
Pues opino igual.
Un modelo, recogido en un anexo, es parte de la normativa. De acuerdo.
Pero la normativa básica en este tema, no ha cambiado.
Es la misma que antes...
Sólo ha cambiado una frase en un modelo.
Y parece que la interpretación de la normativa.
Pero también había por ahí una respuesta de un funcionario que decía que se debe llevar todo el material para la zona máxima en que estaba autorizado...
Y, por si acaso, decir que sé leer. Que sé interpretar.
Pero que no es lo importante lo que un cofrade, ya sea otro ya sea yo mismo, interpretemos, sino lo que diga la normativa y la interpretación, vía circular/instrucción o consulta vinculante, si no hay nada mejor, que haga la Administración encargada de cumplir y hacer cumplir esa normativa.
De verdad.
Si yo tuviera una embarcación nueva, con diseño A y mi intención fuera navegar por zona 4 como máximo, y me dieran un certificado como los que se han expuesto, autorizándome a zona 1 o a la "zona máxima que correspondiera a su diseño", presentaría una consulta vinculante sobre el material que obligatoriamente tendría que llevar y que debiera ser objeto de inspección.
Como no es mi caso, sólo opino.
Y opino que parece que vamos a mejor, pero por ahora, en cuestiones náuticas al menos, es mejor estar bajo la bandera de otro país que bajo la bandera española...
Un saludo.

