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#1
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Para navegar, lo que no está muy regulado, ni tienen límites de eslora, de momento, son las barquillas de los globos
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#2
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Yo me saqué el PNB hace tres meses.
No seria justo que esa ley se aprobase.En mi opinión lo justo sería dar la oportunidad a los que tienen el PNB de hacer una prueba en la cual entrase lo que diferencia el temario del PER al del PNB (cartas sobre todo). |
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#3
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El título de CAPITAN DE YATE (ESPAÑOL ) , no es como el famoso CAPITAN DE YATE (CANADIENSE ) . Aquí uno se lo tine que currar si quiere
aprobar . No sería justo que ahora le quitasen competencias en la limitación de eslora . Vamos , pienso yo . ![]() |
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#4
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si eliminan el pnb entonces.. lo del pnb que seremos.
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#5
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Salud a todos,
Me parece a mi que lo de los 24 m. ya es hoy una limitación 'de facto' para los CY, pues a partir de esa eslora las embarcaciones de recreo ya no lo son legalmente: Según el artículo 2.1 del RD 1434/1999, de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquéllas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros. y , entiendo yo, que si no son de recreo, necesitan tripulación profesional. Así que lo de la limitación de eslora que proponen, de hecho ya existe. Lo que no mola nada es que nos quiten lo de 'sin limite alguno...' :-) una ronda , que estamos secos. |
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#6
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Cita:
ORDEN FOM/3200/2007 Artículo 8 Condiciones de obtención y atribuciones de los títulos: A- Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Si fuera como dices, no hubiera costado nada añadir "Hasta 24m de eslora" al igual que se indica 20m para PY o 12m para PER...etc. Esto se ha tratado en otros hilos, quizás te interese utilizar el buscador. Un saludo y ![]() |
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#7
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A mi lo que me parece más injusto es que desaparezca el PNB. ¿Qué pasa con los que lo tenemos? Si por lo menos nos dieran la oportunidad de ascender al PER haciendo un examen de cartas, sería más justo.
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#8
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Cita:
¡Pues no! Hoy, un capitán de yate puede patronear un buque de recreo (> 24 mts de eslora), mientras cumpla con las condiciones de seguridad establecidas para buques. Hoy no hay ninguna razón por la que un capitán de yate no pueda patronear un buque de recreo, si cuenta con la dotación mínima de tripulación profesional que es necesario según SOLAS y la DGMM. Tampoco un Capitán de la Marina Mercante puede patronear un buque (sea del tipo que sea) por sí sólo, si no cuenta con la dotación mínima de tripulación profesional que es necesario según SOLAS y la DGMM. ![]()
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Iñaki |
| 2 Cofrades agradecieron a Iñaki/Sinvergüen este mensaje: | ||
antares1_0 (15-11-2011), Calipso (18-11-2011) | ||
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#9
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Cita:
http://www.nauticalegal.com/en/artic...stan-regulados ![]() |
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#10
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Lo que me tenia confundido era lo de tripulacion profesional.
Creo entender que para mas de 24 mts necesitas tripulacion(marineros) pero no hace falta patron profesional ![]() |
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#11
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Y el PY lo aumentan a 24m
y supongo que mantienen las 60 millas para poder dar el salto a las Baleares . Solo faltaría que lo bajasen a 50 y no poder ir .Son unos Campeones, sobre todo Pepiño el gasolinero
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Navegar sin temor en el mar es lo mejor, y si el cielo esta muy azul, el barquito va contento por los mares lejanos del Sur. ![]() Socio Anavre : 784 |
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#12
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Cita:
Lo cual es totalmente lógico. Nadie puede maniobrar por sí sólo un buque, ni debería estar más de 8 ó 10 horas de guardia. Es una pura cuestión de seguridad!!! Pero un Capitán es un capitán sea de Yate o de la M.M (aunque tengo muy claro que uno de la M.M. tiene una preparación adecuada para buques de gran porte cuando obtiene el mando y -en general- uno de yate, salvo que la haya adquirido navegando junto a un Capitán de la M.M. o de la Armada, pues no). Por cierto, las dotaciones mínimas para un buque, nunca las he tenido claras, porque lo máximo que he patroneado son embarcaciones de 53 pies y no he tenido que ocuparme de una forma específica del tema, pero siempre que he buscado información al respecto, no he logrado encontrar nada totalmente definido al respecto. Si alguien me lo puede aclarar, se lo agradeceré. ![]()
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Iñaki |
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#13
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España , precioso , pequeño y entrañable país de pandereta, lleno de toreros y tonadilleras, buena gente cada vez un poco mas triste , y buen lugar, donde unos pocos trileros y titiriteros se dedican a j..der a muchos.
