La Taberna del Puerto Svb
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Foro Náutico Deportivo

Avisos

 
 
Herramientas Estilo
  #11  
Antiguo 17-01-2014, 11:01
Avatar de Camelot
Camelot Camelot esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 27-10-2006
Localización: Barcelona
Mensajes: 1,005
Agradecimientos que ha otorgado: 159
Recibió 267 Agradecimientos en 163 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: licencia federacion

Cita:
Originalmente publicado por BARDAYU Ver mensaje
Esto pertenece a la guia de recomendaciones para organizar regatas de la Federación:


PREAMBULO
La presente Guía de Recomendaciones tiene por finalidad determinar las condiciones que deben
reunir los Clubes o entidades organizadoras que deseen acoger alguna Regata Oficial.
Esta Guía de Recomendaciones será de aplicación, con las necesarias adaptaciones derivadas de
las condiciones y compromisos con las Entidades Organizadoras implicadas en el acontecimiento.
Así mismo, será de aplicación a otras regatas organizadas por la RFEV o en las que ésta
intervenga o colabore.
Para las regatas no oficiales, esta Guía establece una lista mínima de medios, instalaciones y
estructuras a considerar en su organización. Su contenido no es exhaustivo y puede ampliarse y
completarse para eventos determinados en función de sus características



2.3 Funciones de la Federación Autonómica, el Club anfitrión y las demás entidades
colaboradoras
Estas entidades deberán tener previsto:
(a)
Las instalaciones, los medios materiales y humanos necesarios para el buen
funcionamiento de los diferentes comités, así como el aseguramiento de los riesgos
derivados de la regata.
(b)
La atención a participantes y organizadores
(c)
Las relaciones públicas, las relaciones con los medios de comunicación, y la difusión de
la regata.
(d)
los actos sociales y las ceremonias de inauguración y clausura.
(e)
El servicio meteorológico y los servicios de salvamento, asistencia sanitaria y seguridad.
(f)
La comprobación de la documentación necesaria para las inscripciones de los
participantes, y muy especialmente lo relativo a Licencias Federativas y Publicidad.
En ningún caso se permitirá la participación de un barco en una regata, sin que éste
presente el Certificado de Publicidad, las Licencias Federativas de toda la tripulación
y la
documentación solicitada en el Anuncio de Regatas, o acrediten de forma fehaciente que
las tienen y están al día.
(g)
La comunicación a la Capitanía Marítima correspondiente.


Entiendo que las regatas que están en la estructura organizativa de la Federación, sean oficiales o no oficiales exigen que se tenga la licencia federativa.

Que se puedan hacer regatas fuera de estas estructuras federativas pues está por determinar, me imagino que la RANC está en ello, pero que en las regatas de clubs federados es obligatorio tener licencia creo que esta bien claro.

saludos


Seguimos igual, como dice el titulo esto es una guía de recomendaciones no de obligaciones....

Así que recomiendan que se pidan las licencias (solo faltaría que la fereracion no recomendase a los clubs que engorde sus ingresos) pero sigue sin existir obligación si el club no quiere seguir esta recomendación y no lo exige en las instrucciones de regata.
__________________
Una ronda.... que pago yo
El exito es la preparación combinada con la oportunidad.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Camelot
Atnem (17-01-2014)
 

Svb

Etiquetas
federacion, licencia, regata, vela cruceros


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 22:47.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto