La Taberna del Puerto Greatblue360
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  #1  
Antiguo 03-11-2007, 09:17
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Predeterminado Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Pues eso, en el BOE de hoy:

http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/0...5049-45084.pdf

En la exposición de motivos se dice expresamente:

"No obstante, queda expresamente exceptuado del ámbito de aplicación de esta Orden el uso de los títulos deportivos para el ejercicio de otras actividades que, si bien no pueden considerarse propiamente de recreo, si se hallan relacionadas con ella, tales como la realización de excursiones marítimas, transporte de pasajeros, mercancías, pesca no deportiva u otras de similar naturaleza.
El ejercicio de estas actividades con títulos de recreo, para los que se exigirá una formación especializada adicional, se regulará en una posterior norma reglamentaria."

Bueno me voy a navegar, después lo veré más despacio.

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  #2  
Antiguo 03-11-2007, 09:51
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Nada, que a todos los que han comprado titulo, les quedan 4 años a partir de ahora para sacarse uno que no sea de madera o acreditar residencia extranjera para seguir usando el chungo, creo entender...

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spegne i fuochi piccoli,
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  #3  
Antiguo 04-11-2007, 12:43
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por malamar Ver mensaje
Nada, que a todos los que han comprado titulo, les quedan 4 años a partir de ahora para sacarse uno que no sea de madera o acreditar residencia extranjera para seguir usando el chungo, creo entender...

Me temo, Malamar, que la ley dice...
............
Disposición transitoria tercera. Procedimiento para los poseedores de titulaciones extranjeras en posesión de permisos de despacho de embarcaciones españolas.
Las autorizaciones expedidas por las capitanías marítimas, antes de la publicación de la presente orden, a los ciudadanos españoles y del Espacio Económico Europeo para gobernar embarcaciones españolas con titulación extranjera, continuarán en vigor por un período improrrogable de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta orden. Transcurrido ese plazo, se producirá la caducidad automática de la autorización. Durante ese período de tiempo, los poseedores de éste tipo de titulación podrán obtener la titulación española que les correspondan si superan el oportuno examen práctico, debiendo cumplir las condiciones previstas en el artículo 19. En el caso que las atribuciones de la titulación extranjera no coincidan con las titulaciones españolas previstas en esta orden, los poseedores de esas titulaciones extranjeras optarán al título español correspondiente de nivel inmediatamente inferior.
............

Si no lo entiendo mal tienen cuatro años para pasar el examen práctico (fijaros que no hace referencia a la alternativa de hacer las prácticas, aunque vete tú a saber), y canjearlo por el título español equivalente. Con lo cual volvemos a lo mismo, si reconocen la equivalencia del título extranjero, y además han estado dando permisos de despacho durante X tiempo, están reconociendo la capacidad para gobernar en el rango correspondiente, entonces... ¿a cuento de qué viene la exigencia del examen práctico?.

Por cierto que, recordando el hilo "capitan de yate x 1000€" y la referencia que se hacía a los títulos 'comprados' en Canadá (si es que fuera cierto), ya se lo han facilitado bastante, en la ley...

CANADÁ - PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD - Embarcaciones de recreo sin limitaciones

Si fuera éste, se lo cambiarían por CY ¡Hála!.

Saludos


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  #4  
Antiguo 04-11-2007, 13:32
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Pues no me queda claro que pasa con los que por ejemplo tienen aprobadas parte de las asignaturas de una titulación como PY o CY...

¿El próximo examen (en diciembre en madrid para CY) tendrá el antiguo formato o el nuevo?

¿Las prácticas de capitán de yate, si las hago el mes que viene, son con el nuevo o el viejo formato?

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  #5  
Antiguo 03-11-2007, 10:23
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Pues según parece van a abrir la mano para que personal con titulación deportiva pueda desempeñar trabajos para los que antes se exigía una titulación profesional, y para ello exigen una "formación especializada adicional".
Esto es un arma de doble filo, yo me saqué el PER en una academia donde daban una formación muy seria en Sevilla, pero también se de otras que vaya tela, y el PY lo convalidé del PC, que estudié en la Escuela Náutica Pesquera de Huelva (QEPD), también sitio serio con profesores muy preparados y de los que guardo un recuerdo muy afectuoso. Digo que es un arma de doble filo porque una vez que de un plumazo se cargan la Enseñanza Reglada de Adultos en las que se podían obtener los Títulos de Patrón de Cabotaje, Mayor de Cabotaje, Patrón de Pesca Litoral de 1ª clase, de Altura, Capitán de Pesca, Patrón Costero Polivalente y otras (con la necesidad de un periodo de embarque de DOS AÑOS para obtener el correspondiente nombramiento tras aprobar los cursos de formación y otros obligatorios como Competencia Marinera, Radiotelegrafista Naval restringido, Supervivencia en la Mar I y II, Contraincendios I y II...), el mundo del charter se va quedando sin profesionales debidamente formados, y esto solo viene a llenar un hueco de manera precaria. Habrá que ver en qué consiste esa formación adicional, y cómo se accede a ella y sobre todo quién y como imparte esa formación, y no me refiero a lo que pone la Ley, sino a los "profesionales" que luego nos pongan por delante.
Hala, otro ladrillo en el muro.
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  #6  
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Los rumores eran ciertos:

Ligero aumento de las atribuciones para PNB, que pueden gobernar hasta 7,5 m. de eslora a motor.

Prácticas de radio en simulador. PER, 2 horas; PY, 4 horas y CY, 8 horas.

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  #7  
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Nuevas atribuciones para Patrón de Yate.

"...así como la navegación interinsular en los archipélagos Balear y Canario"

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  #8  
Antiguo 03-11-2007, 12:25
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por sapphire Ver mensaje
Nuevas atribuciones para Patrón de Yate.

"...así como la navegación interinsular en los archipélagos Balear y Canario"

Si no recuerdo mal, el PER ya autorizaba la navegación entre islas del mismo archipiélago.
Osea, que si ahora dan autorización a los PY para hacerlo vamos para atrás,¿no?

Mas
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  #9  
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Patrón de yate:
A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de
recreo a motor o motor y vela de hasta 20 metros de
eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida
entre la costa y la línea paralela a la misma trazada
a 60 millas, así como la navegación interinsular en
los archipiélagos balear y canario. Además, podrán
gobernar motos náuticas.

Patrón de embarcaciones de recreo:
A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de
recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de
eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida
entre la costa y la línea paralela a la misma trazada
a 12 millas, así como la navegación interinsular en
los archipiélagos balear y canario.
Además, podrán gobernar motos náuticas

Viene contemplada en las 2 títulaciones. ¡Que capacidad de redacción del legislador! ¿No había ningun becario formado con la LOGSE para hacerlo peor?
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  #10  
Antiguo 03-11-2007, 13:18
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Alguien sabe como está el tema de titulaciones extranjeras? Hace unos 11 años me saqué el Yachtman en Bélgica (soy belga), esta titulación no tiene ninguna vigencia en España. Me gustaría sacarme el Capitán de Yate, y por la falta de correspondencia entre titulaciones europeas, necesariamente tengo que volver a hacer el PER y el PY con las practicas correspondientes, intento mirarlo del lado positivo, un repasillo nunca va mal, y más en otro idioma, pero verdad que los carnets de conducir valen en todo Europa, porque en el caso de las titulaciones nauticas tiene que ser diferente?

Vayan mojando la garganta, invito yo, y hablemos del tema!
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  #11  
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por jitte Ver mensaje
Alguien sabe como está el tema de titulaciones extranjeras? Hace unos 11 años me saqué el Yachtman en Bélgica (soy belga), esta titulación no tiene ninguna vigencia en España. Me gustaría sacarme el Capitán de Yate, y por la falta de correspondencia entre titulaciones europeas, necesariamente tengo que volver a hacer el PER y el PY con las practicas correspondientes, intento mirarlo del lado positivo, un repasillo nunca va mal, y más en otro idioma, pero verdad que los carnets de conducir valen en todo Europa, porque en el caso de las titulaciones nauticas tiene que ser diferente?

