VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Cambios en la normativa DGMM

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Re: Cambios en la normativa DGMM

    He visto el documental colgado por Caribdis y pone los pelos de punta, como dicen en él.
    Lo que no entiendo es el enfrentamiento o recelos con ANAVRE. Hoy por hoy es la única asociación que tenemos. Puede ser cierto que haya cometido errores, pero también hay que valorar cuantos asociados tenía, cuantos tiene ahora, etc. Lo que está claro, es que si ANAVRE presenta cara, no quita para que otros lo hagan, ni para que aunen esfuerzos en el futuro. Tampoco quita el dar apoyo a ANAVRE que si se observa que no aplica la contundencia necesaria o no utiliza todos los resortes jurídicos en España y Europa, pues nos borramos y hacemos otra. Aquí se han puesto los primeros pasos, que es inscribirnos en una lista. Después de esto sólo queda cuantificar lo que tenemos que pagar para la defensa de nuestros intereses. No veo ningún problema. Lo que si veo problemático es irnos tirando trastos a la cabeza los que estamos en un lado. No somos tantos, pero da igual, con que sólo fuera uno al que se le intenta ningunear la legalidad ya sería bastante y suficiente para luchar por ello.
    Hay que pensar que hay mucho idola patrias o conformismo, aquí en el foro lo hemos podido comprobar constantemente. ¿Porque se cerro el otro post? por la intervención de los idola patrias o tal vez de algunos que no consienten que haya quien haga las cosas distintamente a ellos.
    Lo que si está claro, es que tenemos un objetivo común y bien identificado "defensa de la libertad de abanderamiento en el seno de la CE" con ello exigimos "la no injerencia de los paises terceros en la legislación de bandera" y queremos que la UE apoye sin titubeos y claramente la aplicación de la legalidad europea contra todos los paises que torticeramente intentan ningunear a los ciudadanos con manipulaciones jurídicas. De estos paises, tristemente España, está a la cabeza por el entramado de normativas y intereses ocultos en el sector. Se intenta comparar el intento español con el francés, pero como ya han apuntado acertadamente, el nivel de intervención de las distintas normativas no tienen nada que ver con el ninguneo náutico español.
    ANAVRE ya dejo claro que no tiene que negociar nada sobre los abanderamientos en otros paises de la UE. Tiene que defender la no injerencia, primero en la mesa de negociación y después, si es el caso en los tribunales españoles y concurrentemente europeos. Ya dejo clara la postura según pude leer, en todo caso no se puede negar que pueda negociar sobre la legislación española para barcos con bandera española, que es otro de los puntos que le toca versus sus asociados con bandera española y que nadie tiene el derecho a interferir en su contra.
    Como han dicho, TODOS A UNA, que no quita que puedan haber posiciones independientes que se presenten a la mesa, pero apoyados por ANAVRE y estos apoyando al resto de asociaciones náuticas, y los asociados, si no se defiende como queremos, nos damos de baja y nos asociamos para defender nuestros intereses en otra asociación, los abanderados en paises de la UE. Pero creo que no antes de tiempo, de momento tienen toda mi confianza y soporte. Lo bueno para la náutica española, es una asociación fuerte, en la que exista disparidad de criterios, pero con una sola voz en la mesa de negociación. con delegación de banderas comunitarias que defienda en exclusiva nuestros intereses, pero dentro de la misma asociación.

    Editado por última vez por kuovadix; 17/08/2018, 11:33:32.

    Comentario


    • Re: Cambios en la normativa DGMM

      De que documental hablas.
      .

      sigpic Slava Ukrayini!.

      Comentario


      • Re: Cambios en la normativa DGMM

        Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
        Bueno, el cartel ya está listo. Por favor que alguien haga el enlace (no recuerdo exactamente que cofrade se había ofrecido para ello).Alguien con un poquito de conocimiento que suba un video a youtube donde de manera clara y resumida explique la situación y coloque los extractos de la OM y las alegaciones de Anavre, así como también la explicación de como se puede ayudar.
        El tiempo pasa y seguimos discutiendo entre nosotros. Hagamos lo del cartel ya mismo, y que se difunda por los puertos y tiendas de toda España. Luego tenemos tiempo de cambiar y perfeccionar el contenido del enlace, pero mientras tanto empapelemos los tablones de anuncios con el afiche. Es increíble la cantidad de armadores que todavía no se enteraron de nada. En mi zona, por mas que yo esté erre que erre hablando del tema, siempre aparece gente que todavía no sabe nada del asunto.
        Cenralizemos la estrategia de acción, no perdamos tiempo peleando entre nosotros. Ahora estamos en la etapa de DIFUSIÓN del problema. Aunque parezca mentira solo somos cuatro gatos locos los que conocemos el problema. Varios miles de armadores aún no saben nada. DIFUNDAMOS !
        Puedes usar esto para uno de los links: https://www.change.org/p/dirección-gene...-del-9-mayo-18 que ya se ha presentado las alegaciones a la DGMM. Puedo hacer un video YouTube si quieren pero me vendría bien un poco de apoyo en los diálogos o frases concretas que los de aquí opinan son apropiados/necesarios.

        El video lo haría en Español e inglés.

        Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

        Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian.

        ANAVRE: Socio 1928

        Comentario


        • Re: Cambios en la normativa DGMM

          Originalmente publicado por ponzoa Ver Mensaje
          Puedes usar esto para uno de los links: https://www.change.org/p/dirección-gene...-del-9-mayo-18 que ya se ha presentado las alegaciones a la DGMM. Puedo hacer un video YouTube si quieren pero me vendría bien un poco de apoyo en los diálogos o frases concretas que los de aquí opinan son apropiados/necesarios.

          El video lo haría en Español e inglés.

