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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Cambios en la normativa DGMM

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  • Re: Cambios en la normativa DGMM

    Originalmente publicado por magallanesXIX Ver Mensaje


    Aunque mi web la visita muy poca gente, (tampoco la actualizo demasiado) algunos entran, pero no se exactamente que tengo que hacer.¿Basta con poner esta imagen y quien tenga la aplicación puede leer el código o hay que hacer algo mas?
    Saludos.
    La idea (aparte de difundirla como has hecho en forma digital) es que cada cofrade se imprima unas 5 o 10 copias a color y las coloque en los tablones de anuncios de cuanta asociación, tienda o bar que se le ocurra .
    Pero eso no tiene sentido hasta que el código QR no tenga contenido. De ahí las prisas para colocar los textos en youtube

    ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
    NUNCA SE RENDÍA...

    Comentario


    • Re: Cambios en la normativa DGMM

      Propuesta:

      Desde que en 1986 España se integró en la UE permitiendo el libre movimiento de personas y mercancías, se abrió la posibilidad para las embarcaciones de recreo de huir de la farragosa y arbitraria burocrática DGMM española. Los barcos de otras banderas comunitarias empezaron a poder permanecer indefinidamente en nuestras aguas, como parte de la UE que son, y podía suponer que un ciudadano español fuese propietario de un barco de bandera comunitaria y hacer exactamente lo mismo.[/FONT]


      Pero hay administraciones que son muy celosas de su poder y control sobre sus administrados y ya en 1992, una ley de Impuestos Especiales obligó a matricular en España a todos los medios de transporte, nuevos o usados, pertenecientes a personas o entidades con residencia fiscal en España si querían ser utilizados en nuestro territorio.


      Eso contravenía claramente el Acta Única Europea, pero aún tuvo que llegar el año 2011, para que en la ley de presupuestos generales, y para adaptarse a la legislación europea, se introdujera como excepción el haber abonado un 12% del valor de la embarcación, nueva o usada, en concepto de Impuesto de Matriculación.


      Ahí se abrió claramente la ventana para una fuga de considerables dimensiones hacia banderas comunitarias de burocracia más tratable, sobre todo la belga y la holandesa.


      Hay que hacer notar que la burocrática náutica española está en manos de la Dirección General de Marina Mercante, sin ningún organismo específico para la náutica de recreo, y que la normativa dedicada al recreo proviene en su mayor parte de la exigida a los grandes buques, resultando un laberinto normativo en el que resulta realmente difícil saber si estás cumpliendo lo exigido al 100%.


      A ello se une una compleja jerarquía de titulaciones, de zonas de navegación y una prolija lista de equipos a llevar en cada una de ellas. Además, no es suficiente que esos equipos tengan el Marcado CE, deben estar homologados por la propia DGMM, constituyendo claramente un filtro que obstaculiza la competencia o la adquisición de equipos que pueden resultar mucho más efectivos y económicos. La normativa también prohíbe taxativamente llevar a bordo cualquiera de esos equipos, aunque sea como equipos de respeto. Y las instalaciones de muchos equipos deben ser realizadas también por instaladores homologados por la DGMM.con una clara vulneración del mercado de la libre competencia, siendo agravado este punto por ser el propio estado quien ampara esta práctica.


      Las titulaciones, por su parte, aparejan una serie de prácticas en academias homologadas, prácticas que no aseguran en absoluto una competencia mínima para llevar una embarcación como patrón.


      Aún más, a partir del año 2000, se establecen como obligatorias unas inspecciones técnicas que recaen sobre unas Entidades Colaboradoras de Inspección, que en la práctica han resultado una suerte de impuesto más, debido a la variabilidad de su calidad técnica y a soslayar de un modo paternalista la responsabilidad propia del patrón en cuanto a verificar la seguridad del barco sobre el que navega, tal como sucede en el resto de Europa.


      Y todo ello atendido por una burocracia lenta, de trato displicente, con aplicaciones arbitrarias de normativa y un considerable elenco de multas que llegan a ser de cuantías desorbitadas. Esta burocracia ya no está en manos de las Comandancias de Marina, se ha traspasado a las Capitanías Marítimas, pero ese cambio apenas ha tenido efectos prácticos y existen considerables diferencias de rigidez y exigencias entre unas Capitanías y otras, llegándose al caso de multar a las embarcaciones que no enarbolan el pabellón nacional en días festivos, recurriendo a normativas existentes pero claramente anacrónicas.


