
14-03-2011, 10:48
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Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
Cita:
Originalmente publicado por yulxxx
Hola Eirin:
Buen estudio  ... y algunas aportaciones de mi cantera..
Ley 27/1992.. Regula Marina Mercante... y nada que nos atañe. No obstante, si se observa conjunta al RD 2127/2004 y alguno más, lo que se entiende (observando el anexo I del RD 2127/2004) básicamente es que en aguas españolas no pueden navegar barcos con defectos evidentes y diseño defectuoso o en mal estado, baste leer el anexo para ver qué cosas no permiten, aunque basicamente lo que se pretende es proteger el medio ambiente, evitar accidentes (incendio, etc..), disminuir el ruido y que el barco lo gobierne alguien con titulacion, seguro, licencia de radio y que tenga ciertos papeles. Segun leo no veo nada que te obligue a pasar ITB´s ni que las normas españolas de Requisitos rijan al 100% (Radios homologadas, revisiones de balsas anuales, y un largo etcetera..). Todo lo que se menciona es de bastante sentido común. En resumen, efectivamente hay que seguir las normas de Seguridad (RIPA), pero los requisitos que se exigen están "tasados" y en ningun modo hace mencion a que debas abanderar ni mantener un barco extranjero acorde a la normativa de barcos española..... tan solo mantener unos mínimos indispensables de licencias, seguros, proteccion del medioambiente, ruidos, diseño y lucha contraincendios.
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Solo añadir a tu comentario que ya existe un acuerdo entre los 27 países que forman el "Paris Memorandum of Understanding", que extiende los controles que se hacían a los buques basura a los yates también. Con lo cual, las autoridades españolas pueden inmovilizar cualquier embarcación que represente un peligro tanto para sus tripulantes como para la navegación. También establece una lista blanca de países "serios" en cuanto a su normativa y controles.
Os dejo el enlace:
http://www.noonsite.com/Members/val/R2011-01-06-2/view
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