Cita:
Originalmente publicado por joqui
articulo 8 codigo civil español.
Las leyes Penales las de policia y las de seguridad publica OBLIGAN a TODOS los que se hallen en territorio español.
Artº10 -2 Bienes Immuebles. Aqui se hace referencia del pais de bandera, matricula etc. de todos los derechos que recaigan sobre dichos bienes pero no dice absolutamente NADA sobre que requisitos hay que cumplir para Conducirlos. son derechos sobre el citado vehiculo como bien immueble.El Articulo 9 no dice NADA
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otro ejemplo "ACTUAL" Belgica no exige titulo, los que se han pasado a esa bandera, tienen que llevar titulo español o de otro pais pero tienen que llevarlo, De ahi la tan esperada "REFORMA" que corrija eso. Pero a dia de hoy esto es lo que hay Para llevar un vehiculo en España. Barco.Tren, Coche, Moto, Avion Globo Ciclomotor, etc, hay que tener "CARNET" son las leyes internas de españa, ¿Se cambiaran algun dia? esperemos que si