          A mi no me vale, este enlace se limita al tema de los abanderamientos en otros paises y deja fuera el bodrio de OM y sus consecuencias en las banderas españolas.
          .

          sigpic Slava Ukrayini!.

          Comentario


          • Re: Cambios en la normativa DGMM

            Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
            A mi no me vale, este enlace se limita al tema de los abanderamientos en otros paises y deja fuera el bodrio de OM y sus consecuencias en las banderas españolas.
            entiendo que no te valga,pero tienes que entender que esta mierda de om,solo vá dirigida contra las banderas de coherencia,a la española ya le arregla algo,es más,no veo a españoles de verdad protestando?????? compartido por redes sociales

            Comentario


            • Re: Cambios en la normativa DGMM

              Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje

              Disculpar mi torpeza pero le pincho y no pasa nada. He hecho una captura de pantalla y va en una entrada destacada de mi blog e invito a unos colegas a que lo e pongan en los suyos.

              Comentario


              • Re: Cambios en la normativa DGMM

                Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                A mi no me vale, este enlace se limita al tema de los abanderamientos en otros paises y deja fuera el bodrio de OM y sus consecuencias en las banderas españolas.
                Así es, perdemos todo nuestro esfuerzo intentando ser extranjeros cuando lo importante es conseguir una ley correcta y con la que todos los pabellones estén de acuerdo.
                No retreat, baby, no surrender

                Comentario


                • Re: Cambios en la normativa DGMM

                  Originalmente publicado por al_barco Ver Mensaje
                  Así es, perdemos todo nuestro esfuerzo intentando ser extranjeros cuando lo importante es conseguir una ley correcta y con la que todos los pabellones estén de acuerdo.

                  Llevas toda la razon del mundo,pero no va a ser asi mientras haya chollazos y amiguismos de por medio(empresas itb,multazos desproporcionados........). Yo estaria encantado de estar en bandera española,pero ni soy rico ni tengo colegas . Por eso me fui a holandesa y ahora cambiare a belga,pero no me siento identificado con ninguno de estos paises. Quiza dentro de muchos años la legislacion española cambie,pero a corto plazo no lo veo. Ojala me equivoque y ,si es asi,seria el primero en volver
                  S/V RUTHMIGUEL

                  Navegando por Alboran Instagram : @ibizamiguel

                  Socio Anavre 2022

                  Comentario


                  • Re: Cambios en la normativa DGMM

                    Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje


                    Aunque mi web la visita muy poca gente, (tampoco la actualizo demasiado) algunos entran, pero no se exactamente que tengo que hacer.¿Basta con poner esta imagen y quien tenga la aplicación puede leer el código o hay que hacer algo mas?
                    Saludos.
                    sigpic

                    Comentario


                    • Re: Cambios en la normativa DGMM

                      Ya estamos con lo de las illas a vueltas, Jaime ya explico este asunto varias veces, Caribdis, y la verdad es que los cofrades que llevaron el asunto, se movieron rápido y bien a nivel local, por lo que se consiguió paralizar el asunto, hay algo en este sentido que si creo que hay que cambiar, y es que en Galicia, no hay mucha representación de la asociación, creo que ni delegado hay alla, cosa que como gallego espero que cambie, si estuviera yo en Galicia, ya me habría presentado para delegado, pero no estoy alla, por lo que espero que alguien pueda presentarse, y hay muchos cofrades por esa zona que serian estupendos delegados... por lo que espero que aumenten los socios y que Galicia tenga en Anavre el peso específico que debería tener a cuenta de la cantidad de navegantes que hay ahí...


                      Me importa que no haya tergiversaciones en los hechos pasados, y más en los recientes, si no, va a acabar resultando que Anavre consiguió que se retirara esa ley o que descubriera el propio Principio de Arquímedes..


                      Después de mucha insistencia mía para que existiera un pronunciamiento de Anavre, en el hilo que trataba del tema en esta taberna, Darder me dijo que había consultado el tema con dos asociados en Galicia y que uno estaba en contra de la ley y otro a favor, y que Anavre no iba a entrar en el tema.


                      La justificación de la falta de tiempo no tiene sentido, hubo alegaciones de sobra colgadas en el propio hilo, y hubiera sido tremendamente importante que una asociación hubiera presentado alguna alegación. Se presentaron todas a nivel individual, y fue una auténtica suerte, aparte de la movilización existente, los argumentos expresados directamente a políticos y la contundencia de las razones legales de las alegaciones (la Xunta tiene jurisdicción sobre la gestión del parque y la pesca pero no sobre la navegación ni las aguas donde se fondea), que retiraran una ley de aprobación inminente.



                      El no entrar en ese tema de enorme importancia para quienes navegamos en las Rías Baixas me parece algo totalmente incomprensible para una asociación que dice nominalmente defender a los navegantes de recreo.
                      "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                      Comentario


                      • Re: Cambios en la normativa DGMM

                        Avanzando en lo que nos importa, he hecho un borrador de nota de prensa que creo que sería importante hacer llegar a la opinión pública:


                        NOTA DE PRENSA


                        EL MINISTERIO DE FOMENTO VULNERA LA LEGALIDAD INTERNACIONAL PARA PERSEGUIR A LAS EMBARCACIONES DE RECREO QUE SE ACOGEN A OTRA BANDERA COMUNITARIA


                        Desde que en 1986 España se integró en la UE permitiendo el libre movimiento de personas y mercancías, se abrió la posibilidad para las embarcaciones de recreo de huir de la farragosa y arbitraria burocracia marítima española. Los barcos de otras banderas comunitarias empezaron a poder permanecer indefinidamente en nuestras aguas, como parte de la UE que son, y podía suponer que un ciudadano español fuese propietario de un barco de bandera comunitaria y hacer exactamente lo mismo.


