Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen
De acuerdo en todo lo que he borrado, pero ésto que he dejado visible ¿De dónde lo has sacado? ¿Tienes la norma que lo indica? ¿Nos la puedes facilitar?
Te lo agradeceremos....!
Yo lo único que conozco que hace referencia a algo así como lo que comentas es un proyecto de decreto que no se ha llegado a aprobar nunca.

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Lee aquí, está todo dentro un buen monton de leyes, ordenes ministeriales nacionales, internacionales, etc etc
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...Arrendamiento/
En cuanto a las atribuciones del PPER, faculta para el uso de titulación asimilado al profesional con las limitaciones correspondientes en pasaje, eslora, embarcaciones de recreo, etc
Saludos