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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Como hago para apuntarme, ando un poco perdido todavía por este foro.... el FB me aniquila el cerebro...
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#2
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Cita:
![]() Gracias! |
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#3
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Buenas Moin, Todas las aportaciones son bienvenidas. Te adjunto el enlace al hilo donde se explica cómo realizarlas -> http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=172914 Una vez hecha tu aportación se te irá manteniendo informado personalmente de todos los movimientos y avances que se vayan obteniendo. Un saludo ![]()
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Socio de PAOM. Colabora con la PAOM y ayuda a luchar por una legislación justa http://paom.es/ Socio de ANAVRE |
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#4
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#5
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Cita:
========= Resumen: Entiendo que los problemas se encuentran esencialmente en los tres siguientes puntos: (1) Es infumable... En general, encarece y complica el hecho de navegar de manera artificial, sin aportar mas seguridad a cambio, si ya eras sensato. Y dado que en la inmensa mayoría de los casos si alguien tiene un problema al cometer una imprudencia (que siguiendo esta ley no podría) solo le afecta a el mismo, ni tan siquiera beneficia a los que ya son sensatos. (2) Se legisla sobre lo que un particular tiene que hacer fuera del país... como son las 12 millas náuticas... Entiendo que especialmente en temas de seguridad, para embarcaciones a titulo lucrativo y para obtener los permisos de explotación comercial, el estado puede exigir a la empresa X requisitos o simplemente no le da el permiso para operar en su territorio, con el objetivo de proteger al consumidor ¿Pero a particulares, fuera de su territorio? Eso es como decir que un Español por vivir en España si va a Europa mientras esta fuera tiene que llevar una linterna en el coche o podría ser sancionado cuando vuelva a entrar, pero un francés no tendrá ningún problema aunque conduzca media vida por España... O un caso mas real, me puedo ir a dar la vuelta al mundo en mi velero de 8m, con mi bandera Española y estaré cumpliendo la ley en todos los países del mundo MENOS cuando vuelva a entrar en España... Mas allá de que sean sensatas todas las cosas que piden, o la mayoría de estas, en su justa medida. (3) Cita:
En resumen un barco con pabellón Italiano es un trocito de Italia que flota y se acerca a un puerto Español ---- Si después de leerlo he entendido algo mal o me he dejado algo, echarme un capote para entenderlo del todo Gracias. Editado por Dajlag en 27-10-2018 a las 22:09. |
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#6
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NOTA DE PRENSA PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL SOBRE EQUIPOS DE SEGURIDAD DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO.
La PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL SOBRE EQUIPOS DE SEGURIDAD DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO – PAOM – nace como consecuencia de la tramitación del referido proyecto de Orden Ministerial que se estima ilegal y perjudicial para los propietarios y patrones de embarcaciones de recreo, y ante la indefensión en que se encontraban , y que únicamente se han producido alegaciones de complacencia con la misma, especialmente de las entidades relacionadas con construcción, fabricación y venta de tales elementos a las que el proyecto indudablemente beneficia; o de tibia oposición a extremos concretos de la misma formulada por alguna entidad de afectados por la misma, pero que paradójicamente la aceptan y no cuestionan ni su validez ni su conveniencia. Ante tal situación se formó espontáneamente la actual Plataforma de Afectados esencialmente formada por propietarios y patrones de embarcaciones de recreo de distintas provincias de España con el objeto de recabar el oportuno asesoramiento legal y poder formular con garantías las alegaciones y recursos procedentes tanto en vía administrativa como judicial. En la actualidad ya se han formulado alegaciones en tal sentido ante la Dirección General de la Marina Mercante solicitando la anulación y archivo del Proyecto de O.M. por concurrir en cuanto a las embarcaciones de recreo con pabellón extranjero de otro país de la Unión Europea el motivo de nulidad absoluta y de pleno derecho del Proyecto por manifiesta incompetencia para su aprobación, así como el motivo de anulabilidad consistente en la desviación de poder en que incide el Proyecto por incurrir en desviación de poder y además, no resultar su contenido ajustado a derecho ni adecuado a sus fines. El Proyecto de O.M. resulta también perjudicial para las embarcaciones con pabellón español ya que sigue esencialmente la línea de la vigente O,M. FOM/1144/2003, DE 28 de abril a la que modifica y aunque en algún extremo concreto v.g. cuantía de las multas favorece, en general resulta como la vigente desproporcionadamente gravosa para los propietarios y patrones, exigiendo requisitos muy superiores a los de otros países europeos sin justificación alguna, y con serias causas asimismo de nulidad como la infracción del principio “non bis in idem” en el régimen sancionador que establece. Por ello se tiene solicitada la anulación total del Proyecto de O.M. con la finalidad de que se excluya a las embarcaciones con pabellón extranjero de otro país de la U.E. y se tramite otro más acorde con la normativa de otros países europeos que tienen unas exigencias más racionales y menos restrictivas. Como quiera que la Plataforma sigue abierta y se siguen produciendo nuevas incorporaciones, ya se ha indicado a la Administración que se irán comunicando a la misma las sucesivas altas, sin perjuicio de que pueda constituirse en Asociación u otra Entidad con personalidad jurídica para la mejor defensa de sus derechos e intereses.
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Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes. Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas. Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN. Colabora con nosotros http://paom.es/ |
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#7
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Pues lo mismo aquí. ¿A que no tienen .... para obligar a TODOS los barcos que naveguen por aguas españolas a cumplir las normas de seguridad locales, independientemente de la residencia del patrón o armador?
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#8
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Cita:
![]() El régimen jurídico de los barcos y de los coches es totalmente distinto. Por eso. ![]()
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Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:
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#9
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Cita:
![]() ![]() No brindo.
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 28-10-2018 a las 09:53. |
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#10
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El tema, queridos cofrades, no es que España como país soberano, perteneciente a la UE, pueda o no determinar si un barco que surca sus aguas tiene o no que llevar una tipología de equipos de seguridad. El tema es que Españistán lo que pretende es que los barcos lleven unos equipos de seguridad comprados en Cala Fernanda y revisados por el marido de la Fernanda. ESA ES LA VERGUENZA. A ver como sostendrán en los tribunales tal majadería.
Es lícito que tengamos un gobierno muy, pero que muy preocupado por sus nacionales y que crean que han de tutelar hasta la marca del papel de wc que llevas, no sea que al navegante se le irriten las posaderas y no pueda capear un temporal. Así hay que obligarle a comprar papel de WC con un timón pintado y, para demostrar que usa el papel de wc marino, el susodicho navegante español tendrá que tatuarse en el brazo el timón. Es muy loable que exijan 30 extintores por velero, pero esos extintores han de ser homologados en la CE y, los permitidos en el país de bandera, no los extintores fabricados por la sobrina del director de la DGMM y revisados por su cuñadísimo. YA ESTÁ BIEN DE CORRUPCIÓN Y MAJADERÍAS HOMBRE. |
| 3 Cofrades agradecieron a kuovadix este mensaje: | ||
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#11
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Cita:
Me refiero, el punto (2) dice que España legisla FUERA de España, osea, me parece normla que Francia diga que tienes que llevar un alcoholímetro en Francia, lo que no me parece normal es que Francia diga que tienes que llevar un alcoholímetro en España. Y a mi entender esto es lo que hace España al legislar fuera de su territorio de 12 millas No se si me explico |
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#12
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Art. 2-1-c) Que naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y, que sean propiedad de personas físicas o jurídicas que tengan su residencia o domicilio social en España o cuyo patrón tenga su residencia en España. Fuera del mar territorial nadie te va a controlar lo que lleves. |
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#13
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Rebellin |
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#14
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Mandame un wasap al 687101487 y te hablamos. Gracias.
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Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes. Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas. Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN. Colabora con nosotros http://paom.es/ |
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#15
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Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes. Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas. Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN. Colabora con nosotros http://paom.es/ |
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#16
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Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes. Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas. Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN. Colabora con nosotros http://paom.es/ |
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#17
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Kuovadix, esto es del gobierno Belga. ¿Has leido sobre ello?