      Con un panorama así, darse de baja del pabellón español y adoptar otro pabellón europeo ha supuesto una fuga constante desde el 2011, fuga que permite navegar con un cierto grado de relajación ante la tesitura de poder ser abordado y multado por cualquier nimiedad.


      Pero ya en el año 2014, al hacerse patentes los palpables efectos de esa fuga, la DGMM introdujo en un Real Decreto la famosa Disposición Adicional Quinta, en la que obligaba contraviniendo los convenios marítimos internacionales firmados por España, a llevar titulación náutica española a los patrones con residencia en España.


      La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), emitida en 1982 y firmada por España, en su artículo 94, descarga la obligación de velar por la seguridad del barco, la competencia de la dotación y los equipos que el barco lleva en manos del estado al que pertenece el pabellón del barco. En el artículo 21.2 se recalca que el estado ribereño no podrá legislar sobre el diseño, construcción, dotación o equipo de los barcos que pasan por sus aguas o entran a sus puertos.


      La DA5ª vulnera claramente esa legislación internacional y tiene como claro objeto el mantenimiento de empresas y academias que se nutren del abigarrado e ineficiente sistema de titulaciones náuticas españolas. Por contrastar con otros países de nuestro entorno y larga tradición náutica, en el Reino Unido no es necesaria ninguna titulación para navegar, pero en cambio poseen unas titulaciones de gran prestigio internacional, que una gran parte de los navegantes británicos posee y que realmente tienen un componente práctico que sí que asegura capacidad para llevar como patrón una embarcación.


      Aún más, en el propio Código Civil español en su artículo 10.2 se especifica que a diferencia de los automóviles, barcos, aeronaves y trenes están sujetos a la legislación de su país de matrícula.


      La oposición a la promulgación de esta ley en 2014 fue casi inexistente, tal vez porque la mayor parte de los navegantes ya tuviera la titulación española, pero su ilegalidad es inapelable.


      Como una vuelta más de tuerca para hacer menos atractivos los pabellones comunitarios y ejercer su control sobre ellos, el Ministerio de Fomento ha sacado ahora, concretamente en el mes de mayo, un proyecto de Orden Ministerial en el que pretende hacer con los equipos lo mismo que hizo la DA5ª con las titulaciones, exigir el cumplimiento de la normativa española a propietarios y patrones con residencia en España.


      De manera muy curiosa, la tramitación de esa orden se inició en agosto del año pasado con una llamada a navegantes y asociaciones a presentar sugerencias a una modificación proyectada de los equipos exigibles a las embarcaciones españolas. Hubo una nutrida respuesta, esperando una racionalización del tema, para encontrarse en mayo de este año con un proyecto de orden ministerial puesto a exposición pública en el que la normativa para barcos españoles se mantenía virtualmente igual pero en el que aparecía la coletilla de su exigencia a propietarios y patrones con residencia en España, un torpedo directo a los pabellones comunitarios a los que se pretende exigir las homologaciones a la carta de equipos, las revisiones de equipos con periodicidad inferior a la exigida por los propios fabricantes y por supuesto, la capacidad de abordaje por las autoridades españolas para exigirlos con sus correspondientes sanciones en caso de incumplimiento.


      Con el cambio de gobierno y un nuevo ministro de Fomento y un nuevo director general de la DGMM, la aprobación definitiva de la orden se ha aplazado hasta septiembre, pero el descontento entre la comunidad de navegantes es palpable, y se teme que la inercia de una administración que trata de hacer volver al redil por las malas a quienes han utilizado las prerrogativas legales para acogerse a normativas más racionales que la española pretenda forzar la situación, con el apoyo de quienes se benefician económicamente de ello, y obligando a una lucha judicial y de movilizaciones que no resulta del agrado de nadie. Y esto anteponiendo los intereses de las náuticas y otras empresas al interés general y a la legalidad y espíritu europeo, cosa más grave si cabe.


