VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

    ¿Y no es cierto que inspeccionar un barco extranjero para ver si cumple la normativa española en materia de impuestos antes de que entre en nuestro mar territorial entraría dentro de las competencias del art 33 citado?

    1. En una zona contigua a su mar territorial, designada con el
    nombre de zona contigua, el Estado ribereño podrá tomar las medidas de
    fiscalización necesarias para:

    a) Prevenir las infracciones de sus leyes y reglamentos fiscales



    ¿Y no es cierto que al ser español el patrón, la GC puede comprobar si éste cumple con lo dispuesto en el RD 875/2014?

    1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.


    ¿Acaso la zona contigua no es una zona dónde España ejerce derechos soberanos o jurisdicción?

    Por cierto para comprobar todos los documentos citados no hace falta abordar ningún barco, puede entregarse la documentación abarloado

    No hay más preguntas

    Comentario


    • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

      Bien, yo elevo a definitivas mis conclusiones,y me ratifico en lo anteriormente expuesto, considero que es una extralimitacion de sus funciones, por parte de la Guardia Civil,retorciendo de manera torticera la Ley, en todo caso podría admitirse el control aduanero, en cuanto al tema fiscal,con serias dudas al respecto, pero de ninguna de las maneras el exigirle titulación alguna, al no ser obligatoria en la Bandera del barco, que en definitiva es por lo que se levanta la correspondiente acta de denuncia anta le Capitanía Marítima, que naturalmente sera archivada, unas

      Comentario


      • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

        WHITECAST Y PEPOTA:

        Intentaré argumentar vuestras dudas o afirmaciones, de buen rollito.

        Si en el caso que expones, el velero de bandera belga con patrón español, se encuentra a 15 millas, la G.C. del Mar no tendrá competencias para denunciar al patrón del velero, HASTA que se encuentre dentro de las 12 millas.
        Entonces, y sólo entonces, se aplicará el RD de marras.

        Ahora bien, imaginemos que la G.C. del Mar quiere (por cojones) denunciar a ese patrón.
        Pues bien, toma sus datos, y emite a sus agentes en los puertos españoles dicha información. En el momento, en que dicho velero toque puerto o se le inspeccione dentro de las 12 millas, estará "crujido".

        Pero, si dicho velero se mantiene FUERA DE AGUAS (es decir, más allá de las 12 millas), y ni toca puerto español ni se introduce dentro de las 12 millas, esa posible denuncia de la G.C., tiene muchas posibilidades de que sea archivada por Capitanía o por un juez, en un procedimiento contencioso-administrativo.

        Espero haberme explicado bien, y sin agresividad.

        Comentario


        • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

          Originalmente publicado por guardamancebos Ver Mensaje
          WHITECAST Y PEPOTA:

          Intentaré argumentar vuestras dudas o afirmaciones, de buen rollito.

          Si en el caso que expones, el velero de bandera belga con patrón español, se encuentra a 15 millas, la G.C. del Mar no tendrá competencias para denunciar al patrón del velero, HASTA que se encuentre dentro de las 12 millas.
          Entonces, y sólo entonces, se aplicará el RD de marras.

          Ahora bien, imaginemos que la G.C. del Mar quiere (por cojones) denunciar a ese patrón.
          Pues bien, toma sus datos, y emite a sus agentes en los puertos españoles dicha información. En el momento, en que dicho velero toque puerto o se le inspeccione dentro de las 12 millas, estará "crujido".

          Pero, si dicho velero se mantiene FUERA DE AGUAS (es decir, más allá de las 12 millas), y ni toca puerto español ni se introduce dentro de las 12 millas, esa posible denuncia de la G.C., tiene muchas posibilidades de que sea archivada por Capitanía o por un juez, en un procedimiento contencioso-administrativo.

          Espero haberme explicado bien, y sin agresividad.
          Te has explicado estupendamente:Para navegar legal y que no te denuncien o te sacas patron de yate o te vas a un puerto y aguas extranjeras.

          Comentario


          • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

            Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
            Te has explicado estupendamente:Para navegar legal y que no te denuncien o te sacas patron de yate o te vas a un puerto y aguas extranjeras.

            Bien. Vamos bien.

            Luego, entiendo que asumes que en la Zona Contigua (12 a 24 millas), la G.C. del Mar no puede denunciar, hasta que el barco/velero no se haya introducido en aguas territoriales (12 millas).

            ¿Lo admites?

            Comentario


            • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

              Originalmente publicado por guardamancebos Ver Mensaje
              Bien. Vamos bien.

              Luego, entiendo que asumes que en la Zona Contigua (12 a 24 millas), la G.C. del Mar no puede denunciar, hasta que el barco/velero no se haya introducido en aguas territoriales (12 millas).

              ¿Lo admites?

              Ja,ja,ja,lo dudo Pepota es de las que piensa que te pueden "crujir" incluso en Australia....total como tienen buques oceánicos y competencias en todos los mares del mundo, y ahora hago una pregunta, ¿porque con La Armada o el SVA, no hay esos problemas?....sera que en vez de los cojones, con perdón, emplean los conocimientos y la legislación vigente, aprendida en una Universidad, con sus correspondientes practicas y no un mero cursillo de cuatro dias

              Comentario


              • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                Pues para reducir el paro que creen 10.000 nuevos miembros y miembras de la G.C. para perseguir a todos los barcos que navegen cerca del territorio español ( la distancia de "cerca" a gusto de cada cófrade)

                Al paso que vamos, al finalizar el año todavía se estará discutiendo éste tema en el que TODOS tenemos razón

                Comentario


                • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                  Llanera no seas vago y sácate el PY

                  Comentario


                  • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                    A mi me resulta incluso CORRECTO esta exigencia de titulación.
                    Entiendo que es un "rizar el rizo" por rencor hacia el hecho de que la DGMM y sus «PRESUNTAS CONEXIONES CON EL EMPRESARIADO NÁUTICO RELACIONADO CON EL MERCADO DE HOMOLOGACIONES, REVISIONES, ITEBÉS Y DEMÁSMONSERGAS» (¿así bien, Taber?) han perdido la batalla de las banderas extranjeras.

                    Y exigir el título parece que "aprieta", pero realmente sólo aprieta al que no lo tiene. Y sinceramente creo que quienes se han sacado al menos el PER, cosa no sólo fácil sino DESEABLE en todo navegante, preferimos que nuestros compañeros navegantes de verano y fines de semana hayan pasado al menos por esa mínima instrucción, estrés de preparación, resolución de problemas y superación del examen.

                    ¿Que no es la mejor formación náutica? Cierto.
                    ¿Que hay muchos navegantes que saben mucho más y no tiene el PER? Cierto, razón de más para hacerlo por libre y quitarse el mochuelo.
                    Pero si me preguntan con qué patrón prefiero coincidir en una entrada a puerto ya de noche, con viento de través y tripulación cansada, pues me quedo sin duda con el experimentado (uno de cada 100), y como no se si será experimentado, entonces con el que tiene PER ante el que no lo tiene.


                    En fin. Más leña al hilo.
                    ¡Qué guasa!

                    ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                    Comentario


                    • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                      Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                      Llanera no seas vago y sácate el PY
                      Ja,ja, en eso estamos en Abril tenemos el examen.....

                      Comentario


                      • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                        Originalmente publicado por llanera Ver Mensaje
                        Ja,ja, en eso estamos en Abril tenemos el examen.....

                        Suerte

                        Comentario


                        • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                          Gracias unas las pago yo....

                          Comentario


                          • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                            Islas Culumbretes ,estan situadas a 30millas de la costa de Castellon.
                            Barco zona 2, titulo minimo per con atribuciones complementarias.

                            La guardia civil apatrulla las islas.Dios mio si estan a 30 millas, piden papeles y no titulo crujen,Dios mio si no tienen jurisdiccion.Dios mio, si estamos allende la zona contigua.Tienen que estar .Llamare al embajador, se van a enterar.

                            Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.
                            1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.

                            Comentario


                            • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                              las columbretes son partes del territorio español , con lo cual tienen jurisdicción 12 millas alrededor de colubretes , de la misma forma que hay 12 millas alrededor de la islas de Canarias .

                              Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
                              Islas Culumbretes ,estan situadas a 30millas de la costa de Castellon.
                              Barco zona 2, titulo minimo per con atribuciones complementarias.

                              La guardia civil apatrulla las islas.Dios mio si estan a 30 millas, piden papeles y no titulo crujen,Dios mio si no tienen jurisdiccion.Dios mio, si estamos allende la zona contigua.Tienen que estar .Llamare al embajador, se van a enterar.