                        Pero hay administraciones que son muy celosas de su poder y control sobre sus administrados y ya en 1992, una ley de Impuestos Especiales obligó a matricular en España a todos los medios de transporte, nuevos o usados, pertenecientes a personas o entidades con residencia fiscal en España si querían ser utilizados en nuestro territorio.


                        Eso contravenía claramente el Acta Única Europea, pero aún tuvo que llegar el año 2011, para que en la ley de presupuestos generales, y para adaptarse a la legislación europea, se introdujera como excepción el haber abonado un 12% del valor de la embarcación, nueva o usada, en concepto de Impuesto de Matriculación.


                        Ahí se abrió claramente la ventana para una fuga de considerables dimensiones hacia banderas comunitarias de burocracia más tratable, sobre todo la belga y la holandesa.


                        Hay que hacer notar que la burocracia náutica española está en manos de la Dirección General de Marina Mercante, sin ningún organismo específico para la náutica de recreo, y que la normativa dedicada al recreo proviene en su mayor parte de la exigida a los grandes buques, resultando un laberinto normativo en el que resulta realmente difícil saber si estás cumpliendo lo exigido al 100%.


                        A ello se une una compleja jerarquía de titulaciones, de zonas de navegación y una prolija lista de equipos a llevar en cada una de ellas. Además, no es suficiente que esos equipos tengan el Marcado CE, deben estar homologados por la propia DGMM, constituyendo claramente un filtro que obstaculiza la competencia o la adquisición de equipos que pueden resultar mucho más efectivos y económicos. La normativa también prohíbe taxativamente llevar a bordo cualquiera de esos equipos, aunque sea como equipos de respeto. Y las instalaciones de muchos equipos deben ser realizadas también por instaladores homologados por la DGMM.


                        Las titulaciones, por su parte, aparejan una serie de prácticas en academias homologadas, prácticas que no aseguran en absoluto una competencia mínima para llevar una embarcación como patrón.


                        Aún más, a partir del año 2000, se establecen como obligatorias unas inspecciones técnicas que recaen sobre unas Entidades Colaboradoras de Inspección, que en la práctica han resultado una suerte de impuesto más, debido a la variabilidad de su calidad técnica y a soslayar de un modo paternalista la responsabilidad propia del patrón en cuanto a verificar la seguridad del barco sobre el que navega, tal como sucede en el resto de Europa.


                        Y todo ello atendido por una burocracia lenta, de trato displicente, con aplicaciones arbitrarias de normativa y un considerable elenco de multas que llegan a ser de cuantías desorbitadas. Esta burocracia ya no está en manos de las Comandancias de Marina, se ha traspasado a las Capitanías Marítimas, pero ese cambio apenas ha tenido efectos prácticos y existen considerables diferencias de rigidez y exigencias entre unas Capitanías y otras, llegándose al caso de multar a las embarcaciones que no enarbolan el pabellón nacional en días festivos, recurriendo a normativas existentes pero claramente anacrónicas.


                        Con un panorama así, darse baja del pabellón español y adoptar otro pabellón europeo ha supuesto una fuga constante desde el 2011, fuga que permite navegar con un cierto grado de relajación ante la tesitura de poder ser abordado y multado por cualquier nimiedad.


                        Pero ya en el año 2014, al hacerse patentes los palpables efectos de esa fuga, la DGMM introdujo en un Real Decreto la famosa Disposición Adicional Quinta, en la que obligaba contraviniendo los convenios marítimos internacionales firmados por España, a llevar titulación náutica española a los patrones con residencia en España.


                        La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), emitida en 1982 y firmada por España, en su artículo 94, descarga la obligación de velar por la seguridad del barco, la competencia de la dotación y los equipos que el barco lleva en manos del estado al que pertenece el pabellón del barco. En el artículo 21.2 se recalca que el estado ribereño no podrá legislar sobre el diseño, construcción, dotación o equipo de los barcos que pasan por sus aguas o entran a sus puertos.


                        La DA5ª vulnera claramente esa legislación internacional y tiene como claro objeto el mantenimiento de empresas y academias que se nutren del abigarrado e ineficiente sistema de titulaciones náuticas españolas. Por contrastar con otros países de nuestro entorno y larga tradición náutica, en el Reino Unido no es necesaria ninguna titulación para navegar, pero en cambio poseen unas titulaciones de gran prestigio internacional, que una gran parte de los navegantes británicos posee y que realmente tienen un componente práctico que sí que asegura capacidad para llevar como patrón una embarcación.


                        Aún más, en el propio Código Civil español en su artículo 10.2 se especifica que a diferencia de los automóviles, barcos, aeronaves y trenes están sujetos a la legislación de su país de matrícula.


                        La oposición a la promulgación de esta ley en 2014 fue casi inexistente, tal vez porque la mayor parte de los navegantes ya tuviera la titulación española, pero su ilegalidad es inapelable.


                        Como una vuelta más de tuerca para hacer menos atractivos los pabellones comunitarios y ejercer su control sobre ellos, el Ministerio de Fomento ha sacado ahora, concretamente en el mes de mayo, un proyecto de Orden Ministerial en el que pretende hacer con los equipos lo mismo que hizo la DA5ª con las titulaciones, exigir el cumplimiento de la normativa española a propietarios y patrones con residencia en España.


                        De manera muy curiosa, la tramitación de esa orden se inició en agosto del año pasado con una llamada a navegantes y asociaciones a presentar sugerencias a una modificación proyectada de los equipos exigibles a las embarcaciones españolas. Hubo una nutrida respuesta, esperando una racionalización del tema, para encontrarse en mayo de este año con un proyecto de orden ministerial puesto a exposición pública en el que la normativa para barcos españoles se mantenía virtualmente igual pero en el que aparecía la coletilla de su exigencia a propietarios y patrones con residencia en España, un torpedo directo a los pabellones comunitarios a los que se pretende exigir las homologaciones a la carta de equipos, las revisiones de equipos con periodicidad inferior a la exigida por los propios fabricantes y por supuesto, la capacidad de abordaje por las autoridades españolas para exigirlos con sus correspondientes sanciones en caso de incumplimiento.


