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Antiguo 06-08-2011, 12:04
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Predeterminado Re: Navegación Y Fondeo En Las Zonas De Baño (sean Playas O No)

Voy a completar (o liar un poco) con esta información.
Me tenéis que disculpar que al no estar en el PC de mi casita, donde tengo todas estas leyes desde el año 72 (primera ley de playas que establece límites y entre otras cosas pone las banderas roja-amarilla-verde...) hasta hoy. Digamos que he trabajado en el sector de la "náutica vista desde la playa". Tenemos que ver estas leyes “limitadoras” desde el punto de vista de la seguridad. Las franjas de seguridad lo son tanto para embarcaciones (que pueden evolucionar negativamente cerca de costa o playa y tener un accidente) como de bañistas, a los que se les viene encima un barco y no tienen capacidad de reaccionar.


PRIMERO:
Fondear y navegar ES LO MISMO a efectos de estas leyes. Para que un barco haga fondeo, debe llegar navegando y zarpar igualmente. Además el borneo se considera una evolución del barco. El barco puede ser peligroso para bañistas y para otros navegantes, tanto fondeado como navegando, incluso perfectamente señalizado, así que fondear y navegar es una misma cosa a efectos de la ley. Tampoco se diferencia si el buque está a la deriva, o a la capa, o ... Así que navegar es TODO.

SEGUNDO:

La costa es TODO el litoral. La PLAYA es una zona recreativa habilitada para el acceso a la costa,y normalmente para el baño. Las playas dependen de los ayuntamientos y deben estar dadas de alta como tales. Las playas deben disponer de un balizamiento con boyas amarillas que indiquen su existencia, pero incluso sin este balizamiento, serán consideradas PLAYAS. Las boyas de balizamiento pueden ser colocadas a 200m. de la línea de costa, como dice la ley, pero también a menor distancia (cosa habitual)

TERCERO:

Aunque a veces resulte absurdo, la línea de 200m. desde la costa establece una franja que legalmente se denomina
ZONA DE BAÑO, y la navegación ESTÁ LIM ITADA (3 nudos). Si, además, existen balizas, la navegación está prohibida. Las embarcaciones accederán a la playa por el canal de embarcaciones si existe. Si no hay canal de embarcaciones y no hay baliza, se autoriza a las motos acuáticas (y a otras embarcaciones auxiliares) a llegar a la playa en rumbo perpendicular a la misma y a menos de 3 nudos (entre los bañistas).

CUARTO:

Según el RIPA, se considera buque a todo artefacto flotante con capacidad de propulsión. No me quiero meter en un charco diciendo que el colchón hinchable más unos buenos brazos sea un buque, pero ESTÁ PROHIBIDO el uso de balsas a remos, piraguas, windsurfing, y otros artefactos en la zona de baño, pese a que en muchas playas esto se incumple por el mismo ayuntamiento, que monta sus escuelas dentro de las zonas de baño. La ley afecta a todo artefacto navegante, incluidas piraguas, motos de agua, kytesurf, etc... Otra cosa es que, por ejemplo con la piragua, se sea tolerante y no haya muchas sanciones, pero las hay.

QUINTO:

Supongamos que no hay nada de balizamiento. La línea de 200 metros de protección se refiere a las PLAYAS. Para el resto de la costa estaba establecida una franja de 50 metros (según la página de Fomento esto ha cambiado y ahora es 200m para todoí). Fuera de esas franjas de 50m desde costa y 200m. desde playas, navegación libre. Dentro de esa franja, el barco a máximo 3 nudos. Esta velocidad es para evitar accidentes con submarinistas (por ejemplo en costas), redes, emisarios, estructuras artificiales sumergidas, rocas que no velan con marea alta, etc... En el caso de las playas, ya se sabe que los bañistas aficionados se alejan a veces de forma imprudente de la costa, tanto en buceo aficionado como en natación.


SEXTO:
Efectivamente los ayuntamientos tienen reglamentos de playas, y pueden denunciar y sancionar a quienes vayan contra su ordenanza, que siempre será en tierra, o referida a ésta. Por ejemplo, si varamos la moto acuática en la playa, o si rompemos una línea de balizamiento, o modificamos una boya... Pero lo relativo a navegación, fondeo y al agua en general, lo sanciona Capitanía, aunque la denuncia sea formulada por un agente urbano (policía municipal) o guardia civil de tierra o mar.



Así que en respuesta a tus preguntas:

1º) Te han contestado muy bien otros cofrades. Ya sabes que la primera ley es de 1972.
2º) ¿A qué distancia de la costa se puede fondear y navegar (a menos de 3 nudos) en una playa no balizada? No se dice. ¿A cualquier distancia? ¿A 25 m.? ¿A 50 m.?

NAVEGACIÓN LIBRE A 50m. de las costas no declaradas playas, y a 200m. de las playas.
NAVEGACIÓN REDUCIDA A 3knt dentro de esas franjas, si no hay balizamiento.
FONDEO permitido frente a una playa, si no hay balizamiento, siempre que arribes y zarpes a menos de 3 nudos.
NAVEGACIÓN Y FONDEO PROHIBIDO si hay balizamiento, sea éste a la distancia que sea. El balizamiento puede ser una única boya amarilla. Se trazará línea imaginaria ente ésta y los dos puntos más cercanos de costa, a ambos lados de la playa que se baliza.

3º) ¿Se considera el espigón de la playa una balización? Aquí en Tenerife hay muchas playas sin balización, pero que tienen espigón, y me entra la duda de si puedo o no puedo entrar navegando y/o fondear.

200m desde la playa. El espigón que protege una playa, es playa, pero no es balizamiento. Las balizas son boyas amarillas puesto que así lo establece el RIPA y la ley hay que cumplirla. No puede un ayuntamiento poner balizas con figuritas de BobEsponja, por ejemplo.

4º) El segundo párrafo debe estar mal redactado, porque si se toma literalmente dice que a 200 m. de toda la costa no se puede navegar a más de 3 nudos. ¡¡Manda huevos!! ¿Qué se considera zona de baño en la costa? ¿Toda la costa? ¿La costa que permita el acceso a pie? ¿La costa donde haya playa? Esto es un lío.

DE TODA LA VIDA HA SIDO 50m. desde la costa, 200m. desde playas. Pero la página de Fomento es clarísima. 200m. desde TODA LA COSTA. En la misma página deja claro que el fondeo es posible. Este es el link.

5º) ¿Qué se considera playa? ¿Todas? ¿Sólo las de arena? Porque según el diccionario de la Real Academia, las playas son sólo las de arena ("Ribera del mar o de un río grande, formada de arenales en superficie casi plana")

En esto no manda la RAE sino el ayuntamiento. El catálogo de playas lo tienes en la página del Ministerio de Medio Ambiente, pero aún así, todo lo que sea arena, es playa, porque aunque tú no lo creas, el ayuntamiento ya lo habrá declarado como tal, ya que es un aspecto turístico importante. También hay playas declaradas como tales y no tienen ni gota de arena (ver Torrevieja), porque se ha habilitado acceso al agua con plataformas, escaleras, etc... Son playas legalmente, porque es el acceso al agua del mar para el ocio y el disfrute.

Siento el rollo.
Es lo que tiene tener poca faena.

__________________
~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~
6 Cofrades agradecieron a Juanitu este mensaje:
genoves (06-08-2011), iperkeno (09-08-2011), LP706 (07-08-2011), MikeAlfaCharlie (07-08-2011), yulxxx (07-08-2011)
 

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Etiquetas
costa, fondeo, navegar, playa

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