico.
                                  Editado por última vez por Tupac A.; 11/10/2014, 11:06:10.

                                  Comentario


                                  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                    Entonces..... yo soy PER habilitado a vela desde hace tres años ¿ para ir a Baleares solo tengo que hacer unas horas de practicas reconocidas en una escuela habilitada para tál? ¿ Desde cuando cuando puedo navegar con un 15 metros hasta 12 millas?.

                                    Comentario


                                    • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                      Originalmente publicado por Tupac A. Ver Mensaje
                                      Si tienes un barco con bandera extranjera, aunque tenga 50 pies, te sirve el PER para todo, aunque no tengas el "extra" para ir a las islas. Porque la disposicion adicional quinta (que es ilegal, porque es contraria a la Convencion de las Naciones sobre el Derecho del Mar) solo se aplica cuando el barco navega en aguas de soberania del Estado español (es decir, 12 millas y aguas interiores). Y eso lo puedes hacer con el PER.

                                      O sea, mientras sales hacia las islas y estas a menos de 12 millas, te sirve el PER. En cuanto pasas de las 12 millas, estas fuera de las aguas de soberania del Estado español. Y en cuanto llegas a 12 millas de las islas, ya te sirve el PER. Y lo mismo si cruzas el Atlantico.
                                      Eso mismo estaba yo pensando, en la Disposición Adicional Quinta ... me parece un caso claro para acudir al SOLVIT, el sistema de mediación europeo ... y dejarnos de zarandajas recurriendo a los Tribunales españoles.

                                      salud!!!

                                      Comentario


                                      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                        Originalmente publicado por Jadarvi Ver Mensaje
                                        Eso mismo estaba yo pensando, en la Disposición Adicional Quinta ... me parece un caso claro para acudir al SOLVIT, el sistema de mediación europeo ... y dejarnos de zarandajas recurriendo a los Tribunales españoles.

                                        salud!!!
                                        ¿Pero el SOLVIT no es solo para la normativa europea? En este caso estamos hablando de Derecho internacional no europeo (la Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar).

                                        Comentario


                                        • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                          Originalmente publicado por Jadarvi Ver Mensaje
                                          Eso mismo estaba yo pensando, en la Disposición Adicional Quinta ... me parece un caso claro para acudir al SOLVIT, el sistema de mediación europeo ... y dejarnos de zarandajas recurriendo a los Tribunales españoles.

                                          salud!!!
                                          Hola Jadarvi.
                                          Tu como siempre estás en todo.

                                          Un abrazo.
                                          sigpic

                                          Comentario


                                          • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                            Originalmente publicado por Bonachus Ver Mensaje

                                            Sabéis si con la nueva normativa el que tenga el pnb para acceder al per sólo tendrá que examinarse de los problemas? Es decir se le convalida la teoría.

                                            En la página 43 del pdf del boe tienes esto:

                                            4. Relación existente entre las pruebas del patrón para navegación básica y el patrón de
                                            embarcaciones de recreo.

                                            a) Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación básica, o hayan
                                            superado el examen teórico para la obtención del título de patrón para navegación básica de
                                            acuerdo a lo especificado en este real decreto, no tendrán que realizar la prueba específica para el
                                            patrón de embarcaciones de recreo en su totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9,
                                            10 y 11, disponiendo de un tiempo máximo de 45 minutos.

                                            b) Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación básica, podrán
                                            presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de patrón de embarcaciones
                                            de recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de patrón para navegación
                                            básica, en cualquier Administración con competencias en la materia, sea ésta la misma que expidió
                                            a su favor el título de patrón para navegación básica u otra.

                                            c) Aquellas personas que hayan superado el examen teórico para la obtención del título de patrón
                                            para navegación básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del
                                            título de patrón de embarcaciones de recreo y complementario del ya superado para la obtención
                                            del título de patrón para navegación básica, únicamente ante la Administración en la que aprobaron
                                            el examen teórico para la obtención del título de patrón para navegación básica y durante las dos
                                            convocatorias siguientes en las que la administración realice exámenes de patrón para navegación
                                            básica.
                                            cve: BOE-A-2014-10344BO

                                            sigpic

                                            Aquamar Walkaround 750

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                                            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                              Vaya castaña de reforma, como siempre país de títulitis propia de inútiles, chanchullos, corrupción e idiotas, además tendrían que haber creado un título muy superior al Capitán de Yate para los tocahuevos que llevan motos de agua.

                                              Comentario


                                              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                                Originalmente publicado por Tupac A. Ver Mensaje
                                                Si tienes un barco con bandera extranjera, aunque tenga 50 pies, te sirve el PER
                                                No sé si estamos cruzando conceptos o ha cambiado el tema de la bandera extranjera.
                                                Hasta ahora dentro en un barco extranjero rige la ley del país de bandera y si en ese país no se exige título aquí no lo pueden pedir.

                                                Por lo tanto no hace falta PER ni 12 millas ni nada para ir por el mundo con ese barco extranjero.

                                                ¿O hay algún cambio en ese aspecto?.
                                                LSV - BARCO KAU-BÉ.
                                                "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                                                MMSI: 261000743

                                                VER Mi canal en YOUTUBE
                                                VER TODOS MIS DISEÑOS 3D

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                                                • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas



                                                  ¿Error? ¿que error?

                                                  Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                                                  Comentario


                                                  • Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas

                                                    Otro, otro, coño leer un poco antes, ¿cuantos hilos pensáis abrir de lo mismo?

                                                    Comentario

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