                              Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.
                              1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.

                              http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=135612

                              Comentario


                              • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                Pepota me parece que tienes que que repasar un poco los "apuntes del cursillo para guardia civil del mar"pues a Las Columbretes se puede ir con el per y no es necesario un barco en zona "2" con uno en zona "3" ya te llega (25M/n) ...EN CADA DIRECCIÓN, total salen 50, y como están a 30, pues te sobra, por cierto esas islas, Columbretes, estan casi el E de Castellon de la Plana,¡¡¡¡en el mediterráneo¡¡¡ por cierto creo que siguen siendo Españolas, por lo que nuestrta Guardia Civil las patrullara a diario, un saludo

                                Comentario


                                • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                  Originalmente publicado por vertijean Ver Mensaje
                                  las columbretes son partes del territorio español , con lo cual tienen jurisdicción 12 millas alrededor de colubretes , de la misma forma que hay 12 millas alrededor de la islas de Canarias .
                                  Para navegar por la costa Canaria no necesitas el barco en zona 2 y Py,para navegar por las columbretes si.Barco zona 2,barco zona 2 y py, py. Columbretes 30 millas de la costa. Denuncian por no tener titulo o barco en zona 2 o por las dos cosas, es decir por navegar a mas de 25 millas(zona 3), las columbretes no forman parte de la costa española,sino seria zona 3.Por supuesto es territorio nacional,pertenece a España , te crujen igual que si te pillan a 30 millas de la costa,por eso tienes que tener py o decir que vas a las baleares con el per nuevo

                                  Comentario


                                  • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                    Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
                                    Para navegar por la costa Canaria no necesitas el barco en zona 2 y Py,para navegar por las columbretes si.Barco zona 2,barco zona 2 y py, py. Columbretes 30 millas de la costa. Denuncian por no tener titulo o barco en zona 2 o por las dos cosas, es decir por navegar a mas de 25 millas(zona 3), las columbretes no forman parte de la costa española,sino seria zona 3.Por supuesto es territorio nacional,pertenece a España , te crujen igual que si te pillan a 30 millas de la costa,por eso tienes que tener py o decir que vas a las baleares con el per nuevo

                                    ¿de verdad? a bueno si las costas de canarias, las baleares....o las columbretes no forman parte de la "costa Española" entonces no digo nada, naturalmente no le serán de aplicación lo de las 12M/n ni lo de las 24, como no forman parte de la costa Española.....
                                    PD: perdona mi ignorancia, en temas náuticos, es que soy de letras, ya sabes..

                                    Comentario


                                    • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                      Originalmente publicado por llanera Ver Mensaje
                                      ¿de verdad? a bueno si las costas de canarias, las baleares....o las columbretes no forman parte de la "costa Española" entonces no digo nada, naturalmente no le serán de aplicación lo de las 12M/n ni lo de las 24, como no forman parte de la costa Española.....
                                      PD: perdona mi ignorancia, en temas náuticos, es que soy de letras, ya sabes..
                                      Es imposible que seas de letras puesto que no entiendes el español,es mas, parece que hasta lo lees con dificultad, yo digo:

                                      Para navegar por la costa Canaria no necesitas el barco en zona 2 y Py .

                                      Tu entiendes:
                                      ¿de verdad? a bueno si las costas de canarias, las baleares....o las columbretes no forman parte de la "costa Española" entonces no digo nada,


                                      La isla de perejil tampoco sirve como delimitacion de las zonas de navegacion

                                      Delimitar: Determinar o fijar con precisión los límites de algo.

                                      Comentario


                                      • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                        Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
                                        Para navegar por la costa Canaria no necesitas el barco en zona 2 y Py,para navegar por las columbretes si.Barco zona 2,barco zona 2 y py, py. Columbretes 30 millas de la costa. Denuncian por no tener titulo o barco en zona 2 o por las dos cosas, es decir por navegar a mas de 25 millas(zona 3), las columbretes no forman parte de la costa española,sino seria zona 3.Por supuesto es territorio nacional,pertenece a España , te crujen igual que si te pillan a 30 millas de la costa,por eso tienes que tener py o decir que vas a las baleares con el per nuevo
                                        confundes conceptos , alrededor de Canarias , se navega con el per , porque tiene puertos o costa donde se puede abordar , ( abrigo ) .
                                        cosa que no tiene columbretes .por esto es PY .

