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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hola Cofrades
![]() ![]() ![]() Saludos ![]()
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"El destino suele estar a la vuelta de la esquina, pero lo que no hace es visitas a domicilio. Hay que ir a por él" http://balada-keloua.blogspot.com/ |
#2
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![]() Barco en lista sexta= ahorro de impuestos= no lo puedes usar sin riesgo de multazo
Si lo quieres usar sin riesgo= lista séptima (o sexta si quieres además alquilarlo pero en este caso no te ahorras los impuestos). Un saludo. Javier ![]() ![]() ![]() P.D. Si quieres que especifique un poco más dímelo.
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Una velada donde todos estan de acuerdo, es una velada perdida. Albert Einstein.
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#3
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![]() ![]() ![]() Te compras el barco, lo matriculas en sexta y olvidate del mismo durante cuatro años. Que alguien te gestione el charter o gestionalo tú mismo, pero que facture como minimo 30.000 euros por año, para que te salga rentable y que en Hacienda vean que el Barco se dedica UNICA Y EXCLUSIVAMENTE, al alquiler. No les vale en la inspección que se seguro vas a tener, decir que, "el negocio va mal..... que no puedo alquilar....... que ya lo intento, pero que no me salen clientes......." ,. O se demeuestra una actividad y una no utilización del mismo por parte del propietario, o te empapelan. Por lo tanto, me remito a lo dicho al principio. Es una buena opción si se le saca un buen rendimiento y al cabo de cuatro años te habrá ayudado a pagarlo, despues ya puedes utilizarlo con más tranquilidad. LA LISTA SEXTA NO ES UN AHORRADOR DE IMPUESTOS
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#4
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![]() no lo recomiendo
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repara tu nevera: www.frioextrem.com Editado por julianilloextrem en 24-01-2007 a las 20:26. |
#5
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![]() Cita:
En el caso de que quieras comprar un barco de segunda mano, a los cuatro años de la primera matriculación expira la obligatoriedad de pagar el impuesto de matriculación. Ya que el primer propietario no lo ha pagado, el precio de venta será menor. En el caso del Iva si lo compras a una empresa deberás pagar el iva correspondiente con la factura de por medio. Si el propietario es un particular supongo que el impuesto de transmisiones pero este extremo no lo puedo asegurar. En este caso puedes optar por dejarlo en la sexta o pasarlo a séptima, aunque supongo que si lo dejas en sexta aunque vayas legal te estarán parando continuamente. El cofrade Deigloria se ha visto en este caso hace poco. Habla con él a ver qué te cuenta. Un saludo. Javier ![]() ![]() ![]()
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Una velada donde todos estan de acuerdo, es una velada perdida. Albert Einstein.
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#6
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![]() En caso de que te pillen por supuesto deberás abonar el 12% de impuesto de matriculación, además de la sanción correspondiente (impuesta por Hacienda).
En cuanto al Iva, el que cobras por los contratos de alquiler lo deduces del que has pagado. Si esos contratos son falsos y Hacienda lo demuestra puedes verte metido en un lío más o menos gordo. Si los contratos son auténticos supongo que no te pasaría nada. Tema espinoso este. Hay un hilo de la anterior Taberna donde se exponen distintas opiniones . http://latabernadelpuerto.com/foro/v...ht=lista+sexta Un saludo. Javier. ![]() ![]() ![]()
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Una velada donde todos estan de acuerdo, es una velada perdida. Albert Einstein.
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#7
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![]() Para empezar si lo pones en lista 6ª que sea en una empresa que no sea de tu propiedad (te tienes que fiar mucho de los propietarios de dicha empresa) , y a partir de ahi vienen los problemas aunque todos son solucionables.
Salu2
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Quien dijo miedo cuando estabamos tos cagaos ![]() |
#8
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![]() En los últimos meses, en la búsqueda de barco usado, he conocido a varios particulares que tenían el barco en venta y lo tenían en 6ª, y en todos los casos estaban siendo o habían sido investigados por hacienda.
En uno de los casos tuvo que pagar 32.000 euros de IM con interesas de demora y parte del IVA. Creo que como está la cosa no buena idea, salvo que tengas título profesional y estés de autónomo, solo en este caso estás a salvo. ![]() ![]() ![]() ![]() |
#9
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![]() Si a lo que te refieres es a comprar un barco nuevo en 6ª creo que es un riesgo que te han explicado perfectamente en las intervenciones anteriores.
Ahora bien, si te refieres a comprar un barco usado que está en 6ª y tu intención es pasarlo a 7ª, la cosa cambia. Si tiene más de cuatro años desde su matriculación en 6ª lista, entonces está exento de pagar el impuesto de matriculación, (el anterior propietario tuvo que pedir en su día dicha exención, que puede estar en capitanía). Si lo compras a un privado tienes que hacerlo en escritura pública, y despues liquidar transmisiones patrimoniales (normalmente el 4% del valor declarado, revisar tablas de Hacienda para ver qué valor le asignan al barco). Si lo compras a una empresa ya hay una factura de por medio, con lo cual hay un IVA, cuando cierres el precio de venta aclara que sea IVA incluído, en este caso ya no pagarías transmisiones patrimoniales. Despues tienes que solicitar el cambio de lista y el cambio de titular. A partir de aquí navegarás mucho más tranquilo, sin sentirte vigilado constantemente por los prismáticos de Aduanas. Buen viento
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"La vela es el medio más lento, más caro y más incómodo, para ir de un sitio donde se está bien, a otro donde no hay nada que hacer" ![]() |
#10
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![]() En resumen:
- Si es nuevo y lo pones en lista 6ª, lo tienes que alquilar de verdad al menos durante 4 años Y NO LO PUEDES USAR TU. A partir de ese momento el impuesto de matriculacón ya no hay que pagarlo, asi que lo puedes pasar a 7ª - Si es de segundamano y menos de 4 años de matriculación, tienes dos opciones: pagas el 12% de impuesto de matriculación SOBRE EL VALOR DE LA COMPRAVENTA (no de la primera matriculación) o firmas un formulario comprometiéndote a mantenerlo en 6ª (y por tanto alquilándolo y sin usarlo de modo particualr) hasta que pasen los 4 años (de la primera matriculación) Respecto a los impuestos (que son independientes de la lista aunque suele ser 6ª=Empresa y 7º=Particular): Si se lo compras a una empresa, pagas el 16% de IVA. Si a un particular, el 4% de Transmisiones) Es decir, que como siempre depende de tus circunstancias si te puede interesar o no. Lo que de ninguna manera te recomiendo es que intentes ponerlo en 6ª, usarlo y a ver que pasa, tienes muchas posibilidades de cagarla, como diria Pere Navarro... |
#11
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![]() Cita:
¡Chachi!! |
#12
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![]() Cita:
A lo que creo se refiere el cofrade es a que el 'volumen de negocio' debe ser razonable, nadie se va a creer que has alquilado solo una semana el barco. Yo pondría razonable-mínimo unas 10 semanas de alquiler.
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![]() ![]() Mario. |
#13
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![]() Cita:
Pensar que entre la comisión del que gestiona el charter, los gastos de amarre en el lugar del alquiler, y gastos y extras y demás, esa facturación se convierte en 12.000 limpios. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#14
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![]() ![]() en mi opinión lo que hay que plantearse seriamente es la compra del barco. con lo que cuesta el barco, el amarre y el mantenimiento, te da para chartear barcos durante muuuuchos muuuuuuchos años. barcos que pueden ser bastante nuevos, siempre a punto, con el mantenimiento hecho y de los cuales te podrás olvidar desde que desembarques hasta que vuelvas a navegar. no te importará ni el antifouling, ni los rollos del club, ni papeleos, ni nada de nada. sólo navegar. ![]() yo me he planteado la compra financiada en alguna ocasión. mecanismo que he visto mejor para un bolsillo limitado: financiarlo mediante una empresa que lo gestione durante un tiempo (hay varias modalidades) , con sus pros y sus contras. ![]() si no lo vas a tener en gestión y sólo quieres ahorrarte impuestos, vas a hacer facturas falsas, etc. , pues hay dos opiniones posibles: 1) que tipo más listo, que bien se lo monta 2) que caradura, aquí un menda pagando sus impuestos y este innombrable chuleando a los demás, que si todos hicieramos lo mismo.... etc. ![]()
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El mar es la cuna en la que mezo mis sueños. ______________________________________ SE VENDE VELERO TAYLOR SOMO S-23 CON MOTOR INTRABORDA: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=40917 http://www.cosasdebarcos.com/barco_7...851664567.html Editado por bluewhite en 23-03-2007 a las 09:34. |
#15
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![]() Cita:
Un abrazo, Juan |
#16
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![]() Hola a todos:
Perdonar que me presente de esta manera pero me gustaría que si podéis me resolváis algunas dudas que tengo en la actualidad. Estoy pensando en comprar un barco de 2ª mano (año 2001) y pasarlo de la lista 7ª a la lista 6ª. Crearía una empresa de charter pagando las tasas correspondientes. Me daría de alta en autónomos. LLevaría la contabilidad, sdades, … etc. Eslora del barco 7,5 metros. Tengo título de PER Mi idea es darle un uso MIXTO: - CHARTER “SIN PATRON” - USO PARTICULAR ¿Qué titulación tengo que tener? ¿Me vale el PER al no ejercer de patrón para otros? ¿Tengo que pagar impto. de matriculación (eslora 7,5 mts)? ¿Cuánto puede venir a costar? Evidentemente, el anterior propietario pagó todos los impuestos pero …….. ¿No me puedo deducir al final de año la parte correspondiente al 16% de IVA por ser actividad mercantil? ¿Qué pasa si dentro de un par de años cierro la empresa y lo vuelvo a la lista 7ª Una ronda para todos Una ronda para todos ![]() ![]() ![]() |
#17
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![]() Mira los mensajes anteriores de este post y te ahorraras problemas
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#18
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![]() Cita:
![]() El barco ya tiene más de 4 años, no tendrás ningun problema, con hacienda en cuanto a los impuestos de matriculación ya que se suponen pagados. Para cambiar de lista 7ª a 6ª solo tienes los problemas de cumplir los requisitos en cuanto a seguridad, zona de navegación, comunicaciones etc. No hace falta ningun titulo nautico para poseer y explotar una empresa que se dedique al alquiler de embarcaciones, si tienes el PER pues tu podrás navegar a titulo personal con tu barco én lista 6ª o 7ª ya que como has dicho antes el barco es del 2001. NO PUEDES EJERCER DE PATRON PROFESIONAL, es decir podrás alquilar tu barco a quien posea las atribuciones pero tú no puedes ir incluido en el "paquete". Es relativamente sencillo montar la empresa y cumplir los requisitos legales, como cualquier otro negocio, con sus obligaciones contables y fiscales. Algunas comunidades autonomas (Baleares entre otras) exigen un "permiso de Charter" para las embarcaciones que navegan en su area. Es puro y simple papeleo y unas tasas. Si quieres más información sobre el tema, montar empresa etc. me envias un privado y hablamos. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#19
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![]() Habria que hacer referencia a que al comprar un barco de 2ª mano, no nos tiene que importar para nada que esté en 6ª o 7ª, tenga más de 4 años o no, por la sencilla razón que el obligado tributario siempre siempre es el primer matriculador, que es el que solicitó la exención, y será su problema si lo vende antes de los cuatro años, si paga la parte proporcional del impuesto o lo que haga. El comprador con su factura con IVA o con el pago de transmisiones,y su justificante de pago ya ha cumplido. Y si se tiene que pagar impuesto o parte de impuesto ya se lo reclamaran al vendedor.
Saludos y ![]()
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No se trata de ver algo que nadie haya visto jamás, se trata de ver algo nuevo y diferente en lo que todo el mundo ve. |
#20
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![]() Madrugon, lo que dices es totalmente cierto lo que pasa es que el vendedor fijará un precio determinado y dirá impuestos apartes, iva e impuesto de matriculación, por lo que si realmente te interesa el barco lo pagarás y si no no, pero el vendedor no formalizará la venta hasta que no le abones el impuesto de matriculación o sumará éste al precio del barco por lo que a efectos del comprador es lo mismo.
fuerza y salud amigos |
#21
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![]() ¡¡¡Ojo con la base imponible que se consigna en el impuesto de transmisiones!!! No es el valor de compraventa que pacten las partes, es el valor de mercado (Tablas de Hacienda).
En Capitanía, cuando esto no se hace así, nos "chivamos" a la AEAT. |
#22
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![]() Cita:
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"La vela es el medio más lento, más caro y más incómodo, para ir de un sitio donde se está bien, a otro donde no hay nada que hacer" ![]() |
#23
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![]() Existe una pequeña discusión ya que si el barco ha estado en 6 y no pagó en su momento el iva el impuesto que tiene que abonar el comprador no es el impuesto de transmisiones sino el iva y por tanto se discute si hay que poner el valor de esas tablas ya que estan prevista expresamente para ese impuesto de transmisiones.
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#24
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![]() Cita:
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#25
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![]() entonces, haber si me aclaro, todos los problemas que podemos tener con hacienda es por el 12% de matriculación, si tienes un barco que quieres dedicarlo al charter de pesca y de eslora inferior a 7,50m. no tienes que sufrir tanto si un dia que no lo tengas alquilado te pillan a ti con el?
saludos ![]() ![]() ![]() |
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