Cita:
Originalmente publicado por akm1001
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Buen enlace !!.. eso hace tener en cuenta que banderas como la belga u holandesa son consideradas (almenos) tan serias como la Española.
Se me olvidó agregar al post de respuesta a Eirin una cuestion... la Prelacion de las normas...
En un contexto europeo, la normativa europea prima sobre las nacionales (todas). En este contexto, se establece con caracter comunitario la libre circulacion de bienes y personas. Este hecho se matiza en dos sentencias de Bruselas que, basicamente, confirma que no se deba obligar al cambio de bandera (puede entenderse así... aunque no entra mucho en detalle, ya que la cuestion de juicio era otra) y, no obstante, SI reconnoce al estado español al derecho de cobro del Impuesto especial.... (antes llamado Matriculacion). Lo que a mi juicio creo entender es que en este pais ya hemos debido aplicar la norma de libre circulación europea y, tal como manda la sentencia, tampoco renunciamos al impuesto.