La Taberna del Puerto Almayer
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

 
 
Herramientas Estilo
  #11  
Antiguo 07-10-2019, 07:45
Avatar de Apagapenol
Apagapenol Apagapenol esta desconectado
Obersteuermann
 
Registrado: 01-03-2009
Localización: Donde sea que haya calado
Mensajes: 6,708
Agradecimientos que ha otorgado: 1,614
Recibió 6,359 Agradecimientos en 2,893 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: ¡¡¡Alarma!!! Cese de abanderamientos en Bélgica

Cita:
Originalmente publicado por MINIMUI Ver mensaje
Estimado Apagapenol, cuando dices:

"la nueva ley belga impone restricciones que antes no existían" a que te refieres exactamente?

Lo de las condiciones de renovación lo tengo clarísimo, pero...

a nivel equipamiento, zonas de navegación, vamos... todo el resto de las cosas que hacían atractivo este pabellón, hay algún cambio al que nos debemos ceñir?

Salud!
Todo está en la Ley de navegación de recreo del año pasado:

http://www.ejustice.just.fgov.be/mopdf/2018/07/17_1.pdf

y en el Arrêté Royal (Decreto Real) que la desarrolla, que fue publicado hace poco (y que ha pasado desapercibido para prácticamente todo el mundo):

http://www.ejustice.just.fgov.be/mopdf/2019/07/04_1.pdf

En estas disposiciones, el SPF Mobilité sigue la senda de la DGMM (da la impresión de que estos últimos hayan mandado a alguien a Bélgica para redactárselas )

Ahora mismo, la cosa está bien clara para los no residentes en Bélgica: los que han podido renovar sus Lettres de Pavillon antes del 1 de septiembre pasado tienen hasta 5 años más, y ya saben que se tendrán que ir. Los que no han podido renovar se tendrán que ir cuando caduque su Lettre de Pavillon. Pero hasta entonces, todos ellos tendrán que incorporar los requisitos que exigen esas disposiciones. Pongo un ejemplo (inventado): si a partir de enero de 2020, la Administración belga exige llevar cafetera a bordo como medida de seguridad, y no la llevas, estás incumpliendo la normativa. El Arrêté Royal lo dice bien claro:

8°obligations administratives: Le conducteur doit pouvoir à tout moment démontrer que toutes les exigences administratives sont remplies.

Lo único que resulta preocupante, en mi opinión, es que en caso de siniestro las compañías aseguradoras traten de forzar el cumplimiento de estas nuevas exigencias en perjuicio del armador.

Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol
MINIMUI (07-10-2019)
 

Almayer


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 21:00.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2025, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto