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Nuevas titulaciones náuticas

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  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

    Originalmente publicado por SISLEY Ver Mensaje
    con las nuevas titulaciones los que pierden atribuciones son los capitanes, les ha hecho la faena.
    explicate que han perdido,

    Comentario


    • Respuesta: Prácticas en qué barcos?

      La verdad es que creo que tienes razón.
      Me cuesta creer que se les haya pasado un "detalle" de este tipo, aunque viendo el percal tampoco sería raro.

      Comentario


      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

        Veo un aspecto en el que la nueva legislación es más restrictiva que la anterior, y, que con la mayor movilidad geográfica actual por motivos laborales debido a la crisis económica, puede verse más de uno perjudicado.
        Me refiero a que la Orden FOM 3200/2007 decía en su Anexo III (después de modificada por la Resolución 15/12/2011 de la D.G.MM.)

        .
        Patrón de yate
        .
        D. Contenido del examen teórico.

        Para superar el examen teórico de Patrón de Yate será preciso superar los ejercicios de las cinco asignaturas mencionadas anteriormente en el presente Anexo. Estas asignaturas podrán ser superadas en distintas convocatorias de examen. .....


        Y uno se podía presentar a convocatorias efectuadas por distintas Administraciones (DGMM o CC.AA.)

        Ahora es más restrictivo. :

        b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los criterios de la siguiente tabla. El aprobado del módulo se conservará durante las dos siguientes convocatorias siguientes en las que la administración competente realice exámenes de patrón de yate. El aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración con competencias
        .

        Es decir, que quien apruebe un módulo en Galicia y cambie su residencia a Canarias, tendrá que regresar a Galicia a examinarse del otro módulo en las siguientes dos convocatorias, o podrá examinarse en Canarias de nuevo del módulo ya aprobado.

        El motivo de la reforma restrictiva me lo imagino: evitar que el aspirante pueda presentarse en múltiples convocatorias de las distintas administraciones, haciendo de esta manera un poco más difícil el aprobar.

        Pero creo que pueden verse perjudicados ciudadanos que cambien su residencia por distintos motivos. Me parece que cabían soluciones más imaginativas para evitar un potencial "abuso" de convocatorias, sin perjudicar a nadie.

        sigpic
        www.itsasamezten.com
        https://es-es.facebook.com/itsasamezten/
        EC2-ATF

        Comentario


        • Re: Nuevas titulaciones náuticas

          Y luego dices que fuera de las 12 millas no hay zonas...
          Pero vamos a ver...te suena el término zona contigua? Y zona económica exclusiva? De dan en el temario de PY...por lo menos hasta ahora.
          Originalmente publicado por partagas Ver Mensaje
          y ademas, le comento otra cosa, eso de poner "limites de millas" fuera de las 12 millas, es "Totalmente ilegal" un estado puede legislar en sus aguas juridiscionales, donde tiene soberania, pero fuera de ellas, no puede legislar,
          un patron puede estar limitado, segun su titulo para un numero de millas, desde 2 millas,( zona 6 ) hasta 12 millas (zona 4 ), pero a partir de esas 12 millas, son aguas internacionales, y no se le puede imponer a nadie que sobrepase ni 60 ni 150, ni nada, son aguas libres, y solo estan sujetas a las normas internacionales, no a los "Caprichitos" de un pais, y esto no es legal,
          asi que una vez que se pasen las 12 millas, ya es responsabilidad, del patron, "ir" a donde le salga de sus "C.......es"
          saludos
          Soy un mar de dudas pero al menos soy un mar.

          Comentario


          • Re: Nuevas titulaciones náuticas



            Una solución podría ser que extendieran los títulos sin obligación de superar ningún examen ni tener que realizar prácticas. Y sin pagar ninguna tasa.

            Y que tampoco limitaran las esloras de los barcos.

            Asimismo, que no limitaran las zonas geográficas de navegación.

            Aunque tal vez estas sugerencias tampoco satisfarían a todos los "navegantes".

            Comentario


            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

              Originalmente publicado por berpul Ver Mensaje
              En fin, estos de DGMM son asi. Despues de varios años esperando todo el mundo la nueva legislacion sacan una ley confusa, muy poco clara, que no resuelve en absoluto los problemas de la nautica de recreo , y que tiene descontento a todo el mundo. Para esto...mejor estarse quietos
              Por favor, me lo explicas pero con ejemplos porque no veo claro lo que dices
              Barra libre para todos

              Comentario


              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                Considero inadecuado que se permita a alguien manejar una motora de 5 mts y 15 Hp sin el minimo conocimiento del tema, ni siquiera el RIPA.
                Es para mi realmente peligroso
                BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS

                Comentario


                • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                  Originalmente publicado por nononono Ver Mensaje
                  Y luego dices que fuera de las 12 millas no hay zonas...
                  Pero vamos a ver...te suena el término zona contigua? Y zona económica exclusiva? De dan en el temario de PY...por lo menos hasta ahora.
                  pues claro que me suena zona contigua, que se creo para no llamar alta mar despues de las 12 millas, y zona exclusiva donde los estados que la instauran tienen juridiscion solamente en los recursos naturales,vivos o muertos, solo con fines cientificos o comerciales, y para tu conocimiento españa solo la tiene establecida en el cantabrico y en otra zona atlantica, pero eso no tiene absolutamente nada que ver con las zonas de navegacion para los titulos de recreo, y en el temario de PY no se da nada de caladeros de pesca, ni de extracciones de gas, petroleo, etc, que es lo que autoriza la zona economica exclusiva y repito eso que tiene que ver con las zonas de navegacion de recreo, "nada"

                  Comentario


                  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                    Originalmente publicado por nononono Ver Mensaje
                    Y luego dices que fuera de las 12 millas no hay zonas...
                    Pero vamos a ver...te suena el término zona contigua? Y zona económica exclusiva? De dan en el temario de PY...por lo menos hasta ahora.
                    sabes que la zona economica exclusiva es de 200 millas

                    Comentario


                    • Re: Prácticas en qué barcos?

                      Dado que las únicas embarcaciones de recreo con fines comerciales son las que están en lista 6ª yo entiendo que las de lista 7ª quedarían automáticamente descartadas.

                      Las embarcaciones extranjeras también las descartaría ya que no pueden ejercer actividades comerciales (salvo en Baleares ), pero esto no estoy seguro

                      Comentario


                      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                        Zona contigua

                        (Derecho Internacional Público) Faja marítima que se extiende más allá del mar territorial (en el límite máximo de
                        12 millas para el conjunto de esos dos espacios marinos) y sobre la cual el Estado costero ejerce atribuciones fragmentarias para su protección aduanera, fiscal, sanitaria y militar.

                        Derecho Marítimo

                        Conforme a la Convención de 1982 (V. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar), es el espacio marítimo contiguo al mar territorial de un Estado donde éste puede tomar las medidas necesarias para prevenir y sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios que se cometan en su territorio o en su mar territorial (art. 33.1, 1 y b). La zona contigua no podrá extenderse más allá de 24 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial (art. 33.2).

                        El antecedente legislativo de esta zona contigua se encuentra en las Hovering Acts británicas dictadas a principio del siglo XVIII, para reprimir el contrabando, en la Real Cédula de 17 de diciembre de 1760, dictada en España sobre contrabando de tabaco y sal y registro de buques y, recientemente, a finales del siglo XIX, en las leyes aduaneras norteamericanas dirigidas a prevenir y sancionar el contrabando, en especial el de bebidas alcohólicas. Aunque su concepto y naturaleza jurídica fueron ampliamente debatidos en la Conferencia de Codificación del Derecho Internacional, celebrada en La Haya en 1930, este espacio marítimo no fue reconocido hasta la Conferencia de las naciones Unidas sobre Derecho del Mar, celebrada en 1958 en Ginebra.

                        La Convención sobre mar territorial y zona contigua (B.O.E. núm. 307, de 24 de diciembre de 1971) dedicó a la zona contigua el artículo 24. En esta Convención se refleja la verdadera naturaleza jurídica derivada de los precedentes históricos. «En una zona de alta mar contigua a un mar territorial

                        Comentario


                        • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                          No es que como decías que es" totalmente ilegal" que un estado pueda legislar fuera de las 12 millas y que además fuera de 12 millas "no hay zonas"
                          Si sabes que existen las zonas contígua y ZEE entonces creo que sabes que España puede legislar más allá de las 12 millas.

                          Originalmente publicado por partagas Ver Mensaje
                          pues claro que me suena zona contigua, que se creo para no llamar alta mar despues de las 12 millas, y zona exclusiva donde los estados que la instauran tienen juridiscion solamente en los recursos naturales,vivos o muertos, solo con fines cientificos o comerciales, y para tu conocimiento españa solo la tiene establecida en el cantabrico y en otra zona atlantica, pero eso no tiene absolutamente nada que ver con las zonas de navegacion para los titulos de recreo, y en el temario de PY no se da nada de caladeros de pesca, ni de extracciones de gas, petroleo, etc, que es lo que autoriza la zona economica exclusiva y repito eso que tiene que ver con las zonas de navegacion de recreo, "nada"
                          Soy un mar de dudas pero al menos soy un mar.

                          Comentario


                          • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                            Originalmente publicado por partagas Ver Mensaje
                            y ademas, le comento otra cosa, eso de poner "limites de millas" fuera de las 12 millas, es "Totalmente ilegal" un estado puede legislar en sus aguas juridiscionales, donde tiene soberania, pero fuera de ellas, no puede legislar,
                            un patron puede estar limitado, segun su titulo para un numero de millas, desde 2 millas,( zona 6 ) hasta 12 millas (zona 4 ), pero a partir de esas 12 millas, son aguas internacionales, y no se le puede imponer a nadie que sobrepase ni 60 ni 150, ni nada, son aguas libres, y solo estan sujetas a las normas internacionales, no a los "Caprichitos" de un pais, y esto no es legal,
                            asi que una vez que se pasen las 12 millas, ya es responsabilidad, del patron, "ir" a donde le salga de sus "C.......es"
                            saludos
                            En Francia también fijaron distancias según los permisos

                            En mer : l'option côtière pour une navigation en mer limitée à 6 milles d’un abri ( ~ 11 km d’un abri)
                            l'extension Hauturière (toutes distances en mer).
                            Creo que se entiende sin necesidad de traductor
                            BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS

                            Comentario


                            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                              Originalmente publicado por nononono Ver Mensaje
                              No es que como decías que es" totalmente ilegal" que un estado pueda legislar fuera de las 12 millas y que además fuera de 12 millas "no hay zonas"
                              Si sabes que existen las zonas contígua y ZEE entonces creo que sabes que España puede legislar más allá de las 12 millas.
                              pues no no puede legislar, en la zona contigua solo tiene "competencias" que puede aplicar en distintos casos, y en la zona economica exclusiva solo sobre sus recursos naturales, no sobre la superficie, no puede poner leyes para dejar pasar o no pasar,
                              y te lo vuelvo a poner aqui "Que tiene que ver estas cuestiones si estamos debatiendo un problema de la nautica de recreo, donde se establecieron "zonas" de navegacion que solamente existen en españa, y eso es lo que veo que no entiendes, Mezclas las leyes internas de españa, con leyes y acuerdos internacionales, Este hilose abrio, y trato unicamente para los problemas y soluciones de la nautica de recreo, en españa No para tratar problemas internacionales que son mas de caracter, politico,
                              ahora bien si lo que quieres es que se cierre este hilo, pues adelante sigue por ahi que vas a rumbo

                              Comentario


                              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                Pues aplicar "esas competencias" es legislar. Y no eres quién para decirme si tengo o no que hablar mientras no falte al respeto. Y el tema de caracter político o como lo quieras llamar lo has sacado tú.
                                Originalmente publicado por partagas Ver Mensaje
                                pues no no puede legislar, en la zona contigua solo tiene "competencias" que puede aplicar en distintos casos, y en la zona economica exclusiva solo sobre sus recursos naturales, no sobre la superficie, no puede poner leyes para dejar pasar o no pasar,
                                y te lo vuelvo a poner aqui "Que tiene que ver estas cuestiones si estamos debatiendo un problema de la nautica de recreo, donde se establecieron "zonas" de navegacion que solamente existen en españa, y eso es lo que veo que no entiendes, Mezclas las leyes internas de españa, con leyes y acuerdos internacionales, Este hilose abrio, y trato unicamente para los problemas y soluciones de la nautica de recreo, en españa No para tratar problemas internacionales que son mas de caracter, politico,
                                ahora bien si lo que quieres es que se cierre este hilo, pues adelante sigue por ahi que vas a rumbo
                                Soy un mar de dudas pero al menos soy un mar.

                                Comentario


                                • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                  Originalmente publicado por BORRASCA Ver Mensaje
                                  Considero inadecuado que se permita a alguien manejar una motora de 5 mts y 15 Hp sin el minimo conocimiento del tema, ni siquiera el RIPA.
                                  Es para mi realmente peligroso
                                  Es que de los Pirineos para abajo las cosas en general son muy inadecuadas.

                                  En cambio, de los Pirineos para arriba se puede manejar un velero de 24 metros con un motor auxiliar de potencia adecuada a su eslora, a cualquier distancia de la costa, sin necesidad de haber hecho ningún curso ni tener ningún título y todo el mundo lo considera perfectamente adecuado.

                                  Es lo que tiene vivir de los Pirineos para abajo.

                                  Comentario


                                  • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                    Si te pillan con el per a 18 millas seguramente se te cae el pelo, y si no haz la prueba
                                    .

                                    sigpic Slava Ukrayini!.

                                    Comentario


                                    • Respuesta: Re: Prácticas en qué barcos?

                                      Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                                      Dado que las únicas embarcaciones de recreo con fines comerciales son las que están en lista 6ª yo entiendo que las de lista 7ª quedarían automáticamente descartadas.

                                      Las embarcaciones extranjeras también las descartaría ya que no pueden ejercer actividades comerciales (salvo en Baleares ), pero esto no estoy seguro
                                      No he visto en ningún sitio del RD actual alusión alguna a embarcaciones de recreo comerciales. cosa que sí sucedía muy claramente en la normativa de 2007 y anteriores.

                                      Comentario


                                      • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                        Originalmente publicado por biker62 Ver Mensaje
                                        Es que de los Pirineos para abajo las cosas en general son muy inadecuadas.

                                        En cambio, de los Pirineos para arriba se puede manejar un velero de 24 metros con un motor auxiliar de potencia adecuada a su eslora, a cualquier distancia de la costa, sin necesidad de haber hecho ningún curso ni tener ningún título y todo el mundo lo considera perfectamente adecuado.

                                        Es lo que tiene vivir de los Pirineos para abajo.

                                        Siempre la misma historia allá no y aquí si

                                        Por favor lee con detenimiento el anexo IX del nuevo decreto, veras que en Inglaterra si lo piden ( por ejemplo YATCHMASTER OFFSHORE) y en otros países igual
                                        Barra libre para todos

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                                        • Re: Nuevas titulaciones náuticas



                                          España es uno de los países donde más se habla sabiendo menos.

                                          Y navegando menos.

                                          Casi siempre resulta gratis manifestar ideas no contrastadas.

                                          Lamentable.

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                                          • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                            Originalmente publicado por P27 Ver Mensaje
                                            Siempre la misma historia allá no y aquí si

                                            Por favor lee con detenimiento el anexo IX del nuevo decreto, veras que en Inglaterra si lo piden ( por ejemplo YATCHMASTER OFFSHORE) y en otros países igual
                                            No veo yo que: "expedición de título"por una entidad privada es "exigencia de titulo" por un estado

                                            Y en cuanto me ponga las pilas con el ingles me encantaría hacer las formaciones de la RYA..pero por ahora lo veo complicado

                                            Kenzo
                                            Sistemas de Seguridad para la Náutica
                                            Alarma y localización para tu barco..

                                            sigpic

                                            www.boatsecurity.com

                                            Facebook

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                                            • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                              Originalmente publicado por nononono Ver Mensaje
                                              Pues aplicar "esas competencias" es legislar. Y no eres quién para decirme si tengo o no que hablar mientras no falte al respeto. Y el tema de caracter político o como lo quieras llamar lo has sacado tú.
                                              me parece que estas muy equivocado, en ninguna parte de mi escrito, hago alusion alguna a si puedes hablar o no puedes hablar
                                              el querer debatir sobre cuestiones que no tienen nada que ver con la nautica de recreo, porque son acuerdos y normas internacionales, lo has abierto tu con tus alusiones a zona contigua y zona exclusiva, tambien hay otra que no citas posiblemente no la conoces las zonas S A R
                                              si en la zona contigua, hay un accidente u otra causa que requiera intervencion, no se va ha esperar a que venga un barco de la O N U se le asignan al estado ribereño,que tiene limite con esa zona, lascompetencias para actuar,
                                              si cuando se detecta una patera con emigrantes, a 20 millas no se va a esperar que venga otro barco de la O NU a rescatarlos y atenderlos, actua el estado que tiene las competencias, en ese lugar
                                              si en esa zona se detecta un buque,en actitud beligerante, no se va a esperar, a vengan los barcos de la OTAN actua el estado que tiene las competencias,
                                              en esta reforma de lastitulaciones y examenes, en recreo, que estamos viviendo a dia de hoy, ha legislado el estado, y le ha transferido "competencias" a las comunidades, para que de acuerdo con su demanda de alunnos y sus capacidades para convocar examenes y redactar los temarios etc los realicen las comunidades, y ninguna de ellas puede legislar sobre el tema, la legislacion ya la ha hecho el estado
                                              asi que te recomiendo que leas lo que es Legislar, y lo que es asumir unas competencias para efectuar actos reflejados, en esa legislacion,
                                              y eso es exactamente lo que ocurre con las zonas contiguas y con la economica, que comoya te indicaba no esta en todo el litoral español, solo se establecio en un lugar concreto, y donde no hay soberania porque esas aguas no son nuestras, no hay jurisdicion, y por tanto no se puede "legislar Aqui y en el resto del mundo

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                                              • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                                Perdon
                                                Editado por última vez por mcr1414; 16/10/2014, 22:53:19. Razón: equivocado de titulo

                                                Comentario


                                                • Re: Nuevas titulaciones náuticas

                                                  Un pais ejerce su soberanía en los barcos que navegan bajo su bandera, da igual donde se encuentren

                                                  Comentario


                                                  • Respuesta: Nuevas titulaciones náuticas

                                                    Mas alla de las 12 millas se acaban las competencias en materia de titulos

                                                    Si el seguro te cubre a

                                                    Comentario

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