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Predeterminado Re: Españoles Con Titulacion Extranjera

Cita:
Originalmente publicado por martinsabo Ver mensaje
No. La propia ley lo deja claro,
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Titulaciones extranjeras.
La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.
Yo sigo sin tenerlo claro. Porque para mí la "DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA" entiendo que es como un caso especial.
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mafias, picaresca


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