Vayan mojando la garganta, invito yo, y hablemos del tema!
Pues eres Belga... y vago. No hay mas que leerse el enlace que nos pone papaventos, ¡coñe!

Disposición final tercera.
Titulaciones extranjeras.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través
de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos
del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones
de recreo de pabellón español, siempre que dispongan
de un título de recreo, y hasta las atribuciones
que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad
o el de su residencia, en el caso de que éste último
fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá
presentar la correspondiente acreditación de residencia


BREVET VAN YACHTNAVIGATOR
BREVET DE NAVIGATEUR DE
YACHT
Embarcaciones de recreo de largo
recorrido
INTERNATIONAL VAARBEWIJS
(Asoc. Flamenca dep. náuticos)
Navegación en aguas interiores
BELGICA
KLEIN VAARBEWIJS II
(Asoc. Flamenca dep. náuticos)
Navegación en aguas interiores
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  #12  
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por buzo Ver mensaje
Pues eres Belga... y vago. No hay mas que leerse el enlace que nos pone papaventos, ¡coñe!


Disposición final tercera.
Titulaciones extranjeras.
La Dirección General de la Marina Mercante, a través
de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos
del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones
de recreo de pabellón español, siempre que dispongan
de un título de recreo, y hasta las atribuciones
que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad
o el de su residencia, en el caso de que éste último
fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá
presentar la correspondiente acreditación de residencia


BREVET VAN YACHTNAVIGATOR
BREVET DE NAVIGATEUR DE
YACHT
Embarcaciones de recreo de largo
recorrido
INTERNATIONAL VAARBEWIJS
(Asoc. Flamenca dep. náuticos)
Navegación en aguas interiores
BELGICA
KLEIN VAARBEWIJS II
(Asoc. Flamenca dep. náuticos)
Navegación en aguas interiores


corrigo: VagA en el caso que lo fuese!
Pues parece ser que de algo me servirá mi titulación, ahora me lo leeré más a fondo. Gracias Buzo
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  #13  
Antiguo 03-11-2007, 14:02
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Gracias Choquero
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  #14  
Antiguo 03-11-2007, 14:04
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

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Gracias Choquero
De nada, guapa
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  #15  
Antiguo 03-11-2007, 15:35
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por jitte Ver mensaje
corrigo: VagA en el caso que lo fuese!
Pues parece ser que de algo me servirá mi titulación, ahora me lo leeré más a fondo. Gracias Buzo
[/left]
Pardon, mademoiselle

Pregunta de cotilla ¿Por que te sacaste el yachtman, no el yachtwoman?

Editado por buzo en 03-11-2007 a las 15:37. Razón: por que sí
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  #16  
Antiguo 03-11-2007, 19:53
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Y de las prácticas qué
Ademas de las muchas horas de navegación, crean las prácticas de radio
Lo que nos faltaba, menos mal que aún nos queda cerveza pa aguantar y por supuesto, para invitar a todos
__________________
Un saludo: Javier
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  #17  
Antiguo 03-11-2007, 19:55
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Pues después de leerlo "someramente", pocos cambios veo.. Lo que si me parece bién es que se exija a los profesores de las academias una titulación mínima.

Lo demás, poco más o menos igual que hasta ahora, no?

Habrá que esperar para ver si realmente nos dan alguna atribución más "profesional" con la titulación.
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  #18  
Antiguo 03-11-2007, 22:22
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por buzo Ver mensaje
Pardon, mademoiselle

Pregunta de cotilla ¿Por que te sacaste el yachtman, no el yachtwoman?

dejemoslo en
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  #19  
Antiguo 03-11-2007, 13:48
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

Cita:
Originalmente publicado por jitte Ver mensaje
Alguien sabe como está el tema de titulaciones extranjeras? Hace unos 11 años me saqué el Yachtman en Bélgica (soy belga), esta titulación no tiene ninguna vigencia en España. Me gustaría sacarme el Capitán de Yate, y por la falta de correspondencia entre titulaciones europeas, necesariamente tengo que volver a hacer el PER y el PY con las practicas correspondientes, intento mirarlo del lado positivo, un repasillo nunca va mal, y más en otro idioma, pero verdad que los carnets de conducir valen en todo Europa, porque en el caso de las titulaciones nauticas tiene que ser diferente?

Vayan mojando la garganta, invito yo, y hablemos del tema!
Mira en la Ley
http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/0...5049-45084.pdf

Página 9, DISPOSICION TRANSITORIA TERCERA; Procedimiento para los
poseedores de titulaciones extranjeras en posesión de
permisos de despacho de embarcaciones españolas.
Las autorizaciones expedidas por las capitanías marítimas,
antes de la publicación de la presente orden, a los
ciudadanos españoles y del Espacio Económico Europeo
para gobernar embarcaciones españolas con titulación
45058 Sábado 3 noviembre 2007 BOE núm. 264
extranjera, continuarán en vigor por un período improrrogable
de cuatro años a partir de la entrada en vigor de
esta orden. Transcurrido ese plazo, se producirá la caducidad
automática de la autorización.
Durante ese período de tiempo, los poseedores de éste
tipo de titulación podrán obtener la titulación española que
les correspondan si superan el oportuno examen práctico,
debiendo cumplir las condiciones previstas en el artículo 19.
En el caso que las atribuciones de la titulación extranjera
no coincidan con las titulaciones españolas previstas
en esta orden, los poseedores de esas titulaciones extranjeras
optarán al título español correspondiente de nivel
inmediatamente inferior.

Pàgina 10, DISPOSICION FINAL TERCERA; TITULACIONES EXTRANJERAS
La Dirección General de la Marina Mercante, a través
de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos
del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones
de recreo de pabellón español, siempre que dispongan
de un título de recreo, y hasta las atribuciones
que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad
o el de su residencia, en el caso de que éste último
fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá
presentar la correspondiente acreditación de residencia.


En la página 32 tienes los títulos belgas reconocidos.

Y éstas a tu salud
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  #20  
Antiguo 03-11-2007, 13:50
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Predeterminado Re: Nueva regulacion para las titulaciones de recreo

¡Leñe, Buzo!, cuando empecé a responder a Jitte no estaba aún tu respuesta
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  #21  
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Predeterminado Publicada nueva Legislación Náutica de Recreo

Comentaros que en el BOE de fecha 26 de Octubre aparece publicada la nueva Normativa para la Náutica de Recreo.

Saludos,
Javichi
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  #22  
Antiguo 05-11-2007, 17:27
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Predeterminado Re: Publicada nueva Legislación Náutica de Recreo

Cita:
Originalmente publicado por javichi Ver mensaje
Comentaros que en el BOE de fecha 26 de Octubre aparece publicada la nueva Normativa para la Náutica de Recreo.

Saludos,
Javichi
Festivamente, cofrade... publicada está. Y en este otro hilo de la taberna, la tienes hasta comentada

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=10893

Ron para los piratas
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  #23  
Antiguo 05-11-2007, 17:29
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Predeterminado Re: Publicada nueva Legislación Náutica de Recreo

mmmmm.... acabo de volver a mirarlo: BOE del 26 de Octubre? Estás seguro? No será el del 3 de Noviembre? A ver si es que me ha sentado mal el ron...
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  #24  
Antiguo 05-11-2007, 19:57
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Predeterminado Re: Publicada nueva Legislación Náutica de Recreo

Para Memorans81:

Puedes encontrarlo en el BOE:
Ministerio de Fomento (BOE n. 264 de 3/11/2007)

ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Rango: Orden
Páginas: 45049 - 45084
Referencia: 2007/19071
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  #25  
Antiguo 05-11-2007, 19:59
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Predeterminado Re: Publicada nueva Legislación Náutica de Recreo

Cita:
Originalmente publicado por mmorans81 Ver mensaje
Festivamente, cofrade... publicada está. Y en este otro hilo de la taberna, la tienes hasta comentada

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=10893

Ron para los piratas

Gracias por tu comentario, se cuelgan tantos hilos que pensaba que no se había tocado el tema.

Saludos,

Javichi
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