                                        concepto siguiente :
                                        colombretes, Canarias , baleares y demás son parte integrante del territorio español , con lo cual se puede trazar un circulo de 12 millas de mar territorial alrededor de estas islas .

                                        Comentario


                                        • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                          Las columbretes no sirven para delimitar las zonas de navegacion.
                                          Lo dice Capitania, no lo digo yo
                                          Estar en las columbretes, es lo mismo que estar a 30 millas( a efectos sancionadores) en la mar,sin tierra cercana.
                                          Barco zona 2
                                          Titulo: Patron de yate
                                          Cuando os crujan decir que no tiene jurisdiccion.

                                          Comentario


                                          • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                            [QUOTE=vertijean;1767812]confundes conceptos , alrededor de Canarias , se navega con el per , porque tiene puertos o costa donde se puede abordar , ( abrigo ) .
                                            cosa que no tiene columbretes .por esto es PY .

                                            concepto siguiente :
                                            colombretes, Canarias , baleares y demás son parte integrante del territorio español , con lo cual se puede trazar un circulo de 12 millas de mar territorial alrededor de estas islas .


                                            No confundo conceptos:
                                            1- es respuesta (lee el post 166)
                                            2- no entiendes el español, yo digo:
                                            Para navegar por la costa Canaria NO necesitas el barco en zona 2 y Py
                                            Tu entiendes:
                                            confundes conceptos , alrededor de Canarias , se navega con el per

                                            Por otra parte:te contradices
                                            cosa que no tiene columbretes .por esto es PY
                                            y luego dices

                                            colombretes, Canarias , baleares y demás son parte integrante del territorio español , con lo cual se puede trazar un circulo de 12 millas de mar territorial alrededor de estas islas .

                                            En que quedamos,12 millas mar territorial per, o no es mar territorial y py.
                                            O es mar territorial o no lo es, las dos cosas no, decide

                                            Capitania dice: columbretes zona 2 y titulo patron de yate.
                                            Dios mio si eso dice capitania que dira la gc.Me voy corriendo a la embajada,me van a denunciar por ir a columbretes en barco belga y per,se van a enterar estos,no saben nada de leyes.

                                            Comentario


                                            • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                              Originalmente publicado por Juanitu Ver Mensaje
                                              A mi me resulta incluso CORRECTO esta exigencia de titulación.
                                              Entiendo que es un "rizar el rizo" por rencor hacia el hecho de que la DGMM y sus «PRESUNTAS CONEXIONES CON EL EMPRESARIADO NÁUTICO RELACIONADO CON EL MERCADO DE HOMOLOGACIONES, REVISIONES, ITEBÉS Y DEMÁSMONSERGAS» (¿así bien, Taber?) han perdido la batalla de las banderas extranjeras.

                                              Y exigir el título parece que "aprieta", pero realmente sólo aprieta al que no lo tiene. Y sinceramente creo que quienes se han sacado al menos el PER, cosa no sólo fácil sino DESEABLE en todo navegante, preferimos que nuestros compañeros navegantes de verano y fines de semana hayan pasado al menos por esa mínima instrucción, estrés de preparación, resolución de problemas y superación del examen.

                                              ¿Que no es la mejor formación náutica? Cierto.
                                              ¿Que hay muchos navegantes que saben mucho más y no tiene el PER? Cierto, razón de más para hacerlo por libre y quitarse el mochuelo.
                                              Pero si me preguntan con qué patrón prefiero coincidir en una entrada a puerto ya de noche, con viento de través y tripulación cansada, pues me quedo sin duda con el experimentado (uno de cada 100), y como no se si será experimentado, entonces con el que tiene PER ante el que no lo tiene.


                                              En fin. Más leña al hilo.
                                              ¡Qué guasa!

                                              Completamente de acuerdo.

                                              Excepto en un detalle.

                                              Hay muchísimos deportivos sin título que saben mucho mas, por ejemplo que yo, en cuanto a trimado y demás.
                                              Y es lógico: si el conocimiento auténtico lo da la práctica y la formación monitorizada, es decir, con alguien al lado que te corrija los errores y te enseñe los procedimientos, cualquier tripulante habitual de regata sabe muchísimo y tiene su cuerpo adaptado a la mar y al barco.