                        Con el cambio de gobierno y un nuevo ministro de Fomento y un nuevo director general de la DGMM, la aprobación definitiva de la orden se ha aplazado hasta septiembre, pero el descontento entre la comunidad de navegantes es palpable, y se teme que la inercia de una administración que trata de hacer volver al redil por las malas a quienes han utilizado las prerrogativas legales para acogerse a normativas más racionales que la española pretenda forzar la situación, con el apoyo de quienes se benefician económicamente de ello, y obligando a una lucha judicial y de movilizaciones que no resulta del agrado de nadie.


                        Una puntualización, con la redacción actual de la ley de impuestos especiales, poseer pabellón comunitario no resulta en ninguna ventaja fiscal con respecto a los pabellones españoles, para los armadores con residencia fiscal en España; aún sufriendo un impuesto que no existe en el resto de Europa, la fiscalidad está equiparada, y lo que ha movido a la citada fuga a pabellones comunitarios ha sido básicamente la existencia de normativas más racionales y el poder evitar una burocracia anclada en tiempos pretéritos, permitiendo el uso del tiempo y los recursos económicos ahorrados en mejorar la seguridad de los barcos y sus equipos.



                        Proponed modificaciones, matizaciones o añadidos


                        Un saludo


                        "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                        Comentario


                        • Re: Cambios en la normativa DGMM


                          Lo veo muy bien. Lo único, sería algo más prudente al señalar que "vulnera la legalidad internacional" y expresiones parecidas. Aunque estemos convencidos de ello, mientras un tribunal no lo decida así, no se puede afirmar taxativamente y quizás alguien podría acusar de calumnia, difamación o cosas parecidas...
                          incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                          ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                          Comentario


                          • Re: Cambios en la normativa DGMM

                            Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje

                            Lo veo muy bien. Lo único, sería algo más prudente al señalar que "vulnera la legalidad internacional" y expresiones parecidas. Aunque estemos convencidos de ello, mientras un tribunal no lo decida así, no se puede afirmar taxativamente y quizás alguien podría acusar de calumnia, difamación o cosas parecidas...
                            Vulnera el articulo 10.2 del codigo civil Español..
                            Eso no hace falta tribunal que lo decida, no???

                            Comentario


                            • Re: Cambios en la normativa DGMM

                              "Una puntualización, con la redacción actual de la ley de impuestos especiales, poseer pabellón comunitario no resulta en ninguna ventaja fiscal con respecto a los pabellones españoles, para los armadores con residencia fiscal en España; aún sufriendo un impuesto que no existe en el resto de Europa, la fiscalidad está equiparada,"
                              En realidad no está equiparada: los pabellones comunitarios de recreo pagamos todos los impuestos obligatorios en España y todos los impuestos del país de abanderamiento. Pagamos DOBLE fiscalidad, a diferencia de los mercantes con bandera de conveniencia panameña o similar.

                              Comentario


                              • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                La "españa de siempre" no va a aceptar que nos acojamos a otras banderas para navegar libres del acoso de la administracion española .
                                ESto va a conseguir justo lo contrario, la gente no va a distinguir entre un barco de 6 metros como el mio ( la mayor eslora en mi puerto son 12) o lo que hay en puertos mediteraneos..
                                Incluso gran parte de la nautica deportiva con pabellon español esta en contra nuestra, no me quiero ni imaginar lo que pensara el español de a pie que nada tiene que ver con la nautica..

                                Comentario


                                • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                  Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje

                                  Lo veo muy bien. Lo único, sería algo más prudente al señalar que "vulnera la legalidad internacional" y expresiones parecidas. Aunque estemos convencidos de ello, mientras un tribunal no lo decida así, no se puede afirmar taxativamente y quizás alguien podría acusar de calumnia, difamación o cosas parecidas...
                                  Bertie, la vulneración de la normativa internacional y de la española es palmaria, y manifiesta, la normativa es clara en este sentido, la regulación de lo que un barco del pabellon de un pais debe de cumplir es materia reservada a ser regulada por el pais de pabellón, leete mi recurso, esto no es lo que opino yo u opine pepito perez, se trata de la ley, y esta escrita, si no te queda claro te cojes mis alegaciones y lees linea por linea para que entiendas que como muchas veces ocurre, han meado fuera de tiesto, sobre todo por tratar de regular algo que esta fuera de sus competencias que son los barcos de pabellon de terceros paises...

                                  Para que te hagas una idea, si tu atropellas a alguien y te fugas cometes una omisión del deber de socorro, no hay que ir a un juzgado, para que nos digan que has vulnerado la ley, porque la ley escrita dice que no puedes hacerlo...

                                  Pues esto es lo mismo, la diferencia es que se trata de un organismo del estado por eso es más sangrante que legislen incumpliendo la ley.

                                  De todas formas esa OM esta retirada hasta que se negocie en septiembre, y esperamos que no se vuelva a producir esta vulneración, en caso contrario SI se ira a los tribunales como garantes del cumplimiento de la ley para que paren los pies al organismo transgresor...
                                  Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes...

                                  Comentario


                                  • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                    Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver Mensaje
                                    Para que te hagas una idea, si tu atropellas a alguien y te fugas cometes una omisión del deber de socorro, no hay que ir a un juzgado, para que nos digan que has vulnerado la ley, porque la ley escrita dice que no puedes hacerlo...