      Una puntualización, con la redacción actual de la ley de impuestos especiales, poseer pabellón comunitario no resulta en ninguna ventaja fiscal con respecto a los pabellones españoles, para los armadores con residencia fiscal en España; aún sufriendo un impuesto que no existe en el resto de Europa, la fiscalidad está equiparada, y lo que ha movido a la citada fuga a pabellones comunitarios ha sido básicamente la existencia de normativas más racionales y el poder evitar una burocracia anclada en tiempos pretéritos, permitiendo el uso del tiempo y los recursos económicos ahorrados en mejorar la seguridad de los barcos y sus equipos.[/COLOR][/B]

      ANAVRE, asociación náutica de navegantes de recreo en España, se ha mostrado claramente en contra. Está a la espera de intentar negociar una mejora en la legislación náutica española en la mesa que se espera para septiembre, ahora bien en el caso que no se retire el punto de injerencia en las banderas comunitarias, actuara en defensa de sus asociados en los tribunales.

      Proponed modificaciones, matizaciones o añadidos


      Un saludo


      [/QUOTE]
      Editado por última vez por kuovadix; 18/08/2018, 10:32:18.

      Comentario


      • Re: Cambios en la normativa DGMM

        Cuando tengais el texto definitivo, cartas al Director de todos los periodicos. Ahora es un buen momento, los periodicos no tienen muchas noticias que publicar y agradecen nuevos temas donde meter las narices.

        Comentario


        • Re: Cambios en la normativa DGMM

          Dejo aquí el enlace para que se descarguen el afiche en alta resolución, ya que si descargan el archivo desde la taberna, no tiene suficiente calidad para imprimir.
          Por favor decidme si el enlace funciona.



          ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
          NUNCA SE RENDÍA...

          Comentario


          • Cambios en la normativa DGMM

            A mí me funciona

            Enviado desde mi Aquaris X mediante Tapatalk

            Comentario


            • Re: Cambios en la normativa DGMM

              Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
              Dejo aquí el enlace para que se descarguen el afiche en alta resolución, ya que si descargan el archivo desde la taberna, no tiene suficiente calidad para imprimir.
              Por favor decidme si el enlace funciona.



              PERFECTAMENTE!!!!

              Ya he enviado el texto a algún periodico en el que tengo contactos.

              Comentario


              • Re: Cambios en la normativa DGMM

                Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
                Avanzando en lo que nos importa, he hecho un borrador de nota de prensa que creo que sería importante hacer llegar a la opinión pública:


                NOTA DE PRENSA


                EL MINISTERIO DE FOMENTO VULNERA LA LEGALIDAD INTERNACIONAL PARA PERSEGUIR A LAS EMBARCACIONES DE RECREO QUE SE ACOGEN A OTRA BANDERA COMUNITARIA


                Desde que en 1986 España se integró en la UE permitiendo el libre movimiento de personas y mercancías, se abrió la posibilidad para las embarcaciones de recreo de huir de la farragosa y arbitraria burocracia marítima española. Los barcos de otras banderas comunitarias empezaron a poder permanecer indefinidamente en nuestras aguas, como parte de la UE que son, y podía suponer que un ciudadano español fuese propietario de un barco de bandera comunitaria y hacer exactamente lo mismo.


                Pero hay administraciones que son muy celosas de su poder y control sobre sus administrados y ya en 1992, una ley de Impuestos Especiales obligó a matricular en España a todos los medios de transporte, nuevos o usados, pertenecientes a personas o entidades con residencia fiscal en España si querían ser utilizados en nuestro territorio.


                Eso contravenía claramente el Acta Única Europea, pero aún tuvo que llegar el año 2011, para que en la ley de presupuestos generales, y para adaptarse a la legislación europea, se introdujera como excepción el haber abonado un 12% del valor de la embarcación, nueva o usada, en concepto de Impuesto de Matriculación.


                Ahí se abrió claramente la ventana para una fuga de considerables dimensiones hacia banderas comunitarias de burocracia más tratable, sobre todo la belga y la holandesa.


                Hay que hacer notar que la burocracia náutica española está en manos de la Dirección General de Marina Mercante, sin ningún organismo específico para la náutica de recreo, y que la normativa dedicada al recreo proviene en su mayor parte de la exigida a los grandes buques, resultando un laberinto normativo en el que resulta realmente difícil saber si estás cumpliendo lo exigido al 100%.


                A ello se une una compleja jerarquía de titulaciones, de zonas de navegación y una prolija lista de equipos a llevar en cada una de ellas. Además, no es suficiente que esos equipos tengan el Marcado CE, deben estar homologados por la propia DGMM, constituyendo claramente un filtro que obstaculiza la competencia o la adquisición de equipos que pueden resultar mucho más efectivos y económicos. La normativa también prohíbe taxativamente llevar a bordo cualquiera de esos equipos, aunque sea como equipos de respeto. Y las instalaciones de muchos equipos deben ser realizadas también por instaladores homologados por la DGMM.


                Las titulaciones, por su parte, aparejan una serie de prácticas en academias homologadas, prácticas que no aseguran en absoluto una competencia mínima para llevar una embarcación como patrón.


                Aún más, a partir del año 2000, se establecen como obligatorias unas inspecciones técnicas que recaen sobre unas Entidades Colaboradoras de Inspección, que en la práctica han resultado una suerte de impuesto más, debido a la variabilidad de su calidad técnica y a soslayar de un modo paternalista la responsabilidad propia del patrón en cuanto a verificar la seguridad del barco sobre el que navega, tal como sucede en el resto de Europa.


                Y todo ello atendido por una burocracia lenta, de trato displicente, con aplicaciones arbitrarias de normativa y un considerable elenco de multas que llegan a ser de cuantías desorbitadas. Esta burocracia ya no está en manos de las Comandancias de Marina, se ha traspasado a las Capitanías Marítimas, pero ese cambio apenas ha tenido efectos prácticos y existen considerables diferencias de rigidez y exigencias entre unas Capitanías y otras, llegándose al caso de multar a las embarcaciones que no enarbolan el pabellón nacional en días festivos, recurriendo a normativas existentes pero claramente anacrónicas.


                Con un panorama así, darse baja del pabellón español y adoptar otro pabellón europeo ha supuesto una fuga constante desde el 2011, fuga que permite navegar con un cierto grado de relajación ante la tesitura de poder ser abordado y multado por cualquier nimiedad.


                Pero ya en el año 2014, al hacerse patentes los palpables efectos de esa fuga, la DGMM introdujo en un Real Decreto la famosa Disposición Adicional Quinta, en la que obligaba contraviniendo los convenios marítimos internacionales firmados por España, a llevar titulación náutica española a los patrones con residencia en España.


                La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), emitida en 1982 y firmada por España, en su artículo 94, descarga la obligación de velar por la seguridad del barco, la competencia de la dotación y los equipos que el barco lleva en manos del estado al que pertenece el pabellón del barco. En el artículo 21.2 se recalca que el estado ribereño no podrá legislar sobre el diseño, construcción, dotación o equipo de los barcos que pasan por sus aguas o entran a sus puertos.


                La DA5ª vulnera claramente esa legislación internacional y tiene como claro objeto el mantenimiento de empresas y academias que se nutren del abigarrado e ineficiente sistema de titulaciones náuticas españolas. Por contrastar con otros países de nuestro entorno y larga tradición náutica, en el Reino Unido no es necesaria ninguna titulación para navegar, pero en cambio poseen unas titulaciones de gran prestigio internacional, que una gran parte de los navegantes británicos posee y que realmente tienen un componente práctico que sí que asegura capacidad para llevar como patrón una embarcación.


                Aún más, en el propio Código Civil español en su artículo 10.2 se especifica que a diferencia de los automóviles, barcos, aeronaves y trenes están sujetos a la legislación de su país de matrícula.


                La oposición a la promulgación de esta ley en 2014 fue casi inexistente, tal vez porque la mayor parte de los navegantes ya tuviera la titulación española, pero su ilegalidad es inapelable.


                Como una vuelta más de tuerca para hacer menos atractivos los pabellones comunitarios y ejercer su control sobre ellos, el Ministerio de Fomento ha sacado ahora, concretamente en el mes de mayo, un proyecto de Orden Ministerial en el que pretende hacer con los equipos lo mismo que hizo la DA5ª con las titulaciones, exigir el cumplimiento de la normativa española a propietarios y patrones con residencia en España.


                De manera muy curiosa, la tramitación de esa orden se inició en agosto del año pasado con una llamada a navegantes y asociaciones a presentar sugerencias a una modificación proyectada de los equipos exigibles a las embarcaciones españolas. Hubo una nutrida respuesta, esperando una racionalización del tema, para encontrarse en mayo de este año con un proyecto de orden ministerial puesto a exposición pública en el que la normativa para barcos españoles se mantenía virtualmente igual pero en el que aparecía la coletilla de su exigencia a propietarios y patrones con residencia en España, un torpedo directo a los pabellones comunitarios a los que se pretende exigir las homologaciones a la carta de equipos, las revisiones de equipos con periodicidad inferior a la exigida por los propios fabricantes y por supuesto, la capacidad de abordaje por las autoridades españolas para exigirlos con sus correspondientes sanciones en caso de incumplimiento.


