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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

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Abanderamiento En Polonia

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  • Abanderamiento En Polonia

    Hola, si es posible poner 2 propietarios.

    La semana pasada recibí la tarjeta. Salimos como "owner" mi mujer y yo. Y como Armador solo yo.

    Saludos


    Enviado desde mi Armor X7 Pro mediante Tapatalk

    Comentario


    • Re: Abanderamiento En Polonia

      Originalmente publicado por skovela Ver Mensaje
      Buenas tardes, estamos mi socio (en el barco) y yo registrando nuestro barco en Polonia y nos dicen que solo uno puede figurar como armador. Tiene alguien experiencia en este sentido?. Es posible poner los dos nombres en la tarjeta?

      Gracias y unas
      Sí, es posible tener varios propietarios listados en la tarjeta. Yo mismo a veces registro barcos en Polonia con 2 socios. Los documentos de propiedad deben mostrar los nombres de los propietarios.

      Comentario


      • Re: Abanderamiento En Polonia

        Para asegurar el barco, ¿indicáis a la aseguradora el Puerto base del registro polaco o bien el puerto base español donde normalmente estáis? Saludos

        Comentario


        • Re: Abanderamiento En Polonia

          Novedades calentitas: Hoy 20/05/2021, aplicable el 1/7/2021:
          Obligación balsa salvavidas:
          c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso y disfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España
          LSV - BARCO KAU-BÉ.
          "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

          MMSI: 261000743

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          • Re: Abanderamiento En Polonia

            eso es la zona 4, no hace falta balsa ni siquiera a los barcos con pabellon español.
            .

            sigpic Slava Ukrayini!.

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            • Re: Abanderamiento En Polonia

              Originalmente publicado por alfonsocaminos Ver Mensaje
              Para asegurar el barco, ¿indicáis a la aseguradora el Puerto base del registro polaco o bien el puerto base español donde normalmente estáis? Saludos
              Ambos, puerto de matricula y puerto base, son datos diferentes.

              Courage mieux que l'argent
              IG @asailorsoul

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              • Re: Abanderamiento En Polonia

                ZONA 1 – SOLAS TIPO A

                ZONA 2 – ISO9650 o equivalente homologada – SOLAS TIPO B

                ZONA 3 – ISO9650 o equivalente homologada – SOLAS TIPO B

                Ámbito de aplicación “Este real decreto se aplicará a TODAS las embarcaciones de recreo que se hallen en alguna de las situaciones siguientes:

                a) Estén matriculadas, inscritas o preinscritas en España.
                b) De conformidad con la legislación vigente, desarrollen una actividad con fines comerciales o lucrativos en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, cualquiera que sea su Estado de pabellón.
                c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso y disfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España”.

                https://www.nauticayyates.com/ny-al-...actualizacion/
                LSV - BARCO KAU-BÉ.
                "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

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                • Re: Abanderamiento En Polonia

                  Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                  Obligación balsa salvavidas:
                  c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón ...
                  Supongo que habrás copiado este texto del RD. ¡Vaya despropósito de
                  redacción!. En aguas interiores no hace falta la balsa.

                  No te preocupes Luis, que solo podrán pedir (y lo dudo), el equipo de
                  seguridad de zona 4.


                  Salud y


                  El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                  http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                  • Re: Abanderamiento En Polonia

                    Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                    Ámbito de aplicación “Este real decreto se aplicará a TODAS las embarcaciones de recreo que se hallen en alguna de las situaciones siguientes:

                    a) Estén matriculadas, inscritas o preinscritas en España.
                    b) De conformidad con la legislación vigente, desarrollen una actividad con fines comerciales o lucrativos en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, cualquiera que sea su Estado de pabellón.
                    c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso y disfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España”.

                    Pero solo dentro del mar territorial (12 mn).