                                              Pero para obtener la misma experiencia como patrón, por regla general ha de tener barco propio, pues si no, se dan pocos casos en que se pueda llevar dicha responsabilidad en barco ajeno, y mas sin título, pues la mayor parte de los patrones no te lo dejarían sin estar a bordo ni nadie te lo alquilaría. Y si fuera tuyo, la GC te crugiría aplicando la legislación actual, sea esta justa o no.
                                              ¿Cómo entonces puede alguien adquirir experiencia como patrón sin tener título?
                                              Haberlos, haylos, pero pocos hay.

                                              Es decir, que la frase tan usada casi como una coletilla de "hay muchos patrones sin PER que saben mucho mas que..." tiene una falta de lógica interna pues como tripulantes pueden ser buenísimos pero como patrones es dificil que hayan podido practicar...

                                              Esto no obsta para que un PER sea malísimo o no tenga ni idea, pero a base de repeticiones de este concepto hemos sentado la idea o el meme de que si no tienes título (como algunos ingleses) serás tan buen navegante como algunos ingleses... y si lo tienes seras tan malo como algunos españoles...

                                              Y no es eso...

                                              -----------------------------------------------
                                              ...¿y por qué no?...
                                              -----------------------------------------------

                                              Comentario


                                              • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                                Originalmente publicado por iperkeno Ver Mensaje
                                                Completamente de acuerdo.

                                                Excepto en un detalle.

                                                Hay muchísimos deportivos sin título que saben mucho mas, por ejemplo que yo, en cuanto a trimado y demás.
                                                Y es lógico: si el conocimiento auténtico lo da la práctica y la formación monitorizada, es decir, con alguien al lado que te corrija los errores y te enseñe los procedimientos, cualquier tripulante habitual de regata sabe muchísimo y tiene su cuerpo adaptado a la mar y al barco.

                                                Pero para obtener la misma experiencia como patrón, por regla general ha de tener barco propio, pues si no, se dan pocos casos en que se pueda llevar dicha responsabilidad en barco ajeno, y mas sin título, pues la mayor parte de los patrones no te lo dejarían sin estar a bordo ni nadie te lo alquilaría. Y si fuera tuyo, la GC te crugiría aplicando la legislación actual, sea esta justa o no.
                                                ¿Cómo entonces puede alguien adquirir experiencia como patrón sin tener título?
                                                Haberlos, haylos, pero pocos hay.

                                                Es decir, que la frase tan usada casi como una coletilla de "hay muchos patrones sin PER que saben mucho mas que..." tiene una falta de lógica interna pues como tripulantes pueden ser buenísimos pero como patrones es dificil que hayan podido practicar...

                                                Esto no obsta para que un PER sea malísimo o no tenga ni idea, pero a base de repeticiones de este concepto hemos sentado la idea o el meme de que si no tienes título (como algunos ingleses) serás tan buen navegante como algunos ingleses... y si lo tienes seras tan malo como algunos españoles...

                                                Y no es eso...

                                                Efectivamente,para lo que sirve un titulo es para saber a que rumbo tienes que ir para navegar de un sitio a otro y poco mas.
                                                Hay mucha gente a la que le da panico perder de vista la costa.
                                                Para todo lo demas, dias de navegacion

                                                Comentario


                                                • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                                  Según Capitanía, Columbretes es una singularidad en el continuo espacio-tiempo: es un territorio español rodeado de agua por todas partes pero que no tiene costa.

                                                  Del Diccionario de la RAE:

                                                  territorio: (Del lat. territorĭum). 1. m. Porción de la superficie terrestre perteneciente a una nación, región, provincia, etc.

                                                  costa: (Del gall. o cat. costa). 1. f. Orilla del mar, de un río, de un lago, etc., y tierra que está cerca de ella.

                                                  orilla: (Del dim. romance, del lat. ora, orilla). 3. f. Límite de la tierra que la separa del mar, de un lago, de un río, etc.

                                                  Profunda cuestión filosófica, pardiez!

                                                  Comentario


                                                  • Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas

                                                    Esto le pasó un cofrade por ir a columbretes sin estar despachado correctamente

                                                    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...&postcount=134

                                                    Comentario

                                                    ¿Quién está?

                                                    Colapsar

                                                    Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                                    La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                    Trabajando...
                                                    X