                                    Pues esto es lo mismo, la diferencia es que se trata de un organismo del estado por eso es más sangrante que legislen incumpliendo la ley.
                                    No, sí yo estoy completamente de acuerdo en eso, pero sin ser experto en leyes, creo que es algo parecido a lo que ocurre en los periódicos: aunque la policía haya detenido a un tío con un cuchillo en la mano al lado de la víctima, siempre hablan del "presunto" delincuente que "presuntamente" ha cometido el crimen.
                                    incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                                    ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                                    Comentario


                                    • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                      Originalmente publicado por trabañarru Ver Mensaje
                                      La "españa de siempre" no va a aceptar que nos acojamos a otras banderas para navegar libres del acoso de la administracion española .
                                      ESto va a conseguir justo lo contrario, la gente no va a distinguir entre un barco de 6 metros como el mio ( la mayor eslora en mi puerto son 12) o lo que hay en puertos mediteraneos..
                                      Incluso gran parte de la nautica deportiva con pabellon español esta en contra nuestra, no me quiero ni imaginar lo que pensara el español de a pie que nada tiene que ver con la nautica..


                                      Habrá de todo, opiniones a favor y en contra, pero a los que seguro que no les gusta nada ver sus actuaciones expuestas a la opinión pública son aquellos que acaban de tomar muy orgullosos su puesto en la administración para ver como se les acusa de vulnerar la legalidad y de favorecer intereses económicos concretos...


                                      Y ya va siendo hora que hagamos algo por quitarnos el sambenito de deporte elitista y precisamente denunciar las actitudes elitistas y de inmovilismo ante una administración centrada en mantener sus prebendas...


                                      "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                                      Comentario


                                      • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                        Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
                                        No, sí yo estoy completamente de acuerdo en eso, pero sin ser experto en leyes, creo que es algo parecido a lo que ocurre en los periódicos: aunque la policía haya detenido a un tío con un cuchillo en la mano al lado de la víctima, siempre hablan del "presunto" delincuente que "presuntamente" ha cometido el crimen.

                                        Yo creo que la nota se mantiene perfectamente dentro de los límites de la libertad de expresión.


                                        Aunque hubiera sentencias firmes del Supremo o del Tribunal Constitucional, criticarlas seguiría dentro de la libertad de expresión, hasta donde yo creo que estamos.


                                        Son actuaciones de una administración pública, y por tanto susceptibles de diferentes opiniones.


                                        Estamos exponiendo unos hechos y confrontándolos con artículos concretos de la legislación internacional y española, no estamos acusando sin pruebas a nadie con nombre y apellidos de ser un ladrón o un asesino...


                                        "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                                        Comentario


                                        • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                          Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                                          Avanzando en lo que nos importa, he hecho un borrador de nota de prensa que creo que sería importante hacer llegar a la opinión pública:


                                          NOTA DE PRENSA


                                          EL MINISTERIO DE FOMENTO VULNERA LA LEGALIDAD INTERNACIONAL PARA PERSEGUIR A LAS EMBARCACIONES DE RECREO QUE SE ACOGEN A OTRA BANDERA COMUNITARIA


                                          Desde que en 1986 España se integró en la UE permitiendo el libre movimiento de personas y mercancías, se abrió la posibilidad para las embarcaciones de recreo de huir de la farragosa y arbitraria burocracia marítima española. Los barcos de otras banderas comunitarias empezaron a poder permanecer indefinidamente en nuestras aguas, como parte de la UE que son, y podía suponer que un ciudadano español fuese propietario de un barco de bandera comunitaria y hacer exactamente lo mismo.


                                          Pero hay administraciones que son muy celosas de su poder y control sobre sus administrados y ya en 1992, una ley de Impuestos Especiales obligó a matricular en España a todos los medios de transporte, nuevos o usados, pertenecientes a personas o entidades con residencia fiscal en España si querían ser utilizados en nuestro territorio.


                                          Eso contravenía claramente el Acta Única Europea, pero aún tuvo que llegar el año 2011, para que en la ley de presupuestos generales, y para adaptarse a la legislación europea, se introdujera como excepción el haber abonado un 12% del valor de la embarcación, nueva o usada, en concepto de Impuesto de Matriculación.


                                          Ahí se abrió claramente la ventana para una fuga de considerables dimensiones hacia banderas comunitarias de burocracia más tratable, sobre todo la belga y la holandesa.


                                          Hay que hacer notar que la burocracia náutica española está en manos de la Dirección General de Marina Mercante, sin ningún organismo específico para la náutica de recreo, y que la normativa dedicada al recreo proviene en su mayor parte de la exigida a los grandes buques, resultando un laberinto normativo en el que resulta realmente difícil saber si estás cumpliendo lo exigido al 100%.


                                          A ello se une una compleja jerarquía de titulaciones, de zonas de navegación y una prolija lista de equipos a llevar en cada una de ellas. Además, no es suficiente que esos equipos tengan el Marcado CE, deben estar homologados por la propia DGMM, constituyendo claramente un filtro que obstaculiza la competencia o la adquisición de equipos que pueden resultar mucho más efectivos y económicos. La normativa también prohíbe taxativamente llevar a bordo cualquiera de esos equipos, aunque sea como equipos de respeto. Y las instalaciones de muchos equipos deben ser realizadas también por instaladores homologados por la DGMM.


                                          Las titulaciones, por su parte, aparejan una serie de prácticas en academias homologadas, prácticas que no aseguran en absoluto una competencia mínima para llevar una embarcación como patrón.


                                          Aún más, a partir del año 2000, se establecen como obligatorias unas inspecciones técnicas que recaen sobre unas Entidades Colaboradoras de Inspección, que en la práctica han resultado una suerte de impuesto más, debido a la variabilidad de su calidad técnica y a soslayar de un modo paternalista la responsabilidad propia del patrón en cuanto a verificar la seguridad del barco sobre el que navega, tal como sucede en el resto de Europa.


                                          Y todo ello atendido por una burocracia lenta, de trato displicente, con aplicaciones arbitrarias de normativa y un considerable elenco de multas que llegan a ser de cuantías desorbitadas. Esta burocracia ya no está en manos de las Comandancias de Marina, se ha traspasado a las Capitanías Marítimas, pero ese cambio apenas ha tenido efectos prácticos y existen considerables diferencias de rigidez y exigencias entre unas Capitanías y otras, llegándose al caso de multar a las embarcaciones que no enarbolan el pabellón nacional en días festivos, recurriendo a normativas existentes pero claramente anacrónicas.


                                          Con un panorama así, darse baja del pabellón español y adoptar otro pabellón europeo ha supuesto una fuga constante desde el 2011, fuga que permite navegar con un cierto grado de relajación ante la tesitura de poder ser abordado y multado por cualquier nimiedad.


                                          Pero ya en el año 2014, al hacerse patentes los palpables efectos de esa fuga, la DGMM introdujo en un Real Decreto la famosa Disposición Adicional Quinta, en la que obligaba contraviniendo los convenios marítimos internacionales firmados por España, a llevar titulación náutica española a los patrones con residencia en España.


                                          La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), emitida en 1982 y firmada por España, en su artículo 94, descarga la obligación de velar por la seguridad del barco, la competencia de la dotación y los equipos que el barco lleva en manos del estado al que pertenece el pabellón del barco. En el artículo 21.2 se recalca que el estado ribereño no podrá legislar sobre el diseño, construcción, dotación o equipo de los barcos que pasan por sus aguas o entran a sus puertos.


                                          La DA5ª vulnera claramente esa legislación internacional y tiene como claro objeto el mantenimiento de empresas y academias que se nutren del abigarrado e ineficiente sistema de titulaciones náuticas españolas. Por contrastar con otros países de nuestro entorno y larga tradición náutica, en el Reino Unido no es necesaria ninguna titulación para navegar, pero en cambio poseen unas titulaciones de gran prestigio internacional, que una gran parte de los navegantes británicos posee y que realmente tienen un componente práctico que sí que asegura capacidad para llevar como patrón una embarcación.


                                          Aún más, en el propio Código Civil español en su artículo 10.2 se especifica que a diferencia de los automóviles, barcos, aeronaves y trenes están sujetos a la legislación de su país de matrícula.


                                          La oposición a la promulgación de esta ley en 2014 fue casi inexistente, tal vez porque la mayor parte de los navegantes ya tuviera la titulación española, pero su ilegalidad es inapelable.


                                          Como una vuelta más de tuerca para hacer menos atractivos los pabellones comunitarios y ejercer su control sobre ellos, el Ministerio de Fomento ha sacado ahora, concretamente en el mes de mayo, un proyecto de Orden Ministerial en el que pretende hacer con los equipos lo mismo que hizo la DA5ª con las titulaciones, exigir el cumplimiento de la normativa española a propietarios y patrones con residencia en España.


                                          De manera muy curiosa, la tramitación de esa orden se inició en agosto del año pasado con una llamada a navegantes y asociaciones a presentar sugerencias a una modificación proyectada de los equipos exigibles a las embarcaciones españolas. Hubo una nutrida respuesta, esperando una racionalización del tema, para encontrarse en mayo de este año con un proyecto de orden ministerial puesto a exposición pública en el que la normativa para barcos españoles se mantenía virtualmente igual pero en el que aparecía la coletilla de su exigencia a propietarios y patrones con residencia en España, un torpedo directo a los pabellones comunitarios a los que se pretende exigir las homologaciones a la carta de equipos, las revisiones de equipos con periodicidad inferior a la exigida por los propios fabricantes y por supuesto, la capacidad de abordaje por las autoridades españolas para exigirlos con sus correspondientes sanciones en caso de incumplimiento.


                                          Con el cambio de gobierno y un nuevo ministro de Fomento y un nuevo director general de la DGMM, la aprobación definitiva de la orden se ha aplazado hasta septiembre, pero el descontento entre la comunidad de navegantes es palpable, y se teme que la inercia de una administración que trata de hacer volver al redil por las malas a quienes han utilizado las prerrogativas legales para acogerse a normativas más racionales que la española pretenda forzar la situación, con el apoyo de quienes se benefician económicamente de ello, y obligando a una lucha judicial y de movilizaciones que no resulta del agrado de nadie.


                                          Una puntualización, con la redacción actual de la ley de impuestos especiales, poseer pabellón comunitario no resulta en ninguna ventaja fiscal con respecto a los pabellones españoles, para los armadores con residencia fiscal en España; aún sufriendo un impuesto que no existe en el resto de Europa, la fiscalidad está equiparada, y lo que ha movido a la citada fuga a pabellones comunitarios ha sido básicamente la existencia de normativas más racionales y el poder evitar una burocracia anclada en tiempos pretéritos, permitiendo el uso del tiempo y los recursos económicos ahorrados en mejorar la seguridad de los barcos y sus equipos.



                                          Proponed modificaciones, matizaciones o añadidos


                                          Un saludo



                                          que no toquen los cojones a los que se an ido a bandera de coherencia que ellos ya se rigen por las leyes de el pais en el que esten abanderados,ni mas ni menos
                                          pd:si quieren que en españa hagan copien esas mismas leyes,a rañala...

                                          Comentario


                                          • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                            Bueno, ya tenemos material de sobra para comenzar. Dentro del código tres enlaces :Uno a la página de ANAVRE, y dos a videos en youtube, uno con el texto de Caribdis y otro con el texto de la alegación que envió Anavre redactada por Fuerza 7
                                            Si como dicen mas arriba lo colocan en dos idiomas, pues mejor.
                                            Le damos para adelante o alguien quiere cambiar algo? Rapidito por favor que el tiempo pasa y hay que empapelar los puertos

                                            ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
                                            NUNCA SE RENDÍA...

