Cita:
Originalmente publicado por Tur
Pues hazme un favor Palo-Palo, porque hasta ahora lo que había leido era de Capitanías catalanas.
Quieres decir que la Capitanía Maritima de Valencia interpreta que estás obligado a llevar el material de seguridad correspondiente a la zona DONDE ESTES NAVEGANDO ? (que puede ser diferente a la zona para la que tu titulacion y tu embarcación estén autorizados).
Perdona que lo ponga así para tontos porque lo estoy poniendo para mi.

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Exactamente eso es lo que me dijeron.
Aún añadieron más: sobre la capacidad de la balsa, no hace falta que sea para el número máximo de tripulantes permitidos por el tipo de embarcación, sino para el número de tripulantes embarcados.
Aún más; sobre el número de chalecos a bordo, únicamente para los tripulantes embarcados en cada momento y no para el máximo permitido (aquí el funcionario se permitió el comentario: la norma dice número máximo permitido, pero quién permite que hayan más o menos tripulantes...El Patrón, como último responsable, por lo tanto, si el patrón sólo permite embarcar a dos personas, pues dos chalecos a bordo.)
La verdad es que esa interpretación obedece a la lógica. Otra cosa es que en otras Capitanías quieran rizar el rizo y pedirnos más equipamiento de seguridad que al Costa Concordia.
Salud!!