Yo paso del Capitán de Yate, lo tenia como objetivo, pero sinceramente estoy cansado de seguirles el juego a estos payasos. Aprenderé lo que me resulte necesario y útil para posteriormente largarme de aquí y que me dejen en paz. p.d. Por supuesto con cualquier tipo de bandera que no sea la española, la cual sin duda llevaré siempre en el corazón.
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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#14
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Cita:
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#15
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Yo era lo que tenia entendido que no teian o teniais limitacion ninguna. Incluso hablando con el jefe de registro de buques de una capitania, en un supuesto de un barco de 124 pies, me lo dijo incluso me dijo que no necesitaba tripulacion. Teniendo en cuenta que hablamos siempre de 7ª lista
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#16
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Claro!!esto siempre es lo mismo!!! el interes de unos lo tenemos que pagar siempre los mismos!!
asi esta la mar!!que hay mucha gente que no sabe ni cual es la banda de estribor !!!cuanto menos de codigos, señales...!!! saludos!! |
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#17
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Cita:
Es de 2005, y hace referencia a la Orden de 17 de junio de 1997, en la cual si que es cierto que figuraba esa apreciación de los buques de más de 24 metros. Pero en la actualidad, esa Orden fue derogada y reemplazada por la Orden FOM 3200/2007, en la que desaparecía esa coletilla, y el texto quedaba solo como "Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Además, podrán gobernar motos náuticas." Por otro lado, el Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques (que entró en vigor este pasado 1 de enero); especifica que es embarcación de recreo "toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado c) de este artículo y utilizada para fines deportivos o de ocio. Quedan comprendidas en esta definición las embarcaciones ya sean utilizadas con ánimo de lucro o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo." Así que leyendo estos dos artículos, creo que está muy claro que los CY estamos limitados a los 24 metros en la práctica, aunque no lo ponga concretamente. |
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#18
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hola a todos yo tenia pensado sacarme el PNB pero ya me e quedado desnortado con la noticia en fin una rondita para todos y que sea lo que dios quiera un saludo |
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#19
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Pues será la barquilla, porque te aseguro que el examen para piloto de globo aerostático es bastante durillo, especialmente en meteo.
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#20
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no se , no lemos nuestros titulos ?'
capitan de yate eslora ilimitada , en nautica de recero emnbarcación de recreo de 0 a 24 metros de eslora , que han reducido ??? unas crevezas para todos ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a custodio | ||
iperkeno (16-11-2011) | ||
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#21
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Cita:
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" |
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#22
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Cita:
"Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Sin embargo, las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas" No he buscado esas normas de seguridad. Pero para mi queda claro que NO hay un límite en los 24 metros (las buscaré!) ![]() Voy encontrando. En el BOE "19071 ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo" dice: http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr...4504945084.pdf Disposición final cuarta. Disposiciones de seguridad en las embarcaciones de recreo de eslora superior a 24 metros. Las embarcaciones de eslora superior a 24 metros, tendrán que cumplir las normas de seguridad y tripulación específicamente establecidas o que, en su caso, se establezcan. (coincide con lo que dice Iñaki unos posts mas abajo) Editado por Kepilla en 16-11-2011 a las 11:19. |
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#23
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Un recuerdo y una apreciación.
Recordemos que se está hablando de un borrador, como si fuera dogma de fé, lo que, teniendo en cuenta nuestra administración y la cercanía de unas eleccciones que, se supone, van a ocasionar un cambio de gobierno, es como entrar a discutir una promesa de Berlusconi. ![]() Por otro lado me alegra sobremanera comprobar el revuelo ocasionado por la duda de si será efectiva la retroactividad, para el caso de que la eslora de 24 m no estuviera ya, con anterioridad, limitada en los CY; eso confirma mi teoría de que la crisis es un bulo creado por especuladores y derrotistas de medio pelo..... ![]() ![]() |
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#24
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Cita:
La limitación se refiere al buque que deberá cumplir con SOLAS y demás..., no al título de capitán. Un Capitán de la Marina Mercante también estará sujeto a estas limitaciones. No puede patronear un buque sin contar con la tripulación mínima establecida para ese buque (más el resto de normas de seguridad que le afecten). Exactamente igual que el Capitán de Yate. ![]() ![]()
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Iñaki |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Iñaki/Sinvergüen | ||
nunezjuanma (16-11-2011) | ||
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#25
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Cita:
ya sabes esto es cuestión de interpretacciónes personalamente creo y como estos decretos que tanto nos han gustado estudiar lo dice claro , embarcaciones de recreo hasta 24 metros y mucho me equivoco o un capitán de recreo es eso recreo .... no se ![]() ![]() ![]() |
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