                                            Comentario


                                            • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                              Originalmente publicado por trabañarru Ver Mensaje
                                              La "españa de siempre" no va a aceptar que nos acojamos a otras banderas para navegar libres del acoso de la administracion española .
                                              ESto va a conseguir justo lo contrario, la gente no va a distinguir entre un barco de 6 metros como el mio ( la mayor eslora en mi puerto son 12) o lo que hay en puertos mediteraneos..
                                              Incluso gran parte de la nautica deportiva con pabellon español esta en contra nuestra, no me quiero ni imaginar lo que pensara el español de a pie que nada tiene que ver con la nautica..

                                              La españa de siempre nunca ha tenido ningun problema con eso, es la DGMM y sus mariachis quien no se resigna a perder el chollito.
                                              .

                                              sigpic Slava Ukrayini!.

                                              Comentario


                                              • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                                Originalmente publicado por Marcos Montesier Ver Mensaje
                                                Disculpar mi torpeza pero le pincho y no pasa nada. He hecho una captura de pantalla y va en una entrada destacada de mi blog e invito a unos colegas a que lo e pongan en los suyos.
                                                Marcos , no es torpeza, es solamente que no lo conoces.
                                                Con una aplicación muy común y gratuita que casi todos tienen en su teléfono móvil , se acerca la cámara del teléfono al código y el teléfono solito te lleva a un enlace con el contenido del código.
                                                ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
                                                NUNCA SE RENDÍA...

                                                Comentario


                                                • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                                  Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                                                  Bueno, ya tenemos material de sobra para comenzar. Dentro del código tres enlaces :Uno a la página de ANAVRE, y dos a videos en youtube, uno con el texto de Caribdis y otro con el texto de la alegación que envió Anavre redactada por Fuerza 7
                                                  Si como dicen mas arriba lo colocan en dos idiomas, pues mejor.
                                                  Le damos para adelante o alguien quiere cambiar algo? Rapidito por favor que el tiempo pasa y hay que empapelar los puertos

                                                  En cuanto alguien menos inutil informatico que yo lo monte , me imprimo un monton y me dedico a empapelar.
                                                  .

                                                  sigpic Slava Ukrayini!.

                                                  Comentario


                                                  • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                                    Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                                                    Avanzando en lo que nos importa, he hecho un borrador de nota de prensa que creo que sería importante hacer llegar a la opinión pública:


                                                    NOTA DE PRENSA


                                                    EL MINISTERIO DE FOMENTO VULNERA LA LEGALIDAD INTERNACIONAL PARA PERSEGUIR A LAS EMBARCACIONES DE RECREO QUE SE ACOGEN A OTRA BANDERA COMUNITARIA


                                                    Desde que en 1986 España se integró en la UE permitiendo el libre movimiento de personas y mercancías, se abrió la posibilidad para las embarcaciones de recreo de huir de la farragosa y arbitraria burocracia marítima española. Los barcos de otras banderas comunitarias empezaron a poder permanecer indefinidamente en nuestras aguas, como parte de la UE que son, y podía suponer que un ciudadano español fuese propietario de un barco de bandera comunitaria y hacer exactamente lo mismo.


                                                    Pero hay administraciones que son muy celosas de su poder y control sobre sus administrados y ya en 1992, una ley de Impuestos Especiales obligó a matricular en España a todos los medios de transporte, nuevos o usados, pertenecientes a personas o entidades con residencia fiscal en España si querían ser utilizados en nuestro territorio.


                                                    Eso contravenía claramente el Acta Única Europea, pero aún tuvo que llegar el año 2011, para que en la ley de presupuestos generales, y para adaptarse a la legislación europea, se introdujera como excepción el haber abonado un 12% del valor de la embarcación, nueva o usada, en concepto de Impuesto de Matriculación.


                                                    Ahí se abrió claramente la ventana para una fuga de considerables dimensiones hacia banderas comunitarias de burocracia más tratable, sobre todo la belga y la holandesa.


                                                    Hay que hacer notar que la burocracia náutica española está en manos de la Dirección General de Marina Mercante, sin ningún organismo específico para la náutica de recreo, y que la normativa dedicada al recreo proviene en su mayor parte de la exigida a los grandes buques, resultando un laberinto normativo en el que resulta realmente difícil saber si estás cumpliendo lo exigido al 100%.


                                                    A ello se une una compleja jerarquía de titulaciones, de zonas de navegación y una prolija lista de equipos a llevar en cada una de ellas. Además, no es suficiente que esos equipos tengan el Marcado CE, deben estar homologados por la propia DGMM, constituyendo claramente un filtro que obstaculiza la competencia o la adquisición de equipos que pueden resultar mucho más efectivos y económicos. La normativa también prohíbe taxativamente llevar a bordo cualquiera de esos equipos, aunque sea como equipos de respeto. Y las instalaciones de muchos equipos deben ser realizadas también por instaladores homologados por la DGMM.


                                                    Las titulaciones, por su parte, aparejan una serie de prácticas en academias homologadas, prácticas que no aseguran en absoluto una competencia mínima para llevar una embarcación como patrón.


                                                    Aún más, a partir del año 2000, se establecen como obligatorias unas inspecciones técnicas que recaen sobre unas Entidades Colaboradoras de Inspección, que en la práctica han resultado una suerte de impuesto más, debido a la variabilidad de su calidad técnica y a soslayar de un modo paternalista la responsabilidad propia del patrón en cuanto a verificar la seguridad del barco sobre el que navega, tal como sucede en el resto de Europa.