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#18
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Eso es para aguas interiores
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#20
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Gracias Victor, no sería la primera vez que algo se nos pasa. Pero con esto, antes del abanderamiento, surgieron muchas dudas. Si repasas los post de hace 10 años primero se nos tildó de todo, se intentó generar un ambiente contrario en todo el foro. Se intentó desacreditar los que defendiamos el tema. Después se sacaron, inventadas, leyes y normativas que lo prohibían, todo con el fin que nadie lo hiciera. Lo miramos y, lo hicimos. Antes nos pusimos en contacto con el ministerio Belga de transportes y, muchos lo hicimos directamente, haciendo el abanderamiento directo. A lo que tengo que decir que aquel funcionario de hace muchos años, no tenía precio. Me creuce más de 15 mails con él. Una amabilidad absoluta y, me ayudó mucho. Faltaba un papel del astillero. Ahora se han relajado, pero al ser los primeros y hacerlo por nuestra cuenta lo miraron todo mucho. Respecto a los equipos de seguridad, has de pensar que le hicimos repetir varios mails, en el sentido que no nos lo creiamos. Después de salir de unas normas inquisitoriales, que todo fuera tan fácil. Ellos entienden que en la náutica profesional las cosas tienen que ser serias y lo miran mucho. Eso sí, si hay una norma la hacen cumplir a todo quisqui, no como aquí. En las aguas interiores, como navegas por pueblos y ciudades, te exigen más, tanto en cuanto a titulación como a requisitos. Pero en aguas abiertas, la responsabilidad está en el patrón, el estado no entra en como practicas tu deporte ni como lo haces, eres tu el responsable. En España venimos de la tradición dictatorial, todos a una. No nos entra esto de la libertad individual. Te pongo un ejemplo, aquí es imposible comprar un camión o furgoneta y adaptarlo para viajes. Si ya sé, hay quien lo hace. Pero pasando no se cuantas inspecciones y revisiones técnicas que lo hace inviable para depende que economías. Pues la náutica igual, siempre hay el que mira por tu bien, pensando en hacer algo obligatorio. Me acuerdo cuando el tema del transpondedor, después la radiobaliza, después alguien se dio cuenta que transpondedor y radiobaliza como que no y sacaron el transpondedor. Ahora tengo un transpondedor y una radiobaliza. Después la balsa, que con la excusa de los petardos, pues a revisarla cada año. Pero lo bueno es que tenemos petardos en el barco que se cambian cada 4 años. Pero todos aceptamos esa tontería como buena. Aquí hemos caido en el síndrome de estocolmo con el Estado y, los hay que no aceptan que salgamos del redil. Aquí como veis, hay unos señores que sacando tiempo están haciendo una labor, que muchos nos vamos a beneficiar y, en lugar de ayudarlos pues a sacar ahora cosas para distraer al personal. Sinceramente esto es impresentable. Las normas no se leen bajo el interés de uno, se lee lo que pone y, pone lo que pone y, no otra cosa. En las normas Belgas no hay en ningún lugar que ponga que en la náutica deportiva en aguas abiertas sea obligatorio tal elemento o tal otro. Y en los que lo pone que son cuatro cosas, no pone el tipo sino la generalidad, que puedas escoger. Y no vale con hacer de trilero, cogiendo una norma aquí y otra allí, mareando al personal y, este artículo encaja aquí y aquel allí. NO esto no vale. O lo pone o no lo pone y, si no lo pone, todo lo que no está escrito no está en el mundo. Y esta es la máxima del derecho.
De todas formas, te agradezco que se aporten cosas con tu estilo, porque uno no es perfecto y lamentaría que se hubiera pasado algo por alto y poner en jaque algún cofrade. Saludos ![]() |
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#21
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Más claro agua. Enhorabuena.
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#22
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Cita:
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Ver todos los foros en uno |
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