Cita:
Originalmente publicado por Haize Alde
" Si el barco ya tiene bandera española, pringas sin remedio."
Y ahora la pregunta del millón  .
¿Se puede dar de baja el barco en España y abanderarlo en Francia con residencia española?. Si es que si, problema resuelto. Con residencia o segunda residencia francesa, no hay problema.
Claro, en Hondarribía o Hendaya estás unos días en España y otros en Francia o si te tocan los h... navegas en la zona francesa, pero ... ¿Valdría lo mismo en Málaga?

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Si el barco ya esta matriculado, esta en la misma situacion que antes de la reforma, porque no le afecta la exencion.
O sea, que si eres residente, tienes obligacion de mantenerlo matriculado. Y si te basas en fingir que no eres residente y la DGMM demuestra lo contrario (si tienes trabajo, familia, etc.), pringas. Y encima te puede poner una gran multa.
Si no eres residente, entonces, por supuesto que puedes darlo de baja en capitania y matricularlo donde quieras.