                    Salud y


                    El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                    Comentario


                    • Re: Abanderamiento En Polonia

                      Aguas interiores o mar interior: "Aguas Interiores, son las que se encuentran a lo interior de la Línea de Base, en las cuales el Estado Ribereño ejerce plena soberanía."
                      No se refiere a los pantanos si no a golfos, bahías, ensenadas, rías, etc
                      LSV - BARCO KAU-BÉ.
                      "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                      MMSI: 261000743

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                      • Re: Abanderamiento En Polonia

                        Señores dejemos este estado paranoico que está creando el decreto. En las doce millas podrán pedir la documentación y lo reglamentario a dónde te encuentres. A partir de las doce millas aguas internacionales, sabéis de algún agente de la autoridad que haya entrado en embajada o consulado a "pedir papeles". Vaya por delante que mi barco es más seguro que el de algunos vecinos de pantalán con bandera española que sus barcos son de orza abatible,motor fuera borda en el mejor de los casos de 25 CV y están en zona 2 y 3. Que algún ingeniero naval me lo explique por favor.
                        Además el TS ha creado suficiente jurisprudencia sobre lo que se reputa como domicilio/morada.
                        Mi más sentido pésame para los funcionarios de la Guardia Civil del Mar que hayan de intentar aplicar el decreto?
                        En éste colectivo hay personas de todas las profesiones que comparten una afición, el mar.

                        Comentario


                        • Re: Abanderamiento En Polonia

                          Bueno ya tengo la documentación definitiva ha sido bastante rápido. Y que maravilla la documentación una tarjeta. A ver si los iluminados de la DGMM se enteran que los pergaminos ya hace algún tiempo que se dejaron de usar.
                          Ahora a ver lo del mmsi, cuanto tarda el mmsi entre se solicita y lo recibes?
                          “La vida es como un viaje por la mar: hay días de calma y días de borrasca; lo importante es ser un buen capitán de nuestro barco.” -Jacinto Benavente- .....

                          Comentario


                          • Re: Abanderamiento En Polonia

                            Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                            ZONA 1 – SOLAS TIPO A

                            ZONA 2 – ISO9650 o equivalente homologada – SOLAS TIPO B

                            ZONA 3 – ISO9650 o equivalente homologada – SOLAS TIPO B

                            Ámbito de aplicación “Este real decreto se aplicará a TODAS las embarcaciones de recreo que se hallen en alguna de las situaciones siguientes:

                            a) Estén matriculadas, inscritas o preinscritas en España.
                            b) De conformidad con la legislación vigente, desarrollen una actividad con fines comerciales o lucrativos en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, cualquiera que sea su Estado de pabellón.
                            c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso y disfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España”.

                            https://www.nauticayyates.com/ny-al-...actualizacion/
                            Deja de hacer el ridículo cofrade. El ansia patriota te puede.

                            Comentario


                            • Re: Abanderamiento En Polonia

                              Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                              Pero solo dentro del mar territorial (12 mn).


                              Salud y
                              El punto c lo dice bien claro, en aguas interiores o territoriales .

                              Comentario


                              • Re: Abanderamiento En Polonia

                                Originalmente publicado por Pepitake Ver Mensaje
                                Deja de hacer el ridículo cofrade. El ansia patriota te puede.
                                Escucha listillo. Estoy poniendo información que afecta a mucha gente, incluido yo que tengo bandera extranjera.
                                Así que no trollées más y si alguien hace el ridículo eres tú que no sabes de qué hablas.
                                Para insultar vete al monte del que saliste y no en este foro.
                                LSV - BARCO KAU-BÉ.
                                "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                                MMSI: 261000743

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                                • Re: Abanderamiento En Polonia

                                  Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                                  Escucha listillo. Estoy poniendo información que afecta a mucha gente, incluido yo que tengo bandera extranjera.
                                  Así que no trollées más y si alguien hace el ridículo eres tú que no sabes de qué hablas.
                                  Para insultar vete al monte del que saliste y no en este foro.
                                  De informar nada. Este post trata de Abanderamiento en Polonia. Y has venido tu a soltar una parrafada que nada tiene que ver con el hilo .

                                  Más bien estas desinformando. Desconozco el motivo. Entiendo que por ignorancia y no por mala fe. Por eso te he dicho lo de hacer el ridículo. Y aquí el único que esta insultando eres tú.
                                  Editado por última vez por Pepitake; 21/05/2021, 08:50:37.

                                  Comentario


                                  • Re: Abanderamiento En Polonia

                                    Vamos a ver, es bastante simple, en ningun sitio dice que dentro de las 12 millas haga falta balsa, sean barcos españoles o Lituanos, ni ahora, ni antes tampoco, eso no ha cambiado, de hecho la balsa solo se exige para los barcos despachados en las zonas 1, 2 y 3 solamente cuando esten navegando en esas zonas, si estan en las zonas 4, 5, 6 o 7 no tienen obligacion de llevarla, simplemente se les exige el material de la zona por la que estan navegando, es mas, solo tienen la obligacion de llevar el mumero de chalecos necesario para las personas que estan en el barco, da igual que el barco este habilitado para 12 personas, si en ese momento hay solo dos, tienes que llevar dos chalecos, el resto puedes dejarlos en casa.


                                    La zona de navegacion 4 (12 millas paralelas a la costa)es la que mas se ajusta al mar territorial, aunque no siempre.

                                    En algunos casos donde las lineas de base se separan bastante de la costa, ese mar territorial puede estar a bastante mas distancia que lo que permite la zona 4 (por ejemplo el golfo de Valencia. donde la linea de base se traza desde el cabo de Cullera hasta la escollera del puerto de Sagunto) pero en esos casos solo hay que buscar alguno de los extremos desde el cual salir de las aguas españolas.

                                    En este tema no hay nada nuevo, siempre se ha hecho asi y este RD no cambia ni una coma respecto al de hace 17 años.

                                    Aqui dejo el BOE donde se delimitan las lineas de base en el estado Español por si alguien quiere consultarlas;

                                    Editado por última vez por markuay; 21/05/2021, 11:02:11.
                                    .

                                    sigpic Slava Ukrayini!.

                                    Comentario


                                    • Re: Abanderamiento En Polonia

                                      Por lo demas, yo tambien creo que no es el hilo adecuado para tratar este tema, ya que como su propio nombre indica va de abnderamiento en Polonia y si empezamos a meter de todo sera complicado para la gente separar los temas.
                                      .

                                      sigpic Slava Ukrayini!.

                                      Comentario


                                      • Re: Abanderamiento En Polonia

                                        De acuerdo Markuay, lo que trato de decir es que a los que se van a pasar a bandera polaca, como yo, que esto nos afecta de plenamente pues elimina alguna de las ventajas del cambio.
                                        Dicho esto y conocido por todos el hecho doy por terminada mi comunicación.
                                        Ánimo y que no decaiga.
                                        LSV - BARCO KAU-BÉ.
                                        "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                                        MMSI: 261000743

                                        VER Mi canal en YOUTUBE
                                        VER TODOS MIS DISEÑOS 3D

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                                        • Re: Abanderamiento En Polonia

                                          Originalmente publicado por LSV Ver Mensaje
                                          De acuerdo Markuay, lo que trato de decir es que a los que se van a pasar a bandera polaca, como yo, que esto nos afecta de plenamente pues elimina alguna de las ventajas del cambio.:
                                          Bueno, algo afecta, pero no tanto como puede parecer, puedes navegar mas alla de las 12 millas sin tener que someterte a las arbitrariedades de la DGMM, de momento si quieres llevar balsa (sigue siendo opcional), esta no tiene porque estar homologada por la DGMM, ni pasar las revisiones que se exigen para los abanderados en España.

                                          Basicamente se exige el material de seguridad de la zona 4, algo que la mayoria de armadores ya tenemos o incluso superamos con creces porque en muchos casos hemos incorporado material de seguridad CE mucho mas moderno.
                                          .

                                          sigpic Slava Ukrayini!.

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                                          • Re: Abanderamiento En Polonia

                                            Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                                            Bueno, algo afecta, pero no tanto como puede parecer, puedes navegar mas alla de las 12 millas sin tener que someterte a las arbitrariedades de la DGMM, de momento si quieres llevar balsa (sigue siendo opcional), esta no tiene porque estar homologada por la DGMM, ni pasar las revisiones que se exigen para los abanderados en España.



                                            Basicamente se exige el material de seguridad de la zona 4, algo que la mayoria de armadores ya tenemos o incluso superamos con creces porque en muchos casos hemos incorporado material de seguridad CE mucho mas moderno.
                                            Y no nos olvidemos de la dichosa ITB, que para mi uno de los mayores anacronismos. Siempre digo q pasarua la ITV a mi coche aunque no fuese obligatoria. Son 40€ y revisan todos los elementosmecánicosq afectan a mi seguridad. Por la ITB me cobran 300€ y mira q tenga el material requerido, q arranque el motor, q llame al marinero por la vhf, y una foto del barco en seco. Da igual q el casco este podrido, el timón cayéndose, y la quilla sujeta con sikaflex.

                                            Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
                                            "Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable."

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                                            • Abanderamiento En Polonia

                                              Es un sacapaerras, como casi todo lo que tiene que ver con la DGMM.
                                              Van variando normativas y forzando la peña a pasar por el aro con regularidad.
                                              Ahora habrá un boom de consumo de todos los pollos sin cabeza intentado evitar sanciones este verano.

                                              Me parece muy bien que guíen y eduquen...
                                              Ahora que salgan a saco a sancionar...pues ya sabemos de que va...

                                              Seguridad, y un rábano. Solo ordeñar al sector con un excusa políticamente correcta.

                                              No brindo.






                                              Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk

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                                              • Re: Abanderamiento En Polonia

                                                Originalmente publicado por FAVIOV Ver Mensaje
                                                Ahora habrá un boom de consumo de todos los pollos sin cabeza intentado evitar sanciones este verano.
                                                Creo que el plazo para actualizar los barcos conforme al RD es de 6 meses.
                                                Sería interesante confirmar este punto, para que el personal no ande apurado
                                                todo el verano con el dichoso "decretazo" (realeza al margen).


                                                Salud y


                                                El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                                http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                                                • Respuesta: Abanderamiento En Polonia

                                                  Pues yo he tramitado el cambio de bandera de inglesa a Polaca, a través de una gestoría de Barcelona, hace más de un año que que inicié los trámites y aún no le han llegado los papeles al gestor. Me dió el provisional en febrero y no sé... Parece como un corta y pega. Además creo que sólo es válido para un mes. ¿A alguien le a ocurrido algo parecido?. Llamo al gestor y me da largas constantemente. Me da la impresión de que me han estafado.

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                                                  • Re: Respuesta: Abanderamiento En Polonia

                                                    Originalmente publicado por pacopil Ver Mensaje
                                                    Pues yo he tramitado el cambio de bandera de inglesa a Polaca, a través de una gestoría de Barcelona, hace más de un año que que inicié los trámites y aún no le han llegado los papeles al gestor. Me dió el provisional en febrero y no sé... Parece como un corta y pega. Además creo que sólo es válido para un mes. ¿A alguien le a ocurrido algo parecido?. Llamo al gestor y me da largas constantemente. Me da la impresión de que me han estafado.
                                                    Pinta muy mal. La provisional es para un mes.

                                                    Enviado desde mi CLT-L29 mediante Tapatalk
                                                    “La vida es como un viaje por la mar: hay días de calma y días de borrasca; lo importante es ser un buen capitán de nuestro barco.” -Jacinto Benavente- .....

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