                                                    Y todo ello atendido por una burocracia lenta, de trato displicente, con aplicaciones arbitrarias de normativa y un considerable elenco de multas que llegan a ser de cuantías desorbitadas. Esta burocracia ya no está en manos de las Comandancias de Marina, se ha traspasado a las Capitanías Marítimas, pero ese cambio apenas ha tenido efectos prácticos y existen considerables diferencias de rigidez y exigencias entre unas Capitanías y otras, llegándose al caso de multar a las embarcaciones que no enarbolan el pabellón nacional en días festivos, recurriendo a normativas existentes pero claramente anacrónicas.


                                                    Con un panorama así, darse baja del pabellón español y adoptar otro pabellón europeo ha supuesto una fuga constante desde el 2011, fuga que permite navegar con un cierto grado de relajación ante la tesitura de poder ser abordado y multado por cualquier nimiedad.


                                                    Pero ya en el año 2014, al hacerse patentes los palpables efectos de esa fuga, la DGMM introdujo en un Real Decreto la famosa Disposición Adicional Quinta, en la que obligaba contraviniendo los convenios marítimos internacionales firmados por España, a llevar titulación náutica española a los patrones con residencia en España.


                                                    La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), emitida en 1982 y firmada por España, en su artículo 94, descarga la obligación de velar por la seguridad del barco, la competencia de la dotación y los equipos que el barco lleva en manos del estado al que pertenece el pabellón del barco. En el artículo 21.2 se recalca que el estado ribereño no podrá legislar sobre el diseño, construcción, dotación o equipo de los barcos que pasan por sus aguas o entran a sus puertos.


                                                    La DA5ª vulnera claramente esa legislación internacional y tiene como claro objeto el mantenimiento de empresas y academias que se nutren del abigarrado e ineficiente sistema de titulaciones náuticas españolas. Por contrastar con otros países de nuestro entorno y larga tradición náutica, en el Reino Unido no es necesaria ninguna titulación para navegar, pero en cambio poseen unas titulaciones de gran prestigio internacional, que una gran parte de los navegantes británicos posee y que realmente tienen un componente práctico que sí que asegura capacidad para llevar como patrón una embarcación.


                                                    Aún más, en el propio Código Civil español en su artículo 10.2 se especifica que a diferencia de los automóviles, barcos, aeronaves y trenes están sujetos a la legislación de su país de matrícula.


                                                    La oposición a la promulgación de esta ley en 2014 fue casi inexistente, tal vez porque la mayor parte de los navegantes ya tuviera la titulación española, pero su ilegalidad es inapelable.


                                                    Como una vuelta más de tuerca para hacer menos atractivos los pabellones comunitarios y ejercer su control sobre ellos, el Ministerio de Fomento ha sacado ahora, concretamente en el mes de mayo, un proyecto de Orden Ministerial en el que pretende hacer con los equipos lo mismo que hizo la DA5ª con las titulaciones, exigir el cumplimiento de la normativa española a propietarios y patrones con residencia en España.


                                                    De manera muy curiosa, la tramitación de esa orden se inició en agosto del año pasado con una llamada a navegantes y asociaciones a presentar sugerencias a una modificación proyectada de los equipos exigibles a las embarcaciones españolas. Hubo una nutrida respuesta, esperando una racionalización del tema, para encontrarse en mayo de este año con un proyecto de orden ministerial puesto a exposición pública en el que la normativa para barcos españoles se mantenía virtualmente igual pero en el que aparecía la coletilla de su exigencia a propietarios y patrones con residencia en España, un torpedo directo a los pabellones comunitarios a los que se pretende exigir las homologaciones a la carta de equipos, las revisiones de equipos con periodicidad inferior a la exigida por los propios fabricantes y por supuesto, la capacidad de abordaje por las autoridades españolas para exigirlos con sus correspondientes sanciones en caso de incumplimiento.


                                                    Con el cambio de gobierno y un nuevo ministro de Fomento y un nuevo director general de la DGMM, la aprobación definitiva de la orden se ha aplazado hasta septiembre, pero el descontento entre la comunidad de navegantes es palpable, y se teme que la inercia de una administración que trata de hacer volver al redil por las malas a quienes han utilizado las prerrogativas legales para acogerse a normativas más racionales que la española pretenda forzar la situación, con el apoyo de quienes se benefician económicamente de ello, y obligando a una lucha judicial y de movilizaciones que no resulta del agrado de nadie.


                                                    Una puntualización, con la redacción actual de la ley de impuestos especiales, poseer pabellón comunitario no resulta en ninguna ventaja fiscal con respecto a los pabellones españoles, para los armadores con residencia fiscal en España; aún sufriendo un impuesto que no existe en el resto de Europa, la fiscalidad está equiparada, y lo que ha movido a la citada fuga a pabellones comunitarios ha sido básicamente la existencia de normativas más racionales y el poder evitar una burocracia anclada en tiempos pretéritos, permitiendo el uso del tiempo y los recursos económicos ahorrados en mejorar la seguridad de los barcos y sus equipos.



                                                    Proponed modificaciones, matizaciones o añadidos


                                                    Un saludo



                                                    Magnifico.

                                                    Si me permites, diria, para dejarles una puerta abierta a los que acaban de llegar a que plieguen velas y no se vean 3n la obligacion de seguir adelante con una cosa que no quieren para que no parezca que incan la rodilla en una cosa que ni han inventado ellos, decir algo asi como, el gobierno entrante con algo mas de tino y conocimiento en la materia, a parado hasta septiembre la om, esperamos que el buen tino que este gobierno a mostrado se traduzca en la retirada definitiva de esta om ilegal, promulgada por otro gobierno.

                                                    Creo que de esa forma se les deja una salida con honor, ademas tirando piedras al eterno rival....

                                                    Comentario

                                                    ¿Quién está?

                                                    Colapsar

                                                    Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                                    La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                    Trabajando...
                                                    X