                Con el cambio de gobierno y un nuevo ministro de Fomento y un nuevo director general de la DGMM, la aprobación definitiva de la orden se ha aplazado hasta septiembre, pero el descontento entre la comunidad de navegantes es palpable, y se teme que la inercia de una administración que trata de hacer volver al redil por las malas a quienes han utilizado las prerrogativas legales para acogerse a normativas más racionales que la española pretenda forzar la situación, con el apoyo de quienes se benefician económicamente de ello, y obligando a una lucha judicial y de movilizaciones que no resulta del agrado de nadie.


                Una puntualización, con la redacción actual de la ley de impuestos especiales, poseer pabellón comunitario no resulta en ninguna ventaja fiscal con respecto a los pabellones españoles, para los armadores con residencia fiscal en España; aún sufriendo un impuesto que no existe en el resto de Europa, la fiscalidad está equiparada, y lo que ha movido a la citada fuga a pabellones comunitarios ha sido básicamente la existencia de normativas más racionales y el poder evitar una burocracia anclada en tiempos pretéritos, permitiendo el uso del tiempo y los recursos económicos ahorrados en mejorar la seguridad de los barcos y sus equipos.



                Proponed modificaciones, matizaciones o añadidos


                Un saludo




                Llevo unos días sin mirar esto hace un rato me ha comentado Marcos el tema.


                ¡Extraordinario!

                Por supuesto estoy con vosotros y haré lo que esté en mi mano para dar a conocer tanto la "nota de prensa" como el panfleto.







                Editado por última vez por Javi-Miss Regina; 18/08/2018, 11:56:38.
                http://veleromissregina.blogspot.com.es/

                MMSI 261000522 CALL SIGN SPA2434

                Comentario


                • Re: Cambios en la normativa DGMM

                  Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                  Dejo aquí el enlace para que se descarguen el afiche en alta resolución, ya que si descargan el archivo desde la taberna, no tiene suficiente calidad para imprimir.
                  Por favor decidme si el enlace funciona.



                  Perfecto a falta de contenido, gracias.
                  .

                  sigpic Slava Ukrayini!.

                  Comentario


                  • Re: Cambios en la normativa DGMM

                    Compartido todo

                    Comentario


                    • Re: Cambios en la normativa DGMM

                      ¡¡¡Qué buen trabajo veo que estáis haciendo!!!
                      Ojalá esta vez sirva de algo y sea por fin un cambio positivo para la náutica de recreo.

                      Comentario


                      • Re: Cambios en la normativa DGMM

                        Creo que sería conveniente también enviar la nota por correo electrónico a la atención del nuevo ministro de Fomento o a otras instancias que tal vez no estén bien informadas sobre el tema o les hayan llegado versiones contradictorias..


                        A la atención del Ministro de Fomento


                        Estimado Sr. Ávalos:


                        Le enviamos el siguiente escrito para poner en su conocimiento la preocupación de la comunidad de navegantes de recreo por la situación de la normativa náutica española, situación que lejos de ir mejorando y adaptándose a la realidad europea y de los tiempos actuales, parece que se está hundiendo cada vez más en el inmovilismo y en el mantenimiento y defensa de intereses económicos concretos.


                        La náutica de recreo española, por su volúmen y características particulares merecería una gestión realizada por un organismo diferenciado del de la Marina Mercante y los grandes buques.


                        Sería precisa una remodelación completa de la normativa de forma que resultara un conjunto homogéneo, claramente visualizable y coherente con la normativa europea de Marcado CE de embarcacioners de recreo. Que huyera del paternalismo y que tuviera en cuenta la propia responsabilidad de los patrones en cuanto a capacitación, seguridad y equipos, como sucede en otros países de nuestro entorno.


                        La fuga a otros pabellones comunitarios no es casual, se debe en gran parte a una burocracia náutica nacional claramente fuera de su tiempo; en vez de tratar de asimilarlos a la normativa nacional, saltando por encima de la legislación internacional, se debería modernizar nuestra burocracia, limpiándola de las servidumbres a determinados sectores económicos y ofreciendo una gestión pública moderna al servicio del ciudadano, de su seguridad y de su formación, pero no como obligación coercitiva, sino con la promoción de la enseñanza de calidad y de la responsabilidad y conocimientos en cuanto a seguridad.


                        Esta es una explicación sucinta de la situación en este momento concreto:


                        EL MINISTERIO DE FOMENTO VULNERA LA LEGALIDAD INTERNACIONAL PARA PERSEGUIR A LAS EMBARCACIONES DE RECREO QUE SE ACOGEN A OTRA BANDERA COMUNITARIA


                        Desde...



                        fomento@fomento.es
                        "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

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                        • Re: Cambios en la normativa DGMM

                          Correo enviado

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                          • Re: Cambios en la normativa DGMM

                            Os puedo asegurar que sois la envidia de la náutica española. Creo que el video de Caribdis nos ha despertado...

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                            • Re: Cambios en la normativa DGMM

                              Yo solo Puedo enviarlo por watsup a mis amigos contacto espanoles....si lo pasais encantado

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                              • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
                                Os puedo asegurar que sois la envidia de la náutica española. Creo que el video de Caribdis nos ha despertado...
                                no se trata de ser un heroe ni buscar un estatus,se trata de luchar por unos derechos,las personas ya estan cansadas de que los pisen,un saludo

                                Comentario


                                • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                  Originalmente publicado por HIPPIE Ver Mensaje
                                  no se trata de ser un heroe ni buscar un estatus,se trata de luchar por unos derechos,las personas ya estan cansadas de que los pisen,un saludo

                                  Pero es una maniobra de extrema dificultad que se denomina "llamar a las cosas por su nombre", eso no es posible así tan facilmente cuando no estás claramente en uno de los lados de la cuestión y pretendes quedar bien con los que nominalmente defiendes y con los que están del otro lado...


                                  Y ya no digamos hacer esto en el período en que todo profesional tiene derecho a descansar y a apagar tranquilamente el móvil y concentrarse en la puesta del sol!!!


                                  "Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga"

                                  Comentario


                                  • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                    profecional yo mañana a las cinco a currar y a rañala jujujujujuju

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                                    • Cambios en la normativa DGMM

                                      Bravo por todos. ¡Lucharemos!
                                      sigpic
                                      En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico

                                      Comentario


                                      • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                        Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                                        Dejo aquí el enlace para que se descarguen el afiche en alta resolución, ya que si descargan el archivo desde la taberna, no tiene suficiente calidad para imprimir.
                                        Por favor decidme si el enlace funciona.



                                        ¡¡¡ FUNCIONA !!!

                                        Descargado, copiado, reenviado, listo para imprimir.
                                        * Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
                                        * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
                                        * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.

                                        Comentario


                                        • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                          La que e liado en la taberna de Facebook,se están tirando a matar😂😂allí por lo menos se ve la cara de cada uno,solo hice un copia pega de estos últimos textos jujujujuju

                                          Comentario


                                          • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                            Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                                            Bueno, ya tenemos material de sobra para comenzar. Dentro del código tres enlaces :Uno a la página de ANAVRE, y dos a videos en youtube, uno con el texto de Caribdis y otro con el texto de la alegación que envió Anavre redactada por Fuerza 7
                                            Si como dicen mas arriba lo colocan en dos idiomas, pues mejor.
                                            Le damos para adelante o alguien quiere cambiar algo? Rapidito por favor que el tiempo pasa y hay que empapelar los puertos

                                            Yo pondria ademas la direccion web. Para los que no tenemos li del codigo QR... Que somos muchos!!!

                                            Ewtoy disfrutando, os aseguro, de mis merecidas vacaciones (1 semana)...

                                            Me pongo en lo que haga falta la semana que viene...

                                            Gracias a TODOS!!!

                                            Comentario


                                            • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                              Vamos chicos,

                                              sabéis que cuando subo algo al blog no lo pongo aquí nunca.

                                              pero pasar a ver si os gusta, mandar el link a quien consideréis oportuno.

                                              Comentario


                                              • Re: Cambios en la normativa DGMM


                                                Yo tambien lo he añadido a mi web en primera pagina, tambien sacare copias para repartir alla donde vaya.



                                                Saludos.
                                                sigpic

                                                Comentario


                                                • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                                  compartido en facebook, en personal y en trabajo

                                                  Comentario


                                                  • Re: Cambios en la normativa DGMM

                                                    y com0 digo yo???? a rañala...me van meter en el trullo jujujujujujuj

                                                    Comentario

